Justicia y coronavirus (el derecho a la Justicia no puede suspenderse ni restringirse) – Por Dr. Octavio Sillitti

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“[E]l coronavirus nos acompañará durante un largo tiempo”, con esta frase el secretario general de la organización mundial de la salud sentenció al mundo a una larga espera hasta superar esta crisis sin precedentes en el siglo XXI. El avance de la pandemia ha paralizado a la comunidad internacional de una manera nunca vista. La mayoría de los Estados han tenido que adoptar medidas extraordinarias, restringiendo determinados derechos para preservar la salud de la población.

Ante situaciones excepcionales como las que nos encontramos hoy en día, los poderes ejecutivos de los Estados tienen la facultad de proceder a la suspensión temporal de determinadas garantías hasta que las condiciones de anormalidad dejen de existir. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha dicho que “en caso […] de peligro público o de otra emergencia que amenace la independencia o seguridad del Estado Parte, éste podrá adoptar disposiciones que, en la medida y por el tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación, suspendan [derechos reconocidos en la Convención Americana de Derechos Humanos]”. Sin embargo, hay derechos que por su esencialidad al ser humano y a la sociedad democrática no pueden verse suspendidos ni restringidos. Uno de esos derechos trascendentales es la justicia.

La justicia en su rol institucional resulta un elemento troncal del sistema republicano de gobierno, sistema que responde a un equilibrio entre los tres poderes públicos: el ejecutivo, el legislativo y el judicial, siendo este último poder quien debe ejercer un control y balanceo entre poderes para evitar caer en un autoritarismo. Este equilibro indispensable no puede verse menoscabado ante ninguna crisis sea interna o externa ya que se vería afectada la esencia misma de nuestro sistema de gobierno. Es por ello que el principio de legalidad, las instituciones democráticas y el Estado de Derecho resultan ser inseparables.

A su vez, la justicia tampoco puede verse restringida o suspendida en su servicio a la comunidad y en el cumplimiento de la ley. El acceso a la justicia resulta ser un derecho fundamental de todo ser humano, “la implantación del estado de emergencia no puede comportar la supresión o la pérdida de efectividad de las garantías judiciales”. El acceso a la justicia debe ser un derecho que se encuentre al alcance de la sociedad sin deteriorarse a causa de un peligro público como la pandemia y cuya efectividad no resulte ilusoria. La Corte IDH recientemente ha establecido que ante la situación actual que están viviendo las sociedades del continente, es indispensable que se garantice el acceso a la justicia y los mecanismos de denuncia”.

Es manifiesto que la adopción del estado de emergencia – necesario para enfrentar la problemática actual – ha conllevado al deterioro del funcionamiento de nuestro sistema de justicia. El Relator Especial sobre la Independencia de Jueces y Abogados de Naciones Unidas ha dicho que “la crisis COVID-19 ya afecta gravemente el funcionamiento de los sistemas judiciales y amenaza el derecho de las sociedades a contar con una justicia operativa e independiente. En este contexto, el riesgo de conductas abusivas desde el poder político es real y abre condiciones favorables a la impunidad”. En Argentina, los poderes judiciales de algunas provincias han decretado asueto, paralizando así el trámite de las causas, la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha prohibido la atención al público en los juzgados excepto en situaciones de urgencia y ha ordenado la continuidad de lo que denominó “servicios mínimos”.

Ante esta situación el pleno ejercicio del Poder Judicial enfrenta un doble desafío: primero cumplir su rol de “check and balance” para preservar el sistema republicano de gobierno y segundo adaptar sus funciones de servicio a la comunidad al nuevo contexto ocasionado por el estado de emergencia. La justicia debe adecuar su funcionamiento para seguir llevando a cabo la resolución de conflictos, la investigación y persecución penal y garantizar un recurso judicial efectivo como el amparo o el habeas corpus contra actos violatorios de derechos fundamentales. En esta línea la Comisión Interamericana de Derechos Humanos recomendó a los Estados “[a]bstenerse de suspender procedimientos judiciales idóneos para garantizar la plenitud del ejercicio de los derechos y libertades, entre ellos las acciones de hábeas corpus y amparo para controlar las actuaciones de las autoridades, incluyendo las restricciones a la libertad personal en dicho contexto. Estas garantías deben ejercitarse bajo el marco y principios del debido proceso legal.”]

Hay que resaltar que algunas jurisdicciones han adoptado medidas eficaces para conllevar la situación actual y brindar el servicio de justicia de la manera que la sociedad lo necesita. En esas jurisdicciones se puede observar que se han implementado: audiencias por videoconferencias, trabajo remoto, mesa de entradas virtuales, presentación de denuncias digitales, sistema de asistencia digital como una respuesta práctica para orientar, asesorar, dar respuesta y permitir el acceso a justicia de forma sencilla, adecuada y comprensible e implementación de expedientes electrónicos.

Esto indica que el poder judicial cuenta con los medios para llevar a cabo una adecuación del servicio a las circunstancias actuales, es por ello que se debería generalizar el uso de estas medidas, plasmarlas en protocolos de actuación claros y públicos.

Otro de los desafíos que se le presenta a la justicia por la pandemia es el impacto económico que trae aparejado las medidas del estado de excepción y su consecuencia en el incremento de la criminalidad. El Relator de Naciones Unidas mencionado anteriormente hizo hincapié en que “a medida que la crisis de salud mundial erosiona la estabilidad económica y social, aumenta el riesgo de la violencia y la delincuencia y en general, la estabilidad institucional”. Hace varios años que Latinoamérica viene siendo la región más violenta del mundo. Según el informe de 2019 de la Agencia de Naciones Unidas contra el Delito y la Droga, Latinoamérica es una vez más la región con la mayor tasa de homicidios y robos violentos. No se puede desconocer que parte de los motivos que califican a la región como la más peligrosa responde a la gran desigualdad y pobreza en la que están sumergidos los países de Centroamérica y Sudamérica y la pandemia va camino a profundizarlas. Esto conlleva a la necesidad que la justicia de muestras que está en funcionamiento y más aún en este momento de crisis actuando de manera activa, coordinada y efectiva en el cumplimiento de la ley.

Por otro lado, es interesante resaltar que ha habido un incremento de determinados delitos y una disminución sustancial de otros. Esto ha sucedido en muchos países de la región. En Argentina algunos datos indican una disminución de 89% los índices de robos y hurtos en la Ciudad de Buenos Aires. El fiscal general de la ciudad manifestó que hay una baja en los delitos ordinarios. Otro ejemplo es la ciudad de Rosario, que comenzó el año 2020 con una gran cantidad de crímenes en las primeras semanas, hubo 62 crímenes en los primeros 78 días del año sobre todo homicidios, pero desde que comenzó la cuarentena el 20 de marzo hubo solamente un homicidio en el periodo de 10 días. En Córdoba las denuncias de asaltos, robos y hurtos bajaron un 88% en relación con la primera quincena de marzo. En la Provincia de Buenos Aires los datos revelados por la Procuración de la Corte Bonaerense puntualizan, en tanto, que durante este período las denuncias por robos y robos agravados cayeron más de un 70%.

Sin embargo, hubo otros delitos que se han acrecentado exponencialmente. Principalmente los delitos de violencia interfamiliar, los de violencia de género, el femicidio y los delitos informáticos. La titular de la Unidad Especializada en Delitos y Contravenciones Informáticas del Ministerio Público Fiscal de la Ciudad dijo que entre el 1° y el 20 de marzo, su área recibió 1.900 casos. Y entre el 20 y el 30 de ese mes, en la mitad del tiempo, se presentaron 1.950 casos. Por su parte la Ministra de las Mujeres, Géneros y Diversidad alertó sobre el incremento de femicidio y la violencia de género.

En este nuevo escenario delictual que nos presenta la consecuencia de la pandemia, la cuestión criminal ha aumentado – al menos temporalmente – en la esfera del ámbito intrafamiliar y ha disminuido en el espacio público. Esto conlleva a la necesidad de una mirada de la política criminal orientada a focalizar los esfuerzos de la justicia a prevenir estos delitos que van en aumento. Para ello se debería, por ejemplo, racionalizar los recursos, el Relator Especial sobre la independencia de jueces y abogados aconsejó: “una racionalización inmediata de los servicios esenciales que prestan los sistemas de justicia en torno a asuntos que pueden considerarse prioritarios”. Las medidas que podrían llevarse a cabo son como ejemplo: reforzar con más equipo las áreas especializadas de la justicia que se encargan de investigar los crímenes que hoy están en aumento.

El poeta trágico griego Eurípides de Salamina dijo “…las crisis, aunque atemorizan, nos sirven para cancelar una época e inaugurar otra”. Esta crisis producto del caos que ha producido la pandemia debe ser vista como una oportunidad para renovar la justicia en nuestro país y suplir los errores del pasado eliminando viejas prácticas e inaugurando nuevas que permitan establecer un servicio de justicia moderno y accesible a todos por igual. En definitiva, no puede haber una restricción ni mucho menos una suspensión de la justicia en ninguna sociedad democrática y ante ninguna contingencia. Si así fuera, corremos el riesgo de tener una justicia ilusoria, y no hay peor injusticia que la justicia simulada.

 

Dr. Octavio Sillitti

Junio 2.020