LA SITUACIÓN EN EL TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN -Dra. Mónica Beatriz Chapela
LA SITUACIÓN EN EL TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN
Dra. Mónica Beatriz Chapela
El Tribunal Fiscal de la Nación ha cumplido este año 50 años de vida y ha sido reconocido en todos los ámbitos ligados al derecho tributario impositivo y aduanero por la tarea realizada en su función de administrar justicia, por la riqueza de la doctrina sentada en los temas sometidos a su jurisdicción. Este reconocimiento lo ha convertido en la vía recursiva más elegida por los contribuyentes a la hora de plantear sus discrepancias con la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Como consecuencia de esto, en los últimos años, ha ido creciendo el número de causas sometidas a su jurisdicción, crecimiento que no se vio acompañado por una infraestructura que permitiera afrontar tamaño aumento de litigiosidad.
Las dificultades abarcan desde la ubicación de su planta de empleados y funcionarios en un piso del edificio de la Secretaría de Industria que, en la actualidad, se comparte con una dependencia de la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, provocando que muchos de los espacios se compartan en condiciones de hacinamiento de personas y expedientes, hasta la lenta llegada de los recursos informáticos que convertía en inoperantes a personas que no podían trabajar hasta que no les llegaba el turno de usar una computadora compartida o por la actual falta de impresoras.
En el medio de estas deficiencias dos son los problemas más acuciantes por los que atraviesa el organismo en la actualidad: por una parte, la falta de llamado a concursos, tanto para cubrir las Vocalías que van quedando vacantes por acogerse sus titulares al régimen jubilatorio -ya hay siete Vocalías sin titular-, como de los demás cargos de Secretarios Letrados, Relatores y Oficiales de Despacho, que han ido quedando vacantes y, por otra parte, la falta de una estructura de personal acorde con el aumento del trabajo.
En este último aspecto, cabe señalar que la estructura vigente, aprobada por la Decisión Administrativa Nº 443/96 (B.O. 24/12/96) es, en realidad, la misma que data de la creación de la Sala “G” del Tribunal por ley 21858 (1978).
Es sabido que, desde aquel tiempo hasta ahora, no sólo se ha duplicado la cantidad de expedientes en trámite sino que son cada vez más complejas las cuestiones que se plantean. En esas condiciones, una estructura de personal que data de 1978, convierte en ineficiente cualquier esfuerzo que se haga por prestar un adecuado servicio de justicia, ya que cada Vocalía es un equipo de trabajo que debe abarcar todo el trámite del expediente -que no termina con el dictado de la sentencia- y ese trámite no es sencillo y lineal sino que comporta situaciones complejas a resolver en materia de procedimiento y, una vez dictada la sentencia, continúa en materia de liquidación de tributos y multas y de regulaciones de honorarios profesionales.
Ya, a fines de la década de l990, cuando empezó a incrementarse el número de causas en trámite, ingresaron al organismo algunos estudiantes, en carácter de pasantes, que recibían una pequeña remuneración pagada por los propios Vocales.
Tanto en esa época como, con la aparición de los pasantes que ingresaron bajo el régimen de la ley 25165, el Tribunal formó muchísimos estudiantes y jóvenes profesionales en el procedimiento y la materia tributaria, ya que ese régimen, a diferencia del actual, permitía considerar pasantes a los profesionales hasta un año de recibidos. En la actualidad, la mayor parte de ellos se desempeñan en el ámbito privado.
Recién el año pasado y, fundamentalmente, durante el corriente año se empezó a contratar personal bajo la modalidad conocida como “ley marco” ( art. 9 de la ley 25.164 y Resolución 48/02) para poder contar con ayuda más sólida: personal más estable y con una dedicación horaria mayor. A partir de allí, entre el personal de planta y los contratados, en el caso de las Vocalías, estas han quedado conformadas por el Vocal y siete agentes. El tema es que si bien las pautas que rigen el otorgamiento de estos contratos establecen que el trabajador debe equipararse al nivel escalafonario que rige al personal de planta permanente, según el nivel de responsabilidad, autonomía y complejidad que conlleven las tareas que realiza, en rigor de verdad, las contrataciones se hicieron otorgando niveles muy bajos que, además, no comprenden el reconocimiento del título profesional, como existe para el personal de planta permanente que se encuentra encasillado en dicho escalafón. De esta manera aunque ya no exista el límite que imponía la ley pasantías y el estado se proponga renovar esos contratos año a año, no existiendo una oferta salarial mejor y, fundamentalmente, una estructura que permita el ingreso de los trabajadores a la planta permanente del organismo para hacer allí una carrera, sobre todo aquellos que alcanzan una profesión, una vez formados, en corto plazo, también terminan buscando crecer laboralmente en la actividad privada y eso ya se está viendo con los estudiantes a punto de graduarse y profesionales contratados en el Tribunal este mismo año. Es dable imaginar que esta realidad no permite construir definitivamente un equipo de trabajo. De manera que una nueva estructura que realice el pase a planta permanente y asegure la posibilidad de realizar una carrera dentro del organismo del personal contratado, se plantea como una necesidad urgente. Ningún proyecto de estructura puede prever menos que las necesidades ya reconocidas a partir de estas contrataciones.
Frente a esta necesidad, a la hora de pensar esa estructura idónea para el Tribunal Fiscal de la Nación, el primer problema que se presenta es sortear las dificultades que trae aparejadas el convenio colectivo de trabajo que se aplica al personal del Tribunal Fiscal, que es el S.I.N.E.P- (Sistema Nacional del Empleo Público).
Partimos, ya, de la base de que el S.I.N.E.P. encasilla al personal de la Administración Pública Nacional en sus distintos niveles en función de la mayor o menor participación o colaboración que tengan los agentes en la formulación, propuesta, asesoría o gestión de políticas públicas, lo que implicó, en el caso del Tribunal – que cumple una función jurisdiccional y no política- un reencasillamiento forzado de su personal en los distintos niveles del S.I.N.E.P.-.
Pero la dificultad más grande que se plantea ahora es que el S.I.N.E.P. exige requisitos mínimos de antigüedad en la titulación para el acceso a cada uno de sus niveles y la mayor parte del personal que ha sido contratado y se encuentra prestando servicios en el Tribunal en tareas asimilables a la de un relator no cumple con dichas exigencias, ya que se trata de profesionales jóvenes que han obtenido su título profesional a partir del 2009 –recuérdese que la mayoría de ellos venían del régimen de pasantías-. El cargo de un relator, cargo de nivel B del S.I.N.E.P. requiere como mínimo una experiencia laboral de tres años, a partir de la titulación. Hasta tanto eso suceda, el profesional, con su título recién recibido, sólo puede aspirar a un Nivel C grado 0, que equivale a un salario, en mano, de aproximadamente $ 3.600. Ese largo tiempo de espera para acceder a una categoría de Nivel B grado 0, que está remunerada en una suma de aproximadamente $ 5.000, es absolutamente impracticable, pues se trata de profesionales que ya a partir del primer años de experiencia en el Tribunal, tienen tentadoras ofertas en los estudios impositivos y aduaneros. Por lo que, luego de formarlos, con el costo que ello significa, tanto en tiempo como en dinero invertido, el Estado los pierde.
Sin lugar a dudas, el Tribunal Fiscal debería contar con un escalafón propio que se asimile más al del Poder Judicial que al de la administración central -característica que ya reviste el cargo de Vocal que se encuentra asimilado al de un Juez de Cámara- y que permita a sus agentes desarrollar una carrera profesional dentro del mismo. La mirada hacia el Poder Judicial permitiría capitalizar, por ejemplo, la creación en el Tribunal Fiscal de la figura del Prosecretario Letrado en las Vocalías y en las Secretarías Generales, lo que permitiría desdoblar las múltiples tareas que recaen sobre los Secretarios de Vocalía y Secretarios Generales.
En otro orden, también debería propiciarse la creación de más Salas ya que, sobre todo, en materia aduanera las tres Salas actuales resultan, a todas luces, insuficientes.
A esta altura corresponde, además, señalar que el Tribunal cuenta con recursos genuinos para resolver esta situación ya que las actuaciones ante el Tribunal Fiscal de la Nación están sujetas al pago del 2,5% sobre el monto reclamado, en concepto de tasa de actuación (ley 25.964), cuyo producido debería destinarse a satisfacer las necesidades indispensables del mismo. Sin embargo, sólo alrededor de un tercio de lo que se recauda por tasa de actuación, se destina a cubrir las necesidades del Tribunal que la genera.
En resumen, resulta imprescindible que el Tribunal Fiscal de la Nación cuente con una estructura organizativa que permita la incorporación en su planta permanente del personal que, en la actualidad, se encuentra contratado y prestando servicios en las Vocalías y en las Secretarías Generales, y que asegure la permanencia de aquellos que quieran desarrollar una carrera en la administración de justicia en el ámbito tributario y aduanero. Seguramente muchos de ellos forjarán el futuro del Tribunal.
Dr. Mónica Beatriz Chapela
Octubre 2010
Secretaria Letrada de la Vocalía 16ª del Tribunal Fiscal de la Nación
Secretaria Administrativa de Junta de Interna de Delegados de la Asociación de Trabajadores del Estado del Ministerio de Industria, Secretaría de Comercio Interior, Comisión Nacional e Defensa de la Competencia y Tribunal Fiscal de la Nación.