Los criptoactivos presentan desafíos que los países deberían resolver con mas multilateralismo y cooperación – Dr. Alfredo Collosa

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Estamos siendo testigos de un período histórico en términos de tokenización de la economía, también llamada Web3, como etapa evolutiva de Internet.

Su desarrollo comenzó después de la crisis financiera de 2008, cuando se introdujo la Blockchain de Bitcoin el 31 de octubre de 2008.

Dentro de esta economía, la tokenización de activos es un proceso mediante el cual el valor de un activo del mundo real (tangible o intangible) se digitaliza y se convierte en un token representado en una Blockchain.

Existen múltiples tokens criptográficos, siendo los tokens de pago los más utilizados, donde se incluyen las criptomonedas.

También hay tokens de utilidad que otorgan derechos de uso o acceso; tokens de seguridad (que representan acciones de propiedad en una empresa que hace negocios utilizando tecnología blockchain); tokens de activos que representan un activo, dentro del cual se pueden incluir tokens no fungibles (NFT), que actualmente experimentan una expansión asombrosa dentro del mundo del arte; y tokens híbridos como una combinación de los anteriores.

Ante este fenómeno, los estados están tratando de regular estas operaciones, en primer lugar para identificarlas para potenciarlas, pero también para proteger a los consumidores y evitar la actividad delictiva en torno a su tributación dentro de los marcos regulatorios vigentes.

1.     Algunos desafíos que enfrentan los países en materia tributaria y lavado de activos

En primer lugar no existe un tratamiento fiscal uniforme en los distintos países, tal como alerta la OCDE en su informe “Taxing Virtual Currencies[1]” donde dice que la falta de orientación integral o un marco para el tratamiento tributario, que se debe en parte a la complejidad de definir el tratamiento aplicable a estos activos de manera que cubra sus diferentes facetas, así como su naturaleza compleja y rápidamente cambiante.

Además, para los países en general y para las AATT en particular se presentan las siguientes dificultades

  • Ausencia de un control centralizado sobre los activos criptográficos.
  • El pseudoanonimato, con dificultades relacionadas con obtener la información de las operaciones radican particularmente en La iidentificación del intermediario correspondiente, el evento notificable, la información reportable disponible y la valoración de los activos.
  • Las dificultades de valoración que resultan principalmente de la volatilidad a veces alta, la falta de una base de datos uniforme y la documentación a menudo inadecuada.
  • Los rasgos híbridos también es decir las dificultades para clasificar un instrumento financiero o un activo intangible.
  • El rápido desarrollo de la tecnología subyacente (blockchain).

Asimismo, tal como alerta en forma permanente el GAFI[2] mediante el uso de los criptoactivos pueden cometerse delitos tales como lavado de dinero y financiación del terrorismo, tráfico de drogas, el contrabando ilegal de armas, el fraude, la evasión fiscal, los ciberataques, la evasión de sanciones, la explotación infantil y la trata de personas.

Por ello publicó en setiembre de 2020 un reporte[3] destinado a combatir el lavado de activos y financiación del terrorismo donde señala entre otras las siguientes dificultades en su control:

  • Características tecnológicas que aumentan el anonimato, como el uso de sitios web de intercambios de igual a igual, servicios de mezcla o volteo o criptomonedas mejoradas por el anonimato.
  • Riesgos geográficos: los delincuentes pueden explotar países con medidas nacionales débiles o inexistentes para los activos virtuales.
  • La estructura de las transacciones de criptoactivos, es decir, los montos que se realizan en pequeñas cantidades o en cantidades por debajo de los montos que las instituciones deben reportar cuando encuentran una alerta (similar al caso de las transacciones con efectivo).
  • Realización de múltiples transacciones de alto valor, o en una sucesión corta: que exista un patrón escalonado y regular
  • Perfiles de remitente o destinatario: un comportamiento inusual puede sugerir una actividad delictiva
  • Fuente de fondos o riqueza, que puede relacionarse con actividades delictivas.

En octubre de 2021, el GAFI actualizó su Guía de 2019[4] para un enfoque basado en riesgos para activos virtuales y proveedores de servicios de activos virtuales (VASP).

Esta guía actualizada[5] forma parte del monitoreo continuo del GAFI de los activos virtuales y el sector VASP.

Los estándares del GAFI requieren que los países evalúen y mitiguen los riesgos asociados con las actividades y proveedores financieros de activos virtuales; proveedores de licencias o registros; y someterlos a supervisión o seguimiento por parte de las autoridades nacionales competentes. Los VASP están sujetos a las mismas medidas relevantes del GAFI que se aplican a las instituciones financieras.

La guía ayudará a los países y los VASP a comprender sus obligaciones contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, y a implementar de manera efectiva los requisitos del GAFI según se apliquen a este sector. La guía proporciona ejemplos relevantes y posibles soluciones a los obstáculos de implementación.

La guía para 2021 incluye actualizaciones que se centran en las siguientes seis áreas clave:

  • ·aclaración de las definiciones de activos virtuales y VASP;
  • ·orientación sobre cómo se aplican los Estándares del GAFI a las monedas estables (stablecoins);
  • ·orientación adicional sobre los riesgos y las herramientas disponibles para que los países aborden los riesgos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo en transacciones entre pares;
  • ·orientación actualizada sobre la concesión de licencias y el registro de VASP;
  • ·orientación adicional para los sectores público y privado sobre la implementación de la “travel rule”;y
  • ·principios de intercambio de información y cooperación entre supervisores VASP

Un reciente informe de Chainalysis[6] afirma que pese al incremento de operaciones con criptomonedas en 2021 son pocas las transacciones ilícitas que las utilizan.

A pesar de que se identifican unos USD $14.000 millones vinculados a transacciones ilícitas durante 2021, Chainalysis indica esta cifra es apenas el 0,15% de todo el capital cripto que se movió a lo largo de ese año[7].

Se dice que el volumen de operaciones vinculadas con actividades criminales alcanzó un nuevo record equivalente a los USD $14.000 millones durante 2021, cifra que aumentó un 79% con respecto a lo visto en 2020.

Sin embargo, la precisión más importante realizada  en el informe es que, así como aumentaron las transacciones ilícitas, también lo hicieron las operaciones en general, siendo estas últimas las que incrementaron en mayor medida.

Al respecto, el estudio reveló que la actividad a través de Blockchain con criptomonedas aumentó un 567% con relación al año pasado, revelando una mayor participación por parte de usuarios y operadores.

Al contrastar la cantidad de capital ilícito que se movió con criptomonedas frente al crecimiento reportado en general, esto deja solo un 0,15% de las transacciones con monedas digitales vinculadas a actividades delictivas, cifra que figura como la tasa más baja desde 2017.

En cuanto a las actividades ilícitas, el informe destaca que la mayoría de los fondos vinculados a delitos estaban asociados a estafas (USD $7.800 millones) y a robos en protocolos DeFi (USD $3.200 millones).

Chainalysis concluye que la tasa de crecimiento de las transacciones cripto legítimas supera ampliamente aquellas vinculadas a actividades criminales, rechazando aún más la tesis de que estos activos son los preferidos por los delincuentes para operar.

2.     Reflexiones finales

Los desafíos que se enfrentan los países son muchos abarcando además de temas fiscales y de lavado de activos como los comentados también muchos otros tales como adaptar la legislación civil, comercial, societaria, protección de datos personales entre otras a los nuevos modelos de negocios que involucran criptocactivos.

Creo que es una prioridad que los países tengan acceso a la información sobre estas operaciones, razón por la cual muchas jurisdicciones ya han establecido regímenes de información.

Para ello, los VASP están obligados a informar de las operaciones tanto a los organismos encargados de la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo, como a las Administraciones Tributarias.

La gran limitación para los Estados es que solo tienen el poder de exigir que los sujetos que residen en sus jurisdicciones reporten operaciones con criptoactivos.

Es decir no tienen la facultad de regular los regímenes de información que obligan a los VASP no residentes a reportar tales operaciones.

En definitiva, los Estados actualmente no cuentan con información sobre operaciones realizadas a través de VASP ubicados en el exterior, ya que estos no tienen la obligación de compartir información con bancos centrales, autoridades tributarias u otros organismos públicos.

Por tal motivo, la OCDE impulsó una iniciativa para recolectar información sobre estos activos a nivel nacional, con el fin de intercambiarla aprovechando la experiencia del intercambio automático de cuentas financieras de acuerdo con el Common Reporting Standard (CRS)[8], que opera desde 2017 y ha incrementado año a año el número de países participantes, cuentas alcanzadas y montos cubiertos, con resultados muy exitosos desde su implementación, permitiendo la detección de operaciones offshore y su tributación.

Por lo tanto, creo que sería una buena iniciativa incluir operaciones que involucren criptoactivos dentro del régimen de información de CRS, pudiendo en una primer etapa comenzarse con las criptomonedas.

Alerto que si esto no sucede, seguiremos viendo una proliferación de regímenes de información en diferentes países, lo que también creará complejidad para los VASP y contribuyentes que realizan operaciones en diversos países.

Asimismo entiendo que sería conveniente que los Estados consensuen tratamientos fiscales uniformes a las operaciones con criptomonedas, de la misma forma que se está planteando en el tema de la tributación de la economía digital.

Como dice la OCDE en su informe cada país debe tener una orientación clara y un marco legislativo aplicable, donde se brinde orientación sobre cómo encuadran las criptomonedas en el marco fiscal existente es decir una guía que sea integral y aborde los principales hechos imponibles y formas de ingresos asociados con las mismas.

Sabemos que la economía tokenizada presenta múltiples variantes y formas de realizar las operaciones razón por la cual es conveniente un análisis muy profundo de cada una de ellas pero es imprescindible que se busque lograr un consenso en cuestiones básicas de su tratamiento legal y fiscal.

Creo que ante desarrollos globales como los que estamos viviendo, el camino de la cooperación, la colaboración y el multilateralismo entre estados es más adecuado que tomar medidas unilaterales.

Lo digo tanto desde la perspectiva de legislar para regular y promover el desarrollo y la transformación digital de los países, como en lo que respecta a la lucha contra el fraude fiscal, el blanqueo de capitales, el terrorismo y otros delitos.

Estoy convencido de que hoy, más que nunca, debemos seguir avanzando en la cooperación y el multilateralismo a nivel internacional.

La colaboración entre los sectores público y privado involucrando también a los centros académicos y expertos también es imprescindible para monitorear el sector de los activos virtuales y los nuevos modelos de negocio, dado su dinamismo tecnológico.

En definitiva, creo que los países deberían promover mecanismos más agiles  para definir marcos legales, priorizando siempre las soluciones multilaterales para los nuevos modelos de negocio de la economía digital y tokenizada que buscan por un lado potenciarlos, pero también garantizar transparencia, seguridad y certeza en cuanto a su marco legal tributario.

Dr. Alfredo Collosa

Enero 2.022

 


[1] https://www.oecd.org/tax/tax-policy/taxing-virtual-currencies-an-overview-of-tax-treatments-and-emerging-tax-policy-issues.htm. El informe fue preparado y respaldado por los 137 miembros del Marco Inclusivo BEPS de la OCDE / G20, proporcionando un análisis exhaustivo de los enfoques y las brechas en los principales tipos de impuestos (a la renta, IVA y a la propiedad), en relación a más de 50 jurisdicciones que participaron del estudio.

[2] https://es.cointelegraph.com/news/fatf-publishes-new-indicators-on-cryptocurrencies-for-money-laundering-and-financing-of-terrorism

[3]http://www.fatf-gafi.org/publications/methodsandtrends/documents/virtual-assets-red-flag-indicators.html

[4]http://www.fatf-gafi.org/media/fatf/documents/recommendations/RBA-VA-VASPs.pdf

[5]http://www.fatf-gafi.org/media/fatf/documents/recommendations/Updated-Guidance-VA-VASP.pdf

[6]Crypto Crime Trends for 2022: Illicit Transaction Activity Reaches All-Time High in Value, All-Time Low in Share of All Cryptocurrency Activity. https://blog.chainalysis.com/reports/2022-crypto-crime-report-introduction/

[7] https://www.diariobitcoin.com/mercados/analisis/chainalysis-revela-que-pese-al-incremento-visto-en-2021-son-pocas-las-transacciones-ilicitas-con-criptomonedas/

[8]https://www.oecd.org/tax/automatic-exchange/common-reporting-standard/standard-for-automatic-exchange-of-financial-account-information-in-tax-matters-second-edition-9789264267992-en.htm