Protección al inversor: para asesorar en el mercado de capitales se deberá acreditar idoneidad

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La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó hoy la Resolución General 610, que establece que los Mercados Autorregulados y las Bolsas sin mercado deberán llevar un «Registro de Asesores Idóneos», con el objetivo de proteger al público inversor.

El presidente de la CNV, Alejandro Vanoli, afirmó que esta incitativa se encuentra en línea con las tendencias mundiales y remarcó que “en un contexto de crisis financiera internacional, producto de la falta de control y regulación, es necesario aumentar la protección al público inversor elevando los estándares de educación de los profesionales que los asesoran”.

“Nuestra tarea es la de garantizar que aquellos que accedan al mercado de capitales cuenten con la información adecuada y los elementos necesarios para la toma decisiones”, dijo Vanoli y subrayó que “para ello, quienes los asesoran deben contar con la idoneidad necesaria”.
La normativa busca proteger al público inversor aumentando los requisitos de idoneidad exigibles a los distintos participantes del mercado de capitales incorporando mayores estándares éticos y rigor profesional.
La resolución fija que las entidades mencionadas deberán mantener el Registro actualizado y disponible para cualquier interesado, tanto en la página web de la CNV como en las propias.
Asimismo, establece que para inscribirse en el Registro de Asesores Idóneos se deberá acreditar contar con Idoneidad, siendo requisito para ello haber aprobado uno de los programas de capacitación que a tales efectos serán reconocidos por la CNV o contar, como mínimo, con 3 años de antigüedad en el desempeño ininterrumpido de actividades de venta, promoción o prestación de cualquier tipo de asesoramiento que implique contacto con el público inversor.
Las entidades que así lo deseen podrán acreditar ante la CNV aquellos programas de capacitación que requieran, entre otros aspectos, la aprobación de un examen final y un mínimo de ochenta horas cátedra de dictado de determinados contenidos enunciados en la normativa.
Finalmente, la normativa especifica que la certificación de idoneidad mencionada tendrá una vigencia de 5 años contados a partir de la fecha de inscripción en el “Registro de Asesores Idóneos”, y deberá ser revalidado con el vencimiento de ese plazo. Además, quienes dejen de desempeñarse en la actividad por un lapso de 2 años o más deberán actualizarse con un nuevo examen de idoneidad.

 

Fuente: Presidencia de la Nación