Prorrogan la suspensión de la exportación de metales ferrosos

0
50
El Poder Ejecutivo a través de un Decreto publicado hoy en el Boletín Oficial, prorrogó por el término de 360 días la suspensión de exportaciones para consumo de desperdicios y desechos de metales ferrosos a fin de mantener la disponibilidad para la industria nacional.

Por Decreto N° 1513/2012 publicado hoy en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo prorrogó por el término de 360 días la suspensión de exportaciones para consumo de desperdicios y desechos de metales ferrosos que utiliza la industria siderúrgica para la elaboración de acero.

El Decreto lleva la firmas de la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, del jefe de Gabinete,Juan Manuel Abal Medina y de los  ministros de Economía, Hernán Lorenzino y de Industria,Débora Giorgi.

En los considerandos expresa que la industria siderúrgica argentina utiliza desperdicios y desechos de hierro y acero como insumo, junto con el mineral de hierro, para la elaboración de acero.

Explica además que  por razones estructurales la Argentina carece de un abastecimiento fluido de chatarra de hierro y acero, por lo que la industria siderúrgica ve afectado el aprovisionamiento de este insumo para su desenvolvimiento y que en el mismo sentido la industria metalúrgica tiene en los desechos de metales no ferrosos una fuente esencial de su aprovisionamiento.

Añade que  la recuperación de metales constituye una meta deseable desde el punto de vista ambiental y que el comercio internacional de los mismos se ha incrementado significativamente en los últimos años.

También asevera que  el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994, aprobado por la Ley Nº 24.425, permite restringir  temporalmente las exportaciones, con el fin de prevenir o remediar una escasez aguda de productos esenciales para el desenvolvimiento de la economía de un país.

Agrega que la Ley Nº 22.415 (Código Aduanero) faculta al Poder Ejecutivo a prohibir las exportaciones de determinadas mercaderías por razones económicas, tales como aquellas tendientes a promover, proteger o conservar las actividades nacionales productivas de bienes o servicios, así como dichos bienes y servicios.

La norma cita como antecedente la suspensión de exportaciones dispuesta originalmente en enero de 2009, por resolución conjunta N° 1 de los ministerios de la Producción y de Economía, que se repitió en sucesivas oportunidades  a través de la Resolución Conjunta Nº 246 y  los Decretos N°. 2.261 de fecha 28 de diciembre de 2009 y 901 de fecha 28 de junio de 2010, hasta la actualidad.

En ese marco, la medida, que entra en vigencia mañana, establece la suspensión por el término de 360 días, a efectos de mantener una fluida disponibilidad de materia prima para la industria nacional.

Fuente: Presidencia de la Nacion