Corrupción y género. A propósito de la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 (SARS-CoV-2) – Dra. María Giselle Moreno González
I. Introducción
Al indagar en los posibles vínculos entre corrupción y género, notamos que no existe consenso sobre si la corrupción es una cuestión de género. Recientes estudios vinculan este fenómeno a las desigualdades e inequidades imperantes en las diversas áreas de la vida social e individual.
Debemos tener presente que las investigaciones existentes sobre los efectos de la corrupción diferenciados por género, toman una concepción binaria, asociándolo a las mujeres, su situación de desventaja y desigualdad social ante los hombres. Quedando, por lo tanto, excluidas de la literatura científica aquellas personas que asumen otras identidades de género.
En estas breves líneas buscamos exponer algunos debates actuales relacionados con esta problemática, así como los impactos negativos de la emergencia sanitaria provocada por la pandemia de COVID-19, que afecta desproporcionadamente a los sectores más vulnerables de la sociedad, entre ellos, el sector representado por mujeres y niñas.
II. Aproximación a la definición de género
Simone de Beauvoir en su ensayo “El segundo sexo” ponía en evidencia que la inferioridad femenina era consecuencia del largo desarrollo histórico del patriarcado y no de determinaciones naturales. Beauvoir inscribió un principio de enormes consecuencias teóricas y políticas: “No se nace mujer, se hace”[1].
Lo cierto es que desde hace tiempo se discute el concepto de género. En este sentido, podemos mencionar dos corrientes. Por una parte, están las feministas que entienden que con este vocablo se pierde la especificidad de las mujeres y su historia. Este grupo sostiene que debe mantenerse la idea de “diferencia sexual”. Opinan que el vocablo género neutraliza la jerarquía histórica que han impuesto los varones, y que hasta la hace desaparecer, porque al final género se puede referir tanto a la condición masculina como a la femenina[2].
Por otra parte, una corriente con una visión más radical sigue las enseñanzas de Judith Butler, para quien el propio término sexo tampoco es de orden biológico, sino una creación socio cultural que responde a las convenciones de la “sexualidad normal”. La noción de género confunde porque hace pensar que hay sexos biológicos completamente determinados. Para Butler, es el lenguaje y el poder de sus fórmulas los que realizan la fijación de los sexos y tienen como norma la heterosexualidad[3].
Desde esta óptica, Dora Barrancos entiende que lejos de lo que pueda creerse, no existe sólo la polaridad de dos géneros, femenino/masculino. Existen varios géneros o actos performativos de género —esto es, formas del lenguaje que suelen repetirse hasta “hacer un tipo de género”—, toda vez que las negociaciones de la sexualidad son diversas y dan lugar a múltiples adopciones de identidad, o de identificación, que sería riesgoso encasillar[4].
A ello agrega Christine Chinkin, que una lectura más profunda del género abarcaría la orientación sexual y la identidad de género, incluyendo a las personas transgénero, transexuales o intersexuales, quienes a menudo deben enfrentarse a situaciones de discriminación extrema y a graves violaciones de los derechos humanos, tales como la violencia o el acoso sexual en lugares públicos, de los cuales son víctimas por su orientación sexual e identidad de género. Las respuestas oficiales ante estas situaciones de violencia a menudo están influenciadas por prejuicios homofóbicos, lo que genera indiferencia ante la violencia o incluso situaciones de mayor violencia, que acarrean un impacto adverso en el disfrute de todos los demás derechos humanos[5].
III. El fenómeno de la corrupción
Sin desconocer que la corrupción, en cuanto fenómeno complejo, puede ser abordada desde diversas perspectivas y dimensiones, en esta oportunidad utilizaremos una de las definiciones más extendidas del término corrupción aportada por Transparency International, una ONG cuya misión es la lucha contra la corrupción, la promoción de la transparencia y la integridad en todos los sectores de la sociedad.
Podemos definir la corrupción como “el abuso del poder encomendado para beneficio privado”, y clasificarla en tres categorías: Gran Corrupción, Pequeña Corrupción y Corrupción Política[6].
Hablamos de Gran Corrupción para referirnos a aquellos actos cometidos en un alto nivel de gobierno que distorsionan las políticas o el funcionamiento central del Estado, permitiendo a los líderes beneficiarse a costa del bien público. Esta forma de corrupción se caracteriza por un alto grado de impunidad.
La denominada Pequeña Corrupción, implica un abuso del poder confiado a los funcionarios públicos de nivel medio y bajo en sus interacciones con los ciudadanos comunes, que tratan de acceder a bienes o servicios básicos en lugares como hospitales, escuelas, departamentos de policía y otras agencias.
Por último, la corrupción política implica la manipulación de políticas, instituciones y reglas de procedimiento en la asignación de recursos y financiamiento por parte de quienes toman las decisiones políticas y de quienes abusan de su posición para sostener su poder, estatus y riqueza.
IV. Corrupción y género: Posiciones doctrinarias.
Pocos de los índices y otras mediciones de corrupción que se utilizan en la actualidad brindan información y datos desagregados por sexo. El ejercicio de analizar los datos desagregados disponibles genera, por una parte, insumos para el diseño de políticas públicas y, por otra, ayuda a identificar áreas donde se necesita mayor esfuerzo para analizar tales datos. La pregunta clave que debemos hacernos es si la corrupción y la transparencia están influenciadas o determinadas por el género[7].
Existen distintos enfoques sobre la relación entre género y corrupción, pero podemos afirmar que hay dos cuestionamientos principales: 1) si la mujer es menos corrupta que el hombre y, en esa medida, el impacto de su participación, principalmente, en la política y como medida anticorrupción y 2) de qué modo el flagelo impacta a mujeres y hombres de manera diferenciada[8].
i. Con un enfoque esencialista, los primeros estudios sobre género y corrupción pusieron el acento en las condiciones y características psicológicas o incluso morales que diferenciarían a hombres y mujeres, sugiriendo que las mujeres son más honestas y menos tolerantes a la corrupción y que la mayor presencia de mujeres en el gobierno y en la actividad económica coincidiría con menores grados de corrupción[9].
Esta interpretación esencialista se basó en el cruce de información sobre la percepción de la corrupción en los países y las estadísticas sobre participación de las mujeres, especialmente, en el parlamento y en el gabinete. El problema de este enfoque era la falta de control de otras variables que podían, en realidad, ser las determinantes no sólo de la menor percepción de corrupción, sino también de la mayor presencia de mujeres en el gobierno, tal es el caso de la plena vigencia del estado de derecho, el reconocimiento de los derechos civiles y políticos y el grado de inclusión garantizado por el sistema democrático. Aunque puede ser válida la correlación: mayor presencia de mujeres en la política/menor corrupción, el análisis de los datos existentes en la actualidad para América Latina no avalaría una relación causal[10].
ii. Una segunda corriente, apunta a criterios de exclusión u oportunidad. La corrupción estaría determinada por patrones de conducta de género, que dependen de la exposición a ésta, antes que de la naturaleza esencial de la mujer, es decir, las mujeres son menos corruptas porque son excluidas de las redes de corrupción. Por ejemplo, los acuerdos en torno a la corrupción se hacen de noche, en lugares que las mujeres no frecuentan, y si es el caso, las mujeres no tienen acceso a esas redes como los hombres en posición de poder[11]. O, de acuerdo con el estudio de Alhassan-Alolo, es un asunto de oportunidades para involucrarse en actividades corruptas, y no que las mujeres tengan estándares éticos más altos que los hombres, resultando que ante la exposición a situaciones concretas relacionadas con el soborno, las mujeres no son menos corruptas que los hombres[12].
Si partimos de la premisa según la cual las mujeres son menos tolerantes a la corrupción y menos propensas a involucrarse en tratos corruptos, la mayor presencia de mujeres en la función pública y en las decisiones de políticas públicas debe ser promovida dentro de las medidas anticorrupción. Sin embargo, si -como sostiene Alatas- la actitud frente a la oportunidad de un acto corrupto es lo que determina y no si son hombres o mujeres, entonces las medidas anticorrupción deben ir más allá de solo el incremento de funcionarias públicas y tomadoras de decisiones mujeres[13].
iii. Un estudio reciente identifica el riesgo como uno de los factores que puede explicar una diferente actitud de hombres y mujeres frente a la corrupción. En un contexto democrático caracterizado por el pluralismo de opiniones, el estado de derecho, la justicia eficaz y la transparencia, los riesgos y costos de involucrarse en tratos corruptos aumentan considerablemente en comparación con contextos autoritarios caracterizados más por la discrecionalidad, la impunidad y la opacidad de los procesos decisorios. Según Esarey y Chirillo los riesgos de ser descubierto y sancionado tanto legal como socialmente impactan diferenciadamente en hombres y mujeres “y las mujeres sienten mayor presión para acomodarse a las normas vigentes en torno a la corrupción”. En consecuencia, en contextos democráticos donde los riesgos de involucrarse en corrupción son altos, los incentivos a una conducta de hombres y mujeres (en general) hacia la corrupción juegan en favor de ser más intolerantes y menos propensos a involucrarse. Por el contrario, en contextos donde el riesgo es bajo o nulo -o donde incluso es más riesgoso enfrentar la corrupción que plegarse a ella- los incentivos juegan en favor de ser más tolerantes a la corrupción y a mayor probabilidad a involucrarse en corrupción[14].
La cuestión del grado de riesgo en contextos democráticos es interesante en el caso de América Latina donde la gobernabilidad democrática presenta diversos grados de desarrollo, registrándose avances y retrocesos. Hay que tener en cuenta que el aumento del riesgo para las conductas corruptas se produce en la medida en que está vigente el Estado de Derecho y las normas se cumplen, donde existe independencia de poderes y donde los controles -formales e informales- son eficaces para evitar la impunidad[15].
iv. Encontramos, además, investigaciones dirigidas a determinar cómo la corrupción afecta a las mujeres, este impacto, que podríamos llamar diferenciado por género tiene sus manifestaciones en el acceso a servicios públicos (como las mujeres tienden a tener menos acceso a recursos monetarios, se vuelven objetivos de la corrupción al desconocer sus derechos, al encontrar barreras de acceso a la justicia y, por lo tanto, a denunciar los abusos de los que son víctimas). Es decir, como las mujeres constituyen la mayor cantidad de población viviendo en la pobreza, se ven afectadas por un círculo vicioso de corrupción[16].
Una forma específica de corrupción que afecta desproporcionadamente a las mujeres es la extorsión sexual, denominada también sextorsión, que implica el uso de favores sexuales como moneda de cambio en las prácticas corruptas. Las mujeres pueden ser forzadas a prestar favores sexuales a cambio de servicios. Estas son formas de corrupción que no siempre son reconocidas como tal y son menos pasibles de ser denunciadas, ya sea por miedo, por vergüenza, por la victimización secundaria a la que puede terminar expuesta la denunciante, funcionando como medio de disuasión y un generador de impunidad[17].
En consecuencia, de acuerdo con los datos recolectados por Transparency International, las mujeres tienden a reportar la corrupción menos que los hombres porque temen las consecuencias. Especialmente, en el caso de extorsión sexual, cuando la idiosincrasia o los patrones culturales tienden responsabilizar a la víctima. A ello se suman otras barreras que dificultan el acceso de las mujeres a canales adecuados (judiciales y administrativos) que les permitan denunciar estos hechos sin temor a represalias[18].
v. Uno de los déficits más notorios en los análisis sobre género y corrupción es la ausencia de datos concretos que corroboren hipótesis de trabajo y sean un punto de partida sólido para la propuesta de políticas públicas[19].
En trabajos recientes se marcan las principales críticas a los índices de corrupción actuales[20]. Entre los problemas que se señalan a la hora de reflejar las percepciones de la población se encuentran: la selectividad del sistema, los sesgos culturales y los sesgos de género[21].
Consideramos que las estadísticas a generarse deben ir más allá de la hipótesis esencialista según la cual las mujeres son menos corruptas que los hombres, lo cual constituye en sí misma una concepción sesgada y reduccionista que se origina en los valores patriarcales asentados en la sociedad, reproduciendo estereotipos y valoraciones que es necesario desmitificar.
Como punto de partida, creemos que es imperativo promover en las universidades y centros académicos investigaciones con perspectiva de género. El Estado como garante de los Derechos Humanos fundamentales tiene el deber de promover políticas sociales y económicas tendientes a reducir las desigualdades existentes, promoviendo la igualdad de géneros.
V.- Corrupción y género: A propósito de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Las vulnerabilidades del sistema de salud se incrementan en tiempos de crisis, revelando las deficiencias en el acceso a los servicios y la insuficiencia de las políticas públicas en este sentido. La pandemia del COVID-19 ha dejado al descubierto que los estados no se encuentran preparados para dar respuestas efectivas a las crisis, quedando algunos de ellos al borde del colapso, incluso en economías consideradas fuertes.
La emergencia sanitaria del COVID-19 ha revelado las deficiencias de los sistemas sanitarios, poniendo sobre el tapete a la corrupción como obstáculo en el proceso de recuperación.
La corrupción en la utilización de los fondos destinados a la recuperación, en el desarrollo y distribución de las vacunas, en las contrataciones públicas que deben hacerse durante el estado de emergencia, la desatención a los trabajadores que se encuentran en la primera línea de defensa, etcétera, son cuestiones que dificultan la efectividad de los sistemas de salud para hacer frente a la crisis, resultando las mujeres y los sectores más vulnerables desproporcionadamente afectados.
En este contexto, la corrupción limita la posibilidad de los trabajadores y sistemas sanitarios de contener efectivamente los impactos de la pandemia. Estos perjuicios solo pueden ser correctamente abordados cuando los afectados se sienten a salvo para denunciar los hechos de corrupción con garantías de que serán protegidos ante posibles represalias. Por lo que, la falta de protección, el miedo a las represalias y la falta de confidencialidad de las denuncias son centrales al momento de decidir si denunciar o no un hecho de corrupción.
Por otra parte, una constante dificultad que enfrentan las mujeres es la relacionada a las tareas de cuidado cuya actual distribución es sumamente desequilibrada, recayendo principalmente en los hogares y siendo realizada mayoritariamente y de manera no remunerada por las mujeres. A pesar de su importancia, este trabajo sigue siendo invisibilizado, subestimado y desatendido en el diseño de políticas económicas y sociales. La pandemia del COVID-19 ha reafirmado la centralidad de los cuidados, poniendo en evidencia la insostenibilidad de su actual organización[22].
En Argentina, el 20 de marzo de 2020, se decretó el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) transformando, desde entonces, lo que conocíamos como normalidad. Las tareas de cuidados no remuneradas se incrementaron con los niños fuera de la escuela, sin contar que las medidas de aislamiento social, hacen crecer desmesuradamente la violencia de género. Muchas mujeres se vieron forzadas, durante la pandemia, a encerrarse con sus atacantes al mismo tiempo que los organismos de ayuda y contención de víctimas resultaban sino inaccesibles, de respuesta tardía[23].
Consideramos, siguiendo las recomendaciones de Naciones Unidas que la construcción de sistemas integrales de cuidados es un factor fundamental para el logro del empoderamiento de las mujeres y la igualdad de género, y un elemento clave para la recuperación socioeconómica al convertirse en un generador directo e indirecto de empleo y un facilitador para que otros sectores de la economía funcionen adecuadamente. Por ello, los sistemas integrales de cuidados pueden convertirse en un verdadero motor de recuperación socioeconómica[24].
Algunas propuestas que se han esbozado para acompañar en el mediano y largo plazo los esfuerzos de recuperación abarcan:
i) la necesidad de asegurar la representación equitativa de las mujeres en todas las medidas, planes y políticas de respuesta a la pandemia que se decidan;
ii) abordar en las políticas públicas los aspectos de la economía de cuidados (remunerada y no remunerada), teniendo presente que los trabajos de cuidados, desde las docentes, trabajadoras de la salud y hasta las trabajadoras de casas particulares, son puestas en un segundo plano e infra remuneradas con relación a otros sectores;
iii) incluir a las mujeres y niñas en todos los esfuerzos de abordar los impactos socio-económicos del COVID-19. Para ello, resulta fundamental la sensibilización en perspectiva de género de los agentes encargados de diseñar estímulos fiscales y políticas de recuperación, a fin de reducir la brecha de las desigualdades, acrecentar las oportunidades y la protección social.
Creemos que resulta fundamental la transversalización y sensibilización en perspectiva de género, generando políticas y programas anticorrupción que contabilicen a los sectores más vulnerables, dando intervención al gobierno, la sociedad civil y los medios, asegurando la participación de las mujeres en los puestos de toma de decisión.
VI. Bibliografía general
– Alhassan‐Alolo, Namawu (2007), Gender and corruption: testing the new consensus. Public Adminstration and Development, vol. 27, issue 3, pp. 227-237.
– Barrancos, Dora, Mujeres, entre la casa y la plaza. Ed. Sudamericana, Buenos Aires, 2008.
– Bockelie, Josette [et. al.] (2017), Mapping Controversies: Gender and Corruption, SciencesPo, Paris School of International Affairs.
– Chinkin, Christine [et al.] (2012), Violencia de género: estrategias de litigio para la defensa de los derechos de las mujeres, 1a ed., Defensoría General de la Nación, Buenos Aires.
– Ferreira Rubio, Delia, [et al.] (2014), Género y Corrupción en América Latina: ¿Hay alguna conexión?, Programa De Naciones Unidas Para El Desarrollo – PNUD, Dirección Regional Para América Latina Y El Caribe del PNUD – Nueva York.
– Goetz, Annemarie (2003, 2007), Political Cleaners: How Women are the New Anti-Corruption Force. Does the Evidence Wash?, Development and Change, International Institute of Social Studies, The Hague.
– ONU Mujeres (2020), Policy Brief: The Impact Of Covid-19 On Women
– ONU Mujeres, CEPAL (2020), Cuidados en América Latina y el Caribe en tiempos de COVID-19: hacia sistemas integrales para fortalecer la respuesta y la recuperación.
– Rheinbay, Janna – Chêne, Marie (2016), Gender and Corruption: Topic Guide, Transparency International.
– Solano López, Ana Linda (2019), Mujer y corrupción: estrategias para abordar los impactos diferenciados de la corrupción en América Latina. Problemática de género y corrupción en América Latina, EUROsociAL+, Madrid.
– Swamy Anand [et. al.] (2001), Gender and Corruption, Journal of Development Economics, vol. 64, issue 1, pp. 25-55.
– World Bank (2011), Engendering Development. Through Gender Equality in Rights, Resources and Voice, Oxford Univ. Press, Washington.
[1] Barrancos, Dora (2008) Mujeres, entre la casa y la plaza. Ed. Sudamericana, Buenos Aires,
[2] Barrancos, Dora, Mujeres, entre la casa y la plaza…cit.
[3] Barrancos, Dora, ob. cit.
[4] Barrancos, Dora, ob. cit.
[5] Chinkin, Christine [et.al.] (2012), Violencia de género: estrategias de litigio para la defensa de los derechos de las mujeres, 1a ed., Defensoría General de la Nación, Buenos Aires, pp. 22-23.
[7] Ferreira Rubio, Delia, [et al.] (2014), Género y Corrupción en América Latina: ¿Hay alguna conexión?, Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD, Dirección Regional para América Latina y El Caribe del PNUD – Nueva York.
[8] Solano López, Ana Linda (2019), Mujer y corrupción: estrategias para abordar los impactos diferenciados de la corrupción en América Latina. Problemática de género y corrupción en América Latina, EUROsociAL+, Madrid.
[9] Ferreira Rubio, Delia [et. al.], ob. cit., p. 12. Véase también: Swamy, Anand [et. al.] (2001), Gender and Corruption, Journal of Development Economics, vol. 64, issue 1, pp. 25-55. World Bank (2011), Engendering Development. Through Gender Equality in Rights, Resources and Voice, Oxford Univ. Press, Washington.
[10] Solano López, Ana Linda, ob. cit.
[11] Goetz, Annemarie (2003, 2007), Political Cleaners: How Women are the New Anti-Corruption Force. Does the Evidence Wash?, Development and Change, International Institute of Social Studies, The Hague.
[12] Alhassan‐Alolo, Namawu (2007), Gender and corruption: testing the new consensus. Public Adminstration and Development, vol. 27, issue 3, pp. 227-237.
[13] Solano López, Ana Linda, ob. cit.
[14] Solano López, Ana Linda, ob. cit.
[15] Ferreira Rubio, Delia, [et al.], ob. cit.
[16] Rheinbay, Janna – Chêne, Marie (2016), Gender and Corruption: Topic Guide, Transparency International.
[17] Rheinbay, Janna – Chêne, Marie, ob. cit.
[18] Rheinbay, Janna – Chêne, Marie, ob. cit.
[19] Ferreira Rubio, Delia [et. al.], ob. cit.
[20] Véase: Índice de Percepción de la Corrupción (IPC) y Barómetro Global de la Corrupción, Transparency International https://transparencia.org.es/indice-de-percepcion-de-la-corrupcion/ y https://www.transparency.org/es/publications/global-corruption-barometer-latin-america-and-the-caribbean-2019 ; Worldwide Governance Indicators (WGI) https://info.worldbank.org/governance/wgi/ ; The International Country Risk Guide (ICRG) https://www.prsgroup.com/explore-our-products/international-country-risk-guide/
[21] Bockelie, Josette [et al.] (2017), Mapping Controversies: Gender and Corruption, SciencesPo, Paris School of International Affairs.
[22] ONU Mujeres, CEPAL (2020), Cuidados en América Latina y el Caribe en tiempos de COVID-19: hacia sistemas integrales para fortalecer la respuesta y la recuperación.
[23] ONU Mujeres (2020), Policy Brief: The Impact Of Covid-19 On Women. Puede consultarse en: https://www.unwomen.org/en/digital-library/publications/2020/04/policy-brief-the-impact-of-covid-19-on-women
[24] ONU Mujeres, CEPAL (2020), ob. cit.