Regímenes fiscales preferenciales: Acción 5 BEPS OCDE – Dr. Alfredo Collosa

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El pasado 5 de febrero la OCDE publicó resultados de la revisión por pares de la acción 5 del plan de acción BEPS relativo a los regímenes tributarios preferenciales y las jurisdicciones con impuestos nulos o solo nominales.1

Seguidamente luego de sintetizar los principales aspectos de la citada acción 5, exponemos los resultados de la reciente revisión por pares.

1. ACCIÓN 5 PLAN BEPS

El Informe de la Acción 5 es uno de los cuatro estándares mínimos de la Iniciativa BEPS.

Cada uno de los cuatro estándares mínimos de la Iniciativa BEPS está sujeto a una revisión por pares para garantizar una implementación oportuna y precisa y, de esa manera, salvaguardar la igualdad de condiciones. Todos los miembros del Marco Inclusivo sobre la Iniciativa BEPS se comprometen a implementar el estándar mínimo de la Acción 5 y a participar en la revisión por pares2.

El Foro sobre Prácticas Fiscales Perjudiciales de la OCDE (FHTP) ha estado realizando análisis de regímenes preferenciales desde su creación en 1998 con el fin de determinar si dichos regímenes podrían ser perjudiciales para la base impositiva de otras jurisdicciones. La labor actual del Foro sobre Prácticas Fiscales Perjudiciales (FHTP) comprende tres áreas clave.

En primer lugar, la evaluación de los regímenes fiscales preferenciales para identificar las características de dichos regímenes que pueden facilitar la erosión de la base imponible y el traslado de beneficios y, por lo tanto, tienen el potencial de afectar injustamente la base imponible de otras jurisdicciones.

En segundo lugar, la revisión por pares y el seguimiento del marco de transparencia de la Acción 5 a través del intercambio espontáneo obligatorio de información pertinente sobre resoluciones específicas para los contribuyentes que, en ausencia de dicho intercambio de información, podrían dar lugar a preocupaciones sobre BEPS.

En tercer lugar, la revisión de los requisitos de actividades sustanciales en jurisdicciones con impuestos nulos o con impuestos nominales para garantizar la igualdad de condiciones. En febrero de 2021, la OCDE publicó los Términos de Referencia y la Metodología renovados para las revisiones por pares sobre la norma de la Acción 5 para el intercambio de información sobre resoluciones fiscales (el «marco de

transparencia») para los años 2021-2025, tal como fue aprobado por el Marco Inclusivo sobre BEPS.

El proceso de revisión y monitoreo por pares lo lleva a cabo el Foro sobre Prácticas Tributarias Nocivas (FHTP) de conformidad con los Términos de Referencia y la Metodología, y todos los miembros participan en pie de igualdad.

Los Términos de Referencia se dividen en cuatro aspectos, que capturan los elementos clave del marco de transparencia:

1.Proceso de recopilación de información;

2.Intercambio de información;

3.Confidencialidad de la información recibida;

4.Estadística.

La metodología establece los mecanismos de procedimiento mediante los cuales las jurisdicciones completarán la revisión por pares, incluido el proceso de recopilación de los datos pertinentes, la preparación y aprobación de los informes, los resultados de la revisión y el proceso de seguimiento.

La metodología contempla la recopilación de los puntos de datos pertinentes para la revisión por pares mediante cuestionarios estandarizados, enviados a la jurisdicción revisada, así como a los pares (es decir, los demás miembros del Marco Inclusivo sobre BEPS).

2. RESULTADOS DE LA REVISIÓN POR PARES DE FEBRERO 2025

Desde el año 2016 en forma anual se han publicado Informes de revisión por pares sobre el intercambio de información sobre resoluciones fiscales

Este año el informe se publicó el 5 de febrero 2025. Estos resultados de la revisión por pares del Foro sobre Prácticas Tributarias Perjudiciales (FHTP) de los regímenes tributarios preferenciales y las jurisdicciones con impuestos nulos o solo nominales resaltan el progreso logrado por las jurisdicciones para abordar las prácticas tributarias perjudiciales a través de la implementación del estándar internacional bajo la Acción 5 de BEPS.

En su reunión de diciembre de 2024, el FHTP llegó a nuevas conclusiones sobre ocho regímenes y completó su cuarto monitoreo anual de los requisitos de actividades sustanciales en jurisdicciones con impuestos nulos o solo nominales, como parte de la implementación del estándar mínimo de la Acción 5 de BEPS sobre prácticas fiscales nocivas.

El número total de regímenes revisados por el FHTP desde el inicio del Proyecto BEPS es ahora 332, y más del 40% de esos regímenes han sido (o están en proceso de ser) abolidos.

Dr. Alfredo Collosa

febrero 2.025