Declaración Especial de los Presidentes de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados sobre la Cuestión de las Islas Malvinas

0
5
Los Presidentes de la República Argentina, Javier Gerardo Milei; de la República Federativa de Brasil, Luiz Inácio Lula da Silva; de la República de Paraguay, Santiago Peña Palacios; de la República Oriental de Uruguay, Yamandú Orsi; y el Ministro de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, Fernando Hugo Aramayo Carrasco; Estados Partes do MERCOSUR; el Presidente de la República de Panamá, José Raúl Mulino; el Ministro de Relaciones Exteriores de la República de Chile, Alberto van Klaveren; y las Altas Autoridades de los demás Estados Asociados, reunidos en Foz do Iguaçu, República Federativa de Brasil, en ocasión de la LXVII Cúpula de Presidentes do MERCOSUR, el 20 de diciembre de 2025:

REAFIRMARON los términos de la Declaración de los Presidentes de los Estados Partes del MERCOSUR, de la entonces República de Bolivia y la República de Chile, firmada el 25 de junio de 1996 en Potrero de los Funes, República Argentina, denominada Declaración sobre las Malvinas, y reiteraron su respaldo a los legítimos derechos de la República Argentina en la disputa de soberanía relativa a la Cuestión de las Islas Malvinas.

REITERARON, en el año en que se cumple el 60° aniversario de la adopción de la Resolución 2065 (XX) de la Asamblea General de las Naciones Unidas, el interés regional en que la prolongada disputa de soberanía entre la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sandwich del Sur y los espacios marítimos circundantes, alcance, cuanto antes, una solución de conformidad con las resoluciones pertinentes de las Naciones Unidas y las declaraciones de la Organización de los Estados Americanos, del MERCOSUR y de otros foros regionales y multilaterales.

DESTACARON que la adopción de medidas unilaterales, incluyendo la exploración y explotación de recursos naturales renovables y no renovables del área en controversia, no es compatible con la Resolución 31/49 de la Asamblea General de las Naciones Unidas; y RECONOCIERON el derecho que le asiste a la República Argentina de promover acciones legales con pleno respeto al Derecho Internacional, contra las actividades no autorizadas en la referida área.

ACORDARON realizar, a través de la Presidencia Pro Tempore, una nueva gestión ante el Secretario General de las Naciones Unidas, para solicitarle que renueve sus esfuerzos en el cumplimiento de la misión de buenos oficios encomendada por la Asamblea General por medio de sucesivas resoluciones, a fin de reanudar las negociaciones tendientes a encontrar, a la mayor brevedad, una solución pacífica a la referida disputa, e informe los avances producidos en el cumplimiento de su misión.