La AFIP fijó nuevos valores criterio para la importación de hilados de fibras artificiales
La AFIP modificó los valores criterio para la importación de hilados de fibras artificiales -excepto el hilo de coser- con el fin de enfrentar la evasión fiscal y combatir las posibles prácticas de subfacturación en las operaciones.
A través de la Resolución General 3.299, publicada hoy en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció nuevos importes de referencia para estos productos, que van desde los 3,48 hasta los 5,35 dólares (FOB) por unidad. La medida se tomó tras realizar un riguroso estudio de riesgo.
Los nuevos importes se aplicarán, según cada artículo incluido en las posiciones arancelarias, a las importaciones provenientes de los países de los Grupos 1 y 4, que comprenden, en el primer caso, Brasil, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Uruguay; y, en el segundo caso, Corea Democrática, Corea Republicana, China, Filipinas, Hong Kong, India, Indonesia, Malasia, Pakistán, Singapur, Taiwán, Thailandia y Vietnam.