El “Country by Country Reporting” a propósito del reciente informe de la OCDE – Dr. Alfredo Collosa

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En el presente comentaremos el reciente informe publicado por OCDE “Country-by-Country Reporting – Compilation of 2022 Peer Review Reports” el cual se trata de los Informes país por país a que se refiere la acción 13 del plan BEPS y contiene la revisión de 134 jurisdicciones que proporcionaron legislación o información relacionada con la implementación de informes país por país.

1.Acción 13 plan BEPS

En el contexto del Proyecto BEPS de la OCDE/G20, las 15 acciones dotan a los gobiernos de normas e instrumentos nacionales e internacionales para hacer frente a la evasión fiscal, asegurando que los beneficios se graven donde se realizan las actividades económicas que generan los beneficios y donde se crea valor.

Bajo la Acción 13 de BEPS, todas las grandes empresas multinacionales (EMN) deben preparar un informe país por país (CbC) con datos agregados sobre la asignación global de ingresos, ganancias, impuestos pagados y actividad económica entre las jurisdicciones fiscales en las que opera.

Este informe CbC se comparte con las administraciones tributarias (AATT) en estas jurisdicciones, para su uso en precios de transferencia de alto nivel y evaluaciones de riesgo BEPS.

El problema que busca solucionar la acción 13 es la falta de datos de calidad sobre impuestos corporativos, lo cual ha sido una limitación importante para medir los efectos fiscales y económicos de la elusión fiscal, lo que dificulta que las AATT realicen evaluaciones de precios de transferencia en transacciones entre empresas vinculadas y aún más dificultan la realización de auditorías.

El  informe de la Acción 13 de BEPS  (Documentación de Precios de Transferencia e Informes País por País)[1] proporciona una plantilla para que  las EMN informen anualmente y para cada jurisdicción fiscal en la que hacen negocios la información allí establecida.

Para facilitar la implementación del estándar de Informes CbC, el informe de la Acción 13 de BEPS incluye un  Paquete de Implementación de Informes CbC  que consiste en (i)  una legislación modelo  que podrían usar los países para exigir que la entidad matriz última de un grupo multinacional presente el Informe CbC en su jurisdicción de residencia, incluidos los requisitos de presentación de copias de seguridad y (ii)  tres modelos de acuerdos de autoridad competente  que podrían utilizarse para facilitar la implementación del intercambio de informes país por país, respectivamente, en función de:

  • Convenio Multilateral sobre Asistencia Administrativa en Materia Tributaria;
  • Convenios tributarios bilaterales; y
  • Acuerdos de Intercambio de Información Tributaria (TIEA).

En general, la entidad matriz última de un grupo multinacional preparará y presentará su informe país por país ante la administración tributaria de su jurisdicción de residencia fiscal.

Esa administración tributaria intercambiará automáticamente el informe país por país con la administración tributaria de cada jurisdicción enumerada en el informe país por país como un lugar en el que el grupo multinacional tiene una entidad constituyente residente a efectos fiscales.

Esto se llevará a cabo bajo un Acuerdo Internacional (como la Convención Multilateral sobre Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal (MAAC), un Convenio de Doble Imposición (DTC) o un Acuerdo de Intercambio de Información Fiscal (TIEA) que permite el intercambio automático de información (AEOI).

También deberá existir un Acuerdo de autoridad competente calificadora (QCAA) que establezca los detalles operativos del intercambio de informes país por país.

2.Algunos resultados de la Acción 13

Los resultados de esta acción han ido demostrando su importancia ya que 58 jurisdicciones exigieron o permitieron la presentación de informes CbC para 2016 y más de 100 jurisdicciones tienen leyes vigentes que introducen una obligación de informes CbC.

Además, a partir de octubre de 2022, existen más de 3300 relaciones para el intercambio de informes país por país entre jurisdicciones. Esto significa que prácticamente todas las empresas multinacionales con ingresos de grupo consolidados de al menos 750 millones de euros ya están obligadas a presentar un informe CbC, y las brechas que quedan se están cerrando.

Los primeros intercambios de informes CbC se llevaron a cabo en junio de 2018 y, con el apoyo de la OCDE, las AATT están incorporando informes CbC en sus procesos de evaluación y aseguramiento del riesgo fiscal para comprender mejor los riesgos que se plantean para sus jurisdicciones.

El segundo conjunto de datos agregados y anónimos de CbCR se publicó en julio de 2021 y proporciona información sobre las actividades fiscales y económicas globales de casi 6000 grupos de empresas multinacionales con sede en 38 jurisdicciones y que operan en más de 100 jurisdicciones en todo el mundo.

3. Acción 13. Revisión entre pares

Los requisitos de informes país por país forman uno de los cuatro estándares mínimos de BEPS.

Cada uno de estos estándares mínimos está sujeto a revisión por pares para garantizar una implementación oportuna y precisa y, por lo tanto, salvaguardar la igualdad de condiciones.

En febrero de 2017, la OCDE publicó los términos de referencia y una metodología para la revisión por pares del estándar mínimo de la Acción 13.

La metodología se actualizó posteriormente en octubre de 2020. La revisión por pares se lleva a cabo de acuerdo con estos términos de referencia y metodologías por un grupo ad hoc compuesto por delegados del Grupo de trabajo 6 (sobre la fiscalidad de las empresas multinacionales) y el Grupo de trabajo 10 (sobre el intercambio de la Información), bajo la égida del Marco Inclusivo.

Las primeras tres revisiones por pares, realizadas entre 2017 y 2020 y reflejaron la implementación por etapas de los informes CbC y se centraron en diferentes aspectos de las áreas clave bajo revisión son el marco jurídico y administrativo nacional, el marco de intercambio de información y la confidencialidad y el uso adecuado de los informes país por país.

Las revisiones por pares posteriores, realizadas desde 2020, consideran todos los aspectos de la implementación de informes CbC de una jurisdicción anualmente.

Cada compilación anual de revisiones por pares se publica y contiene una revisión de la implementación y el funcionamiento de los informes CbC por parte de todos los miembros del Marco Inclusivo.

La revisión por pares del estándar mínimo de la Acción 13 completó cuatro revisiones anuales en 2018, 2019, 2020 y 2021.

4.Revisión por pares. Informe publicado en 2.022

Como dijimos al comienzo, el 4 de octubre la OCDE publicó el informe “Country-by-Country Reporting – Compilation of 2022 Peer Review Reports” que contiene la revisión de 134 jurisdicciones que proporcionaron legislación o información relacionada con la implementación de informes CbC.

Para cada jurisdicción, la revisión cubre el marco jurídico y administrativo nacional, el marco de intercambio de información y las medidas vigentes para garantizar la confidencialidad y el uso adecuado de los informes país por país.

Las principales conclusiones de la quinta revisión anual por pares son las siguientes:

1) Marco jurídico y administrativo nacional: más de 100 jurisdicciones cuentan con un marco jurídico nacional para la presentación de informes país por país. Además, varias jurisdicciones tienen legislación final aprobada que está pendiente de publicación oficial.

En este informe de revisión por pares, 28 jurisdicciones recibieron una recomendación general para implementar o finalizar su marco legal o administrativo nacional y 27 jurisdicciones recibieron una o más recomendaciones para mejorar áreas específicas de su marco.

2) Marco de intercambio de información: de las jurisdicciones incluidas en esta revisión, 82 jurisdicciones tienen acuerdos de autoridad competente multilaterales o bilaterales vigentes.

3) Confidencialidad: de las jurisdicciones incluidas en esta revisión, 88 se sometieron a una evaluación por parte del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales con respecto a la confidencialidad y la protección de datos en el contexto de la implementación del estándar AEOI, y no recibir cualquier plan de acción.

4) Uso apropiado: de las jurisdicciones incluidas en esta revisión, 64 jurisdicciones han proporcionado información detallada, lo que permite que el Marco Inclusivo obtenga suficiente seguridad de que existen medidas para garantizar el uso apropiado de los informes país por país.

Como próximos pasos el informe destaca que la revisión por pares del estándar mínimo de la Acción 13 de BEPS es un proceso anual.

El trabajo continuará para monitorear la implementación y operación de los informes CbC por parte de los miembros del Marco Inclusivo y para resaltar el progreso realizado por las jurisdicciones para abordar las recomendaciones que se han realizado.

5.Reflexión final

Como resultado de la Acción 13 de BEPS, las AATT de todo el mundo están recibiendo información sobre las MNE que antes no estaba disponible, lo que les permite comprender mejor la estructura del negocio de un grupo y mejorar su capacidad de evaluación de riesgos.

Vemos que los resultados concretos han ido aportando año a año cada vez mas información a las AATT y las revisiones entre pares van aumentado la calidad del proceso.

La cooperación internacional que se refleja entre otros aspectos en la Acción 13 comentada, va demostrando su importancia para fomentar la transparencia y dotar a las AATT de elementos para combatir el fraude fiscal internacional.

Dr. Alfredo Collosa

Octubre 2.022

 


[1] https://www.oecd.org/tax/transfer-pricing-documentation-and-country-by-country-reporting-action-13-2015-final-report-9789264241480-en.htm