Defender lo indefendible? Dr. Leandro Stok

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-Dr., soy incapaz de cometer un delito y mucho menos de contrabando!

-Pero el acta de gendarmería dice que encontraron cinco teléfonos celulares nuevos dentro del tapizado del asiento del conductor.

-No tenía dónde más llevarlos. El baúl venía repleto!

-Dr., es un atropello que quieran clausurarme

-Pero ud., emitió o no emitió el ticket?

-Si!

-Muéstreme el comprobante testigo

-… No lo encuentro …

               Que el abogado es capaz de defender lo indefendible es una creencia muy arraigada en la sociedad, sin que sea posible rastrear su origen. Desde los tiempos de la República de Roma?. Quizá. Desde antes? También.

               Acordémonos del famoso caso de Protágoras que vivió en Grecia en el 480 antes de Cristo. Protágoras tomó como alumno a Eulato que, como era pobre, no podía pagar a un maestro como Protágoras. Entonces, Protágoras le hizo la siguiente propuesta:

                  -No me pagarás hasta que hayas ganado tu primer caso como abogado.

                  Habiendo ya completado su formación y advirtiendo que Eulato no estaba haciendo ningún esfuerzo para obtener clientes, Protágoras decidió demandar a Eulato por la cantidad adeudada.

                  Protágoras argumentaba que si él ganaba el caso, Eulato tendría que pagarle el dinero y que si lo perdía, de acuerdo con el contrato original, igualmente tendría que pagarle ya que Eulato habría ganado su primer caso. Ingenioso Protágoras!

                  Pero no contaba con la astucia de Eulato, quien se defendió argumentando que si él – Eulato – ganaba el caso, entonces por la decisión del tribunal no tendría que pagar dinero. Por otra parte, si ganaba Protágoras, entonces él no habría ganado todavía su primer caso y por tanto no tendría que pagar.

                  Eulato, defendía lo indefendible?

                  La paradoja de esa creencia, de que el abogado es capaz de defender lo indefendible, reside en que si bien sirve casi como señalamiento o reproche moral o ético contra los abogados no se percibe de la misma forma respecto de quienes requieren sus servicios profesionales. Por el contrario, es una afirmación generalizada de que, frente al problema, no hay mejor abogado que el que sea capaz de defender lo indefendible. Será porque el cliente siempre tiene la razón aunque los jueces no se la quieran dar?. Posiblemente.

                  La pregunta que sigue pendiente es: Ud., lector, a quién contraría? Al ingenioso de Protágoras o al pícaro de Eulato?

                  No puede ni debe haber reparo ético para con el abogado que articula los medios legales hábiles disponibles para evitar la clausura del local comercial del cliente; para que no pague la multa, para que no se le impugne el crédito fiscal de I.V.A., para que no le reclamen salidas no documentadas. Y quiero subrayar dos palabras: legales y hábiles.

                  Es un error de concepto el atribuir al abogado el carácter de “artífice” de las contravenciones aduaneras, de las facturas apócrifas, de las deducciones improcedentes, de los créditos fiscales inexistentes, de los beneficios promocionales ficticios de sus clientes. Lo que ocurre es que en la creencia popular existe una simbiosis entre el abogado, su cliente y el problema de éste último. Pero eso es simplemente falso, al menos en la enorme mayoría de los casos. Hará unos 20 años atrás, recuerdo el caso de un colega que en la sección policiales de un periódico de Tucumán afirmaba: “el delincuente es mi cliente, no yo”. Cómo si hubiera sido necesario aclararlo.

                  Pero, cuál será la causa de esa creencia?. Creo plausible hallarla en el efecto amplificador que tienen los medios de comunicación de asuntos que, curiosamente, no tienen ningún tipo de relevancia jurídica. Un muy reducido número de abogados gusta del vedetismo jurídico y nacionaliza a través de los medios de comunicación asuntos que no tienen ningún otro tipo de interés que no sea el de satisfacer el morbo de los televidentes. Si a ello se suma el histrionismo con que esos “letrados” exponen casos más próximos a la mismísima miseria humana que a una controversia de derecho, se vuelve difusa la imagen del abogado, el cliente y el caso. Todo se funde en una masa amorfa en la que es imposible distinguir a las partes: el abogado es el abogado, el amante de la esposa del cliente, el amante del cliente, el autor del hecho, el asesor sentimental, el vocero, es tapa de revistas, novio, bailarín, cantante, modelo, actor, actriz, es … lo que sea necesario ser o parecer. Representan una triste mímica de la profesión.

                  Y eso, lamentablemente, es lo que se estampa en la retina de la gente. De mucha gente … instruida, y no tanto también. Es el modelo del abogado. Un modelo de arena que se deshace en los expedientes reales.

                  Esos limitadísimos casos de showtime y la abogacía se encuentran en planos muy distintos. El primero pertenece al mundo de la ficción. El segundo al mundo real. El primero se desvanece con la misma velocidad de la moda. El segundo perdura bajo la forma de … llamémosle: jurisprudencia, porque, y es bueno aclararlo, los autores de la jurisprudencia no son los jueces, los peritos, los relatores … son los abogados. Como decía un colega: – La sentencia está escrita por el abogado de una de las partes; de la parte a la que el juez le da la razón.

                  Porque son los abogados los que tienen que escarbar el ingenio para construir un caso. Recordemos que la Corte de la Nación ha insistido desde tiempos inmemoriales que los tribunales solo pueden intervenir si existe un “caso”. Y el caso no aparece por generación espontánea. El caso no es un proceso biológico que florece en primavera. Es el resultado de la inventiva del abogado. Las fronteras del caso las delinea el abogado. El juez resuelve sobre el caso que lleva el abogado.

                  Hace 45 años, Rodolfo Vigo[1] escribía que el primero que técnicamente y con orientación práctica desentraña el sentido de la norma una vez promulgada, es precisamente el abogado. La norma como objeto cultural necesita ser precisada en sentido y alcance, pero esa tarea, para que sea veraz, armonizada con el resto del ordenamiento y justa, requiere de conocimientos especiales, experiencia y una visión totalizadora del sistema jurídico. Esta es una de las funciones que cumple diariamente el abogado.

                  La norma es casi un cuerpo sin vida hasta que es tomada por el abogado, y es éste el que le da un soplo de vida al ponerla en contacto con la realidad. Es el abogado el que en gran medida completa el fenómeno jurídico al vincular prudentemente la norma con la conducta y para ello debe previamente desentrañar su sentido.

                  A partir de ese proceso, indaga sobre la conducta y la correspondencia de ésta con la interpretación provista previamente. En esta tarea, el abogado es casi un médium solo que conecta a las normas con la conducta de los vivos y cuando la interpretación difiera con la que tiene la Administración, habrá un caso.

                  Es por esto que no debemos confundirnos: el abogado no defiende lo indefendible, porque indefendible es solo el caso que ha concluido con una sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Antes de esa instancia, toda los casos pueden defenderse.

                  Si hay verdades absolutas y universales tales como “todos vamos a morir” o “nadie se muere sin haber pagado al menos un impuesto”, debo añadir entre esa categoría de verdades: “nadie puede garantir el resultado de un juicio. Ni siquiera el juez”. Por eso puedo afirmar que no hay casos indefendibles.

Dr. Leandro Stok

Mayo 2.024

[1] Vigo R.L., Etica del abogado, pag. 76, ed. Abeledo – Perrot, edición 1979