Mercosur – Algunas propuestas de agenda para el 2024 – Emb. (R) María Cristina Boldorini

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El proceso de integración del MERCOSUR constituye el instrumento principal de la política exterior de la República Argentina. En sus 32 años de vigencia son numerosos los progresos alcanzados en materia de comercio intrazona, desarrollo normativo e institucional, negociaciones externas con los países de América Latina y de extrazona, armonización regulatoria, coordinación de políticas y celebración de tratados en áreas de educación, justicia, cultura, salud, entre otros temas.

La agrupación regional conforma una zona de paz y de democracia y un área de asociación económica en la cual la pertenencia implica beneficios diferenciados para los Estados Partes, piedra basal de todo proceso integrativo. Estos logros se han consolidado a través de acuerdos fundacionales como el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto, el Protocolo de Olivos  y el Protocolo de Ushuaia sobre Compromiso Democrático.

Desde los inicios, la sociedad con los otros tres miembros generó una auténtica política de estado. Los sucesivos gobiernos de la Argentina, si bien de diverso signo, le dieron continuidad en virtud de su envergadura y alcance inéditos y   le reconocieron los méritos y potencial para el desarrollo nacional de su sector productivo. Asimismo, debe ponerse en valor su alcance ordenador en materia de armonización normativa y regulatoria.

En ese sentido, el esquema de integración es un ámbito en el que se desarrollan múltiples negociaciones en forma permanente. En la actualidad, además de los tres órganos decisorios, el Consejo del Mercado Común, el Grupo Mercado Común y la Comisión de Comercio trabajan alrededor de 90 foros negociadores intergubernamentales. Se ocupan de elevar propuestas a los órganos decisorios en áreas de transporte, medio ambiente, industria, agricultura, energía, minería, servicios, compras de gobierno, integración fronteriza, comercio electrónico, industria, comunicaciones, etc.

En materia de relaciones externas la prioridad se dirigió, en primer lugar, a la región y, por medio de acuerdos de complementación económica celebrados en el marco de la ALADI, se profundizaron los lazos económicos con los países de América Latina, con los cuales mantenemos vínculos históricos y crecientes. Como resultado de ese trabajo, se celebraron acuerdos de libre comercio con Bolivia, Chile, Ecuador, Colombia y Perú a los que se denomina Países Asociados.

En cuanto al ámbito extrazona se celebraron acuerdos de preferencias fijas con Israel e India, se mantienen negociaciones con la UE, EFTA, Singapur, Canadá y Corea del Sur. Además, hay varios países que han manifestado interés en mantener encuentros con miras a celebrar acuerdos de integración avanzada con nuestra subregión.

Áreas para renovar el MERCOSUR

 A fin de avanzar hacia los objetivos que se propusieron los fundadores del MERCOSUR se propone desarrollar un programa de trabajo que incluya, en principio, las siguientes temáticas:

Zona de Libre Comercio:   elaborar a nivel cuatripartito el listado de RNA aplicadas al comercio intrazona y acordar u calendario para su desmantelamiento con un alcance similar al que se incluyó en el Tratado de Asunción, Anexo I Programa de Liberación Comercial, cuando se decidió fundar el MERCOSUR.

 Artículo 10 Los Estados Partes sólo podrán aplicar hasta el 31 de diciembre de 1994, a los productos comprendidos en el programa de desgravación, las restricciones no arancelarias expresamente declaradas en las Notas Complementarias al acuerdo de complementación que los Estados Partes celebrarán en el marco del Tratado de Montevideo de 1980. Al 31 de diciembre de 1994 y en el ámbito del Mercado Común, quedarán eliminadas todas las restricciones no arancelarias.

En materia de libre comercio intrazona especial atención deberá prestarse al sector automotor dado que si se incluye en los acuerdos con la UE o con EFTA, con cronogramas hacia al libre comercio, los socios, en especial Brasil, solicitarán la trasposición de esos compromisos al MERCOSUR.

 Arancel Externo Común: armonizar las disparidades existentes a fin de establecer un arancel externo lo más uniforme posible para los cuatro Estados Partes, con la atención de situaciones específicas o excepciones individuales para cada país.

Presupuesto Común del MERCOSUR: trabajar con un solo presupuesto para todo el funcionamiento de la estructura institucional, con un nivel tal que permita a los órganos de apoyo trabajar con eficiencia y responder a los requerimientos técnicos en las materias y temas que se encuentran bajo su responsabilidad.

Solicitar a todos los socios el pago de las cuotas adeudadas a fin de sanear la situación presupuestaria.

Estructura institucional: Trasladar a la sede de la Secretaría en Montevideo los órganos dependientes que en la actualidad tienen sede en otras ciudades del MERCOSUR a fin de reducir los gastos presupuestarios.

Actualizar la estructura conforme a las nuevas exigencias en materia de relacionamiento externo, desarrollo de proyectos comunes en los sectores de agricultura y energía y reconocimiento mutuo de normas técnicas, sanitarias y fitosanitarias.

Vigencia de la normativa MERCOSUR: acordar mecanismos para acelerar los procesos de incorporación de la normativa MERCOSUR en el ordenamiento jurídico de los cuatro Estados Partes tanto a nivel administrativo como parlamentario. En los años de vigencia del proceso integracionista Argentina presentó varias propuestas para mejorar un sistema que mostró sus debilidades. Es crucial resolver esta problemática que atrasa la integración y perjudica de manera sustantiva a los ciudadanos y empresarios mercosureños.

Atender la situación de mora legislativa que se registra en algunos países, como el nuestro, atento que hay instrumentos internacionales remitidos al Congreso que llevan años sin tramitación. Solicitar la urgente aprobación legislativa de los siguientes tratados que se encuentran en el Congreso:

-Acuerdo sobre Facilitación del Comercio del MERCOSUR aprobado por Dec. CMC N° 29/19 del 04/12/2019. Senado Expte. 27/22.

-Acuerdo sobre Comercio Electrónico del MERCOSUR aprobado por Decisión CMC N° 15/20 del 29/04/2021. Diputados Expte 0145-D-2023;

–Acuerdo para la Protección Mutua de las Indicaciones Geográficas Originarias en los Territorios de los Estados Partes del MERCOSUR aprobado por Decisión CMC N° 10/ 19 el 05/12/2019. Senado  Expte. 26/22 PE.

-Acuerdo para la Eliminación del Cobro de Cargos de Roaming Internacional a los Usuarios Finales del MERCOSUR aprobado por Decisión CMC N° 01/19   el 17/07/2019. Senado Expte. 103/20 MD.

-Enmienda al Protocolo de Montevideo – Anexo sobre Servicios Financieros aprobado por Decisión CMC Nº 14/19 el  05/12/2019 trámite en Diputados Expte 05-S-2021.

-Enmienda al Protocolo de Montevideo – Anexos sobre Servicios Postales, Telecomunicaciones y Reglamentación Nacional aprobado por Decisión CMC 19/21 el 06/07/2022. Diputados Expte. 10/23 PE.

-Protocolo de Contrataciones Públicas del MERCOSUR aprobado por Decisión CMC N° 37/17. Senado Expte. 44/22 PE.

-Protocolo Adicional al Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR, firmado el 16/04/2019. Senado Expte. 378/19 PE.

Sistema de solución de controversias y Tribunal Permanente de Revisión (TPR): en la actualidad el sistema jurisdiccional se encuentra debilitado y no es utilizado por los Estados Partes ni para dirimir sus diferencias ni para aplicar de manera uniforme la normativa MERCOSUR en sus respectivas administraciones de justicia nacional. Si se desea una mayor institucionalidad y seguridad jurídica es imprescindible reforzar los medios de administración legal. Así ha quedado demostrado en otras agrupaciones regionales.

Es esencial dotar a la Secretaría del TPR y al propio Tribunal de los recursos económicos necesarios para que pueda cumplir de manera apropiada con las funciones que los Estados Partes le han encomendado.

Asimismo, se deben incorporar ajustes en el sistema jurídico y reconocer como  fuente de derecho del MERCOSUR los laudos definitivos dictados por los tribunales arbitrales Ad-Hoc y del TPR, con la posibilidad de apartarse de ellos por resolución fundada del juzgador con la pertinente explicación de las razones que motivan la decisión.

Debe contemplarse la aplicación de medidas de índole económica, de rápida aplicación, para los países que incumplan los laudos arbitrales definitivos, la buena fe procesal requiere ser puntualmente observada y con mayor énfasis en un procedimiento arbitral en el cual la actuación leal en el cumplimiento del laudo constituye un punto esencial en la superación de la controversia y para darle credibilidad al sistema.

Secretaría del MERCOSUR: encomendar a la Secretaría trabajos técnicos que coadyuven a las negociaciones intrazona y con terceros países y agrupaciones de países. La Secretaría es el único órgano cuatripartito con capacidad para elaborar informes técnicos útiles en la enorme tarea de relacionamiento externo dados que si deseamos avanzar en varias negociaciones simultáneas los recursos disponibles en la mayoría de los países son insuficientes.

Negociaciones Externas: en atención a los escasos recursos humanos disponibles es esencial establecer un orden de prioridades de los países y agrupaciones de países con los que es factible celebrar acuerdos de libre comercio o de preferencias arancelarias.  Las regiones de Centroamérica y del Caribe y sus países a nivel individual revisten interés para nuestro comercio exterior.

Las negociaciones en curso con la UE, EFTA y Singapur requieren un fuerte impulso y generar consenso entre los socios a fin de concluir las tratativas y concretar la firma de los acuerdos.

Los Acuerdos de Complementación Económica ya firmados con los países asociados – Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador y Perú demandan constantes actualizaciones y profundización en materia comercial y en nuevos sectores como servicios.

Hay varios actores interesados en incrementar los vínculos con la región como es el caso de Israel e India (ya se cuenta con acuerdos de preferencias fijas y el objeto es ampliar el número de preferencias). En el caso de India reviste relevancia trabajar en la ampliación de las exportaciones de aceite vegetal que hoy representa un superávit comercial de dos mil millones de dólares para nuestro país.

Asimismo, con Canadá y Corea hay negociaciones en curso las que requieren definiciones relevantes para avanzar. Otros países como Emiratos Árabes Unidos, Indonesia, Líbano, Vietnam y la Unión Africana han evidenciado interés en negociaciones económicas con nuestra agrupación.

Para avanzar en varios frentes se requiere incorporar recursos humanos adicionales al sector de negociaciones y sumar a la Secretaría del MERCOSUR para que desarrolle trabajos técnicos de apoyo.

Tratamiento de las Asimetrías: prorrogar la vigencia de la Dec. CMC 15/05 que puso en funcionamiento el Fondo para la Convergencia Estructural del MERCOSUR herramienta central para corregir las asimetrías de las economías más pequeñas de Uruguay y Paraguay. Desde el inicio de las acciones del Fondo en el año 2007 y hasta el 19 de junio de 2023, el CMC ha aprobado 53 proyectos para ser financiados con fondos FOCEM: 4 de Argentina, 5 de Brasil, 19 de Paraguay, 16 de Uruguay, 3 Pluriestatales y 6 correspondientes al Programa IV fortalecimiento institucional.

Cabe señalar que 5 Proyectos han sido rescindidos a solicitud del Estado Parte beneficiario correspondiente (1 proyecto de Argentina, 3 proyectos de Brasil y 1 de Paraguay), por tanto, la cantidad actual es de 48 proyectos.

Estos Proyectos tienen un costo total de US$ 1.491 millones, de los cuales US$ 968,54 millones corresponden a financiamiento FOCEM no reembolsable.

El FOCEM ha permitido el desarrollo de proyectos que promueven el mejoramiento de la infraestructura, estimulan la competitividad y generan empleos e inclusión social.

Se espera lograr, al final de la ejecución de la actual cartera de proyectos, la construcción de 2.390 viviendas; la rehabilitación de más de 925 km de carreteras y de 380 km de vías férreas; el tendido de 775 km de líneas de transmisión, acompañadas de la construcción o ampliación de 4 subestaciones transmisoras; la provisión de acceso a agua potable a 93 comunidades; la construcción de más de 100.000 metros de red de saneamiento; la construcción y ampliación de 21 laboratorios, así como la compra e instalación de equipos; la mejora de 72 espacios educativos; el apoyo a 318 micro emprendimientos familiares en zonas deprimidas y más de 230 capacitaciones a mano de obra en oficios de mantenimiento y reparaciones; así como la promoción de cadenas productivas, del asociativismo y de la competitividad de más de 800 pequeñas y medianas empresas de la región, entre otros objetivos.

Cabe destacar el fortalecimiento de una red de I+D en biotecnología aplicada a la salud desarrollada en los cuatro Estados Partes.

En la actualidad los socios analizan el futuro del FOCEM con el objetivo de adaptarlo a los requerimientos subregionales. Urge tomar una decisión e implementarla dado que es una herramienta necesaria y que demuestra la solidaridad y compromiso de Argentina y Brasil con la agrupación. Además, colabora para generar un clima constructivo de trabajo y facilita los consensos entre los socios.

En el Ayuda Memoria específico para el FOCEM se proponen alternativas para iniciar la segunda etapa del Fondo.

Servicios: continuar con la negociación de compromisos específicos en la VIII Ronda e incorporar a los ordenamientos jurídicos internos de los Estados Partes los Anexos al tratado de Montevideo pendientes. La ALADI representa una alternativa para solucionar esta mora jurídica inexcusable.

La no incorporación de los compromisos específicos revela el desinterés y falta de empeño de los poderes legislativo y ejecutivo con la ciudadanía de la región. Se constata el incumplimiento de la obligación de internalizar la normativa MERCOSUR situación que podría constituir el fundamento de un proceso jurisdiccional en el marco del sistema de solución de diferencias.

Es crucial encontrar una solución a este obstáculo al que se apela, en algunos casos, para no formalizar los beneficios negociados. Con el objetivo de encontrar una solución, se propone celebrar en el marco de la ALADI un acuerdo de alcance parcial sobre servicios de alcance similar al Acuerdo de Complementación Económica Nro. 18 que receptó el Tratado de Asunción en ese ordenamiento jurídico. Una vez suscripto se firmarían protocolos adicionales para incluir el contenido de los Anexos al Tratado de Servicios MERCOSUR que se negocien en el marco de las Rondas cuatripartitas. Esta solución evitaría la aprobación legislativa de los Anexos o al menos permitiría acordar su aplicación provisional.

 Compras de Gobierno: el Protocolo de Contrataciones Públicas en el MERCOSUR fue aprobado por Decisión CMC N° 37/17 de fecha 20 de diciembre de 2017. Hasta la fecha solamente Uruguay presentó el instrumento de ratificación con fecha 12 septiembre de 2022 ante Paraguay, país depositario de los instrumentos jurídicos internacionales del MERCOSUR.

Cabe destacar que el artículo 32 del Protocolo establece que entrará en vigor treinta días después de la fecha del depósito del segundo instrumento de ratificación. Es decir, si Argentina lo aprueba por ley y presenta el instrumento de ratificación el tratado entra en vigor y podríamos acceder al mercado uruguayo.

En atención a la importancia que reviste este instrumento para el sector privado nacional es imprescindible que el área competente de la Cancillería (Dirección del MERCOSUR) analice si el Protocolo requiere una actualización. Si el tratado es pertinente y aplicable se debe requerir con urgencia al Poder Legislativo para que le de aprobación en ambas Cámaras.

La condición en la que se encuentra el Protocolo de Contrataciones Públicas, aprobado por el Consejo del Mercado Común en el año 2017, describe uno de los nudos más complejos que enfrenta el MERCOSUR, el insuficiente nivel de incorporación a los ordenamientos jurídicos nacionales de la normativa aprobada. Esta realidad debe atenderse con urgencia, tanto a nivel nacional como cuatripartito.

El Poder Ejecutivo, mediante la Cancillería debe coordinar el seguimiento de los acuerdos internacionales enviados al Poder Legislativo con la finalidad de que en este ámbito se apruebe por un canal preferencial y expedito la normativa MERCOSUR. Las Comisiones involucradas en el tratamiento del tema deben reunirse en forma conjunta para evitar dilaciones y pérdida de estado parlamentario como ocurrió con uno de los instrumentos.

Corresponde aclarar que los cuatro países acordaron con normas muy precisas un proceso de control de las áreas nacionales competentes antes de elevar las normas MERCOSUR a la aprobación por el órgano decisorio de mayor jerarquía,  el Consejo del Mercado Común (CMC) y el Grupo Mercado Común (GMC). Por ello, una vez pasados todos los controles internos la incorporación nacional tiene que formalizarse en plazos breves.

Reconocimiento mutuo y convergencia regulatoria en las áreas alimenticias, medicinales y cosméticos: el Tratado de Asunción en su Anexo 3 conformó diez Subgrupos de Trabajo del Grupo Mercado Común con la finalidad de coordinar las políticas sectoriales. El SGT N º 3 Normas Técnicas fue responsable de armonizar los reglamentos técnicos. Con posterioridad, los Subgrupos encargados de los temas de agricultura y salud se sumaron a esta tarea.  Los reglamentos técnicos Mercosur (RTM) acordados a nivel cuatripartito comenzaron a reemplazar la normativa nacional una vez traspuestos al ordenamiento jurídico nacional.

En el contexto integracionista la armonización normativa se enfoca sea de manera puntual para acordar las características de un producto y sus métodos de elaboración o bien a través de normativa aplicable a varios productos de un sector o a la totalidad del sector como por ejemplo las normas sobre etiquetado o embalaje.

Los Reglamentos Técnicos aprobados por los órganos decisorios son obligatorios cuando son incorporados a los cuatro ordenamientos jurídicos nacionales y entran en vigor en el MERCOSUR conforme a lo previsto en el Protocolo de Ouro Preto.

Las características del régimen de incorporación actual dan margen para incumplir la normativa si no se perfecciona el acto nacional en algunos de los países y genera graves perjuicios a los restantes que han satisfecho el requisito. Dado que no hay sanción para el país incumplidor el único recurso efectivo es acudir al procedimiento de solución de controversias previsto en el Protocolo de Olivos. Esta alternativa, si bien fue efectiva cuando se utilizó, demanda esfuerzos, recursos humanos y económicos y un tiempo precioso. Es así que los RTM no incorporados representan una restricción o limitación al comercio intrazona.

Dado que ya han transcurrido más de treinta años desde la fundación del MERCOSUR las agencias regulatorias tienen un acabado conocimiento del funcionamiento de las contrapartes y de la situación productiva en los países vecinos. Es el momento de negociar acuerdos de reconocimiento mutuo sectoriales (ARM) a fin de acelerar el proceso integrativo. Los sectores alimenticios, cosméticos y eventualmente medicinales evidencian un potencial que vale la pena explorar. De este modo los controles, autorizaciones y la evaluación de conformidad aprobada por una entidad nacional como la ANMAT serían reconocidos por las agencias similares de los países involucrados en el ARM sectorial y viceversa.

En los acuerdos de reconocimiento mutuo el país importador acepta los resultados de la evaluación de la conformidad realizada para productos industriales específicos por los organismos de evaluación de la conformidad designados en el país exportador a fin de acreditar que se cumplen los requisitos de la parte importadora. Además, se listan los laboratorios, las comisiones inspectoras y los diferentes organismos de evaluación de la conformidad autorizados y se establece una comisión mixta para ocuparse de los temas que puedan plantearse en relación con los acuerdos.

La evaluación de la conformidad es un proceso cuyo objetivo es comprobar el cumplimiento de los reglamentos o normas técnicas aplicables y se lleva a cabo a través de muestreos, inspecciones, pruebas entre otros medios de verificación.

Agricultura: desarrollar proyectos cuatripartitos en materia de agricultura sustentable, coordinar acciones respecto al Pacto Verde europeo, que impactará fuertemente en todas las exportaciones Mercosureñas y trabajar para que en todos los foros mundiales en los que se traten temas agrícolas y ganaderos los Estados Partes defiendan la producción regional de manera coordinada.

Hemos tenido una experiencia muy satisfactoria con el Programa regional sobre Fiebre Aftosa financiado por el FOCEM.  Podemos desarrollar un nuevo programa para abordar la temática del cambio climático y su impacto en la agricultura de los cuatro países, ya que habría recursos todavía disponibles.

Energía: promover una política regional en materia de energía sustentable, coordinar posiciones para presentar en el G20 y otros foros y desarrollar un proyecto regional en este sector.

Salud: elaborar un programa MERCOSUR en materia de medicamentos, suplementos, vacunas regionales y otros bienes para emergencias masivas.

Servicios Basados en el Conocimiento: armonizar la normativa impositiva y las regulaciones intrazona aplicadas al sector e implementar las Recomendaciones elevadas por el Foro Empresarial del MERCOSUR, celebrado en el año 2021, al Grupo Mercado Común en las que se detallan las urgencias e intereses de los empresarios del conocimiento. Entre ellas se mencionan:

a – Vincular a las agencias de promoción de exportaciones de los cuatro países para desarrollar iniciativas conjuntas de promoción de exportaciones y de marketing,

b – Relevar, con carácter urgente, con el apoyo técnico de la CEPAL y de las cámaras y asociaciones del sector de SBC de los Estados Partes, los impuestos aplicados al comercio de SBC en los países miembros del MERCOSUR,

c – Capacitar y formar recursos humanos en el MERCOSUR, en particular en las áreas de mayor demanda como el manejo de Tecnologías de la Información e idioma inglés, con el objetivo de adquirir las capacidades necesarias para enfrentar la competitividad de los países con mayor crecimiento en sus exportaciones de SBC como son los casos de China, Polonia, Rumania y Costa Rica.

d – Establecer un Centro de Capacitación del MERCOSUR de SBC, para desarrollar los programas de formación de Recursos Humanos en colaboración con universidades e institutos técnicos de los Estados Partes.

e –  Acordar el reconocimiento de títulos universitarios y técnicos en el ámbito del MERCOSU, en especial en las áreas vinculadas a los SBC.  A fin de alcanzar este objetivo trabajar de forma coordinada con los Colegios Profesionales, lo que evitará, entre otras situaciones, la fuga de talentos regionales hacia el exterior.

Convergencia MERCOSUR – Alianza del Pacífico: armonizar los instrumentos comerciales de las dos agrupaciones, a la luz de lo convenido en el Plan de Acción de Puerto Vallarta.

Algunos de los temas que podrían trabajarse de manera conjunta son:

a – Comercio electrónico, mercado digital regional, protección de datos personales, ciberseguridad, comercio sin papel, firma digital.

b – Comercio de servicios, Servicios Basados en Conocimiento, SBC e Industrias Creativas.

Armonización de Certificados Fitosanitarios Digitales)

c – Cooperación regulatoria (OTC y regulación de productos agrícolas).

d- Facilitación de Comercio y Acuerdos de Reconocimiento Mutuo.

e – Armonización del sistema de certificado de origen digital de ALADI.

PARLASUR:  fue creado en el Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR, el 8 de diciembre de 2005, en calidad de órgano de representación de los pueblos del MERCOSUR. El Protocolo entró en vigor el 24 de febrero de 2007.

El tratado fundacional dispone que su composición se basará en un criterio de representación ciudadana, definido por el órgano superior de decisión política, el Consejo del Mercado Común en la Dec. CMC Nª 28/10 al aprobar el Acuerdo Político para la Consolidación del MERCOSUR y Propuestas Correspondientes del Parlamento del MERCOSUR de fecha 28 de abril de 2009.

 Para el período de transición el número de parlamentarios acordado fue de: Argentina 26, Brasil 37, Venezuela 23, Paraguay y Uruguay 18 cada uno.  Este número de legisladores se mantendría hasta la adecuación de la legislación nacional de cada país para la elección por sufragio directo y en esa etapa los países conformarían sus bancadas con legisladores nacionales con mandatos vigentes.

Al presente, solo Argentina y Paraguay han elegido parlamentarios MERCOSUR por voto directo mientras que Brasil, Uruguay y Venezuela están representados por legisladores nacionales que cubren las dos funciones.  Cabe destacar que si bien Venezuela se encuentra suspendida del MERCOSUR los parlamentarios de ese país tienen plena participación en el PARLASUR. Por este motivo hoy Argentina tiene una representación de 43 legisladores.

El organismo está conformado en la actualidad por el siguiente número de parlamentarios: Argentina 43, Brasil 37, Paraguay y Uruguay 18 cada uno y Venezuela 23.

El presupuesto del organismo se financia en las siguientes proporciones: Argentina 24%,

Brasil 44%, Paraguay 16% y Uruguay 16% (Dec. CMC Nº 21/21).

 El 16 de abril 2019 los cuatro Estados Partes del MERCOSUR suscribieron un Protocolo Adicional (PA) que modifica el Protocolo Constitutivo del Parlamento del MERCOSUR y la Declaración Conjunta relativa al funcionamiento del Parlamento del MERCOSUR. El Artículo 1 del PA dispone que hasta tanto se realice la elección de los Parlamentarios del MERCOSUR de forma simultánea en todos los Estados Partes a través del sufragio directo, universal y secreto de los ciudadanos el PARLASUR funcionará integrado por legisladores de los Parlamentos Nacionales de los Estados Partes. El Protocolo Adicional no se encuentra en vigor ya que requiere aprobación legislativa y ratificación de todos los signatarios. Solamente Paraguay depositó el instrumento de ratificación el 26 de agosto de 2020.

La Declaración Conjunta tiene por objeto suspender la aplicación de tres disposiciones transitorias del Protocolo Constitutivo (párrafo 2 de la Disposición Transitoria Tercera y el párrafo segundo de la Disposición Transitoria Quinta) que disponen la obligación de los Estados Partes de elegir a sus parlamentarios por voto directo, aun cuando no sea en forma simultánea.

Otra finalidad de la Declaración Conjunta es aplicar en forma inmediata la integración del PARLASUR con legisladores de los Parlamentos Nacionales de los Estados Partes.

La Declaración se firma en virtud de la facultad de los Estados de suspender total o parcialmente un acuerdo internacional de manifestarse el consentimiento de todas las Partes signatarias, facultad que está contemplada en el artículo 57 de la Convención de Viena sobre Derecho de los Tratados.

La cualidad de la Declaración, a diferencia del Protocolo Adicional, es que produce efectos jurídicos inmediatos una vez notificada al depositario que en el MERCOSUR es Paraguay. La suspensión de un acuerdo internacional es, en el derecho argentino, facultad exclusiva del Poder Ejecutivo, no requiriéndose la aprobación del Congreso (a excepción de los tratados sobre derechos humanos o los que delegan competencias en organismos supranacionales).

Atenta la firma de la Declaración Conjunta se suspendieron las disposiciones pertinentes sobre elección de parlamentarios Mercosur previstas en la Ley 27.120. Por tal motivo, al dictarse el Decreto 343/19 de Convocatoria de Elecciones, no se incluyó la convocatoria de parlamentarios MERCOSUR.

A diferencia de lo ocurrido en el año 2019, el 16 de marzo de 2023, la Cámara Nacional Electoral mediante la Acordada Extraordinaria N° 35 aprobó el cronograma electoral que incluye los comicios nacionales destinados a elegir Presidente y Vicepresidente de la Nación y 43 Parlamentarios del MERCOSUR. En atención a lo expuesto resulta que la Cámara no cumplimentó lo acordado en la Declaración Conjunta.

Por lo expuesto, es aconsejable dar continuidad al criterio de atribuir a parlamentarios nacionales las competencias para desempeñarse como parlamentarios MERCOUR. Para ello, debe aplicarse la Declaración Conjunta relativa al funcionamiento del PARLASUR firmada por los cuatro Estados Partes y al mismo tiempo dar aprobación legislativa en Argentina, Brasil y Uruguay al Protocolo Adicional modificatorio del tratado constitutivo del PARLASUR.

Comentarios Finales

 El MERCOSUR debe mantenerse en su actual alcance y nivel de unión aduanera, con la finalidad de avanzar de forma progresiva hacia la conformación de un mercado común.

Los fines del proceso de integración del MERCOSUR constituyen una guía y para concretarlos se requiere trabajar por medio de las instituciones técnicas y políticas cuatripartitas que cuentan con la experiencia y la estructura adecuada.

En este sentido,  se requiere avanzar con una visión que respete: la naturaleza del sistema de integración y sus principios basilares, la reciprocidad de derechos y obligaciones, la salvaguardia de las instituciones democráticas en la región, las negociaciones externas conjuntas, la adopción de decisiones mediante el consenso, la austeridad respecto a la creación de órganos de la estructura para evitar una burocracia innecesaria, la solución pacífica de las diferencias, la confianza y el relacionamiento de buena fe como base de todo proceso de integración y la identificación permanente de las áreas de interés esencial para los ciudadanos de la región.

Es crucial mantener una actitud constructiva y ratificar el compromiso de la República Argentina para desarrollar y afianzar los compromisos inherentes a la integración Mercosureña, un auténtico e indudable hito en el desarrollo de una estrategia regional, que se construye todos los días.

Emb. (R) María Cristina Boldorini

octubre 2.023