Fijan los cupos de exportación para las especies de peces fluviales
La Secretaría de Agricultura fijó en 15.500 toneladas el cupo de exportación de sábalo y en 1.500 el cupo para la tararira y 1000 para bogas y estableció que debe seguir siendo nula la exportación para el surubí, hasta tanto se disponga de información que avale un cambio en las pautas de manejo.
La Secretaría de Agricultura Ganadería y Pesca por resolución N° 713/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial, fijó en 15.500 toneladas el cupo de exportación de sábalo (Prochilodus platensis) y en 1.500 toneladas el cupo para la tararira (Hoplias malabaricus ) y 1000 para bogas (Leporinus) estableció que debe seguir siendo nula la exportación para el surubí (Pseudoplatystoma), hasta tanto se disponga de información que avale un cambio en las pautas de manejo.
Precisa que el anticipo del cupo de exportación de la especie sábalo, boga y tarariras percibido por las Provincias de Entre Ríos, Santa Fe, y Buenos Aires, deberá computarse como parte integrante del cupo total asignado en la presente medida.
Se asigna, además a los establecimientos procesadores de pescado radicados en la provincia de Buenos Aires un 10% del cupo de exportación del total fijado; un 42% a Santa Fe y un 48% a la provincia de Entre Ríos.
El cupo de exportación fijado corresponde a pescado entero y fileteado; fresco, refrigerado o congelado; comprendido en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur.
La medida lleva la resolución del secretario de Agricultura, Ganadería y Pesca, Lorenzo Basso.