Exención para importación realizada por entes oficiales para educación, salud, ciencia y tecnología
El Poder Ejecutivo estableció el régimen de exención a las importaciones para consumo realizadas por entes oficiales nacionales, provinciales y municipales, destinadas a educación, salud, ciencia y tecnología, por Decreto publicado hoy en el Boletín Oficial.
Por Decreto 968/2012 publicado hoy en el Boletín Oficial, estableció el régimen de exención total al pago de tributos a las importaciones para consumo realizadas por entes oficiales nacionales, provinciales y municipales destinadas a la educación, la salud, la ciencia y la tecnología.
Para ello se sustituyó el artículo 1º del Decreto Nº 1437/98 por el siguiente: “Artículo 1º.- En los supuestos de importaciones de mercaderías realizadas por entes oficiales nacionales, provinciales y municipales y sus dependencias centralizadas o descentralizadas destinadas a la educación, la salud, la ciencia y la tecnología, la derogación del Decreto Nº 732/72 dispuesta por el Decreto Nº 71/97 comenzará a regir a partir del 1º de enero de 2013”.
Lo dispuesto en este Decreto producirá efecto a partir del 1º de enero de 2012.
El Decreto lleva la firma de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el Jefe de Gabinete, Juan M. Abal Medina y los ministros de Economía, Hernán G. Lorenzino, de Salud, Juan L. Manzur y de Educación, Alberto E. Sileoni.
En los considerandos expresa que subsisten las circunstancias y fundamentos que determinaron la prórroga.