Como es sabido a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70 del 20/12/2023 se delinearon nuevas políticas públicas a fin de lograr un reordenamiento integral de la producción en general y la reformulación de muchos de los regímenes jurídicos existentes, a efectos de, entre otros objetivos, reconstruir la economía mediante la eliminación de barreras y restricciones estatales que impiden su normal desarrollo y promover una mayor inserción en el comercio mundial, señalándose la necesidad de eliminar el registro de exportadores e importadores y facilitar las operaciones de comercio exterior.
En cumplimiento de dichas premisas se dictó la Resolución N° 69/2024 de la Secretaría de Bioeconomía, derogando “los Puntos 3.8 “COMPRADOR DE GRANOS y/o DERIVADOS GRANARIOS PARA CONSUMO PROPIO” y 3.8.1 del Capítulo 3 del Anexo I a la Resolución Nº 21 de fecha 23 de febrero de 2017 del ex – MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y sus modificatorias…” y con ello se dispuso eliminar la obligatoriedad de inscripción de los compradores de granos y sus derivados para consumo propio en el Registro Único de Operadores de la Cadena Agroindustrial –RUCA-, creado por la mencionada Resolución N° 21/2017.
Dicho Registro –RUCA-, tenía como objeto el registro para la habilitación de operadores que intervenían en la comercialización e industrialización de productos agroalimentarios.
En consecuencia, a partir del dictado de la Resolución N° 69/2024 las personas físicas y jurídicas que ya se encuentran inscriptos en el Registro Nacional Sanitario de Productores Agropecuarios –RENSPA- y en la Administración Federal de Ingresos Públicos podrán operar sin registrarse en el -RUCA-.
Asimismo y en línea con los objetivos antes mencionados, la Secretaría de Bioeconomía dictó la Resolución N° 76/2024, con el objeto de simplificar y lograr razonabilidad y celeridad en los procesos, sobre todo en lo referido a los regímenes de información que han quedado sin operatividad, todo ello con el objetivo de eliminar trabas e impedimentos para proceder con mayor eficiencia en los trámites respectivos.
En ese entendimiento, de acuerdo a los fundamentos expresados en las nuevas normas y en concordancia con lo dispuesto en el Decreto N° 70/2023, se persigue “desburocratizar” y simplificar los procesos en los que participan el Estado Nacional, los productores, exportadores e importadores y lograr una mayor eficiencia en los tiempos y costos que involucran a las operaciones de comercio exterior.
Normas derogadas por la Resolución 76/2024
El artículo 1 de la Resolución en análisis dispuso la derogación de ciertas resoluciones y disposiciones detalladas en el Anexo (IF-2024-80533309-APN-SSRAYP#MEC) de la norma, mencionándose a continuación las normas derogadas por la Resolución N° 76/2024 la Secretaría de Bioeconomía, indicándose en cada caso las disposiciones centrales (articulado) de las normas derogadas:
- Resolución N° 11/2021 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. El artículo 1° de la norma dispuso la creación de la “Unidad de Coordinación de Certificación de Capturas y Exportaciones” en el ámbito de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, que debía en el marco de sus competencias (artículo 2°) impulsar las acciones necesarias para el fortalecimiento y cumplimiento de los objetivos del “Sistema Nacional de Captura Legal” y del “Sistema de Control de Carga” existentes en el ámbito de la referida Dirección Nacional, conforme las funciones establecidas en el artículo 3° de dicha norma.
- Resolución N° 26/2021 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. El artículo 1º fijó por arbitraje el precio de la materia prima de yerba mate, por tonelada de hoja verde puesta en secadero, como así también el precio por tonelada de yerba mate canchada puesta en secadero.
- Resolución N° 34/2021 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. Por medio del artículo 1° dispuso la creación de la “Unidad de Coordinación Pesquera”, con las funciones establecidas en el artículo 2° de la citada Resolución.
- Resolución N° 149/2021 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. El artículo 1° dispuso la creación de la “Unidad de Seguimientos Especiales Pesqueros” en el ámbito de la Dirección de Control y Fiscalización de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, detallándose las funciones en el artículo 2° de dicha norma.
- Resolución N° 159/2021 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. Por el artículo 1º se crea la “Unidad de Ingresos al FONAPE” en el ámbito de la Dirección de Administración Pesquera de la Dirección Nacional de Coordinación y Fiscalización Pesquera de la SUBSECRETARÍA DE PESCA Y ACUICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, debiendo en el marco de sus competencias, impulsar las acciones necesarias para el fortalecimiento y cumplimiento de los objetivos de recaudación existentes en el ámbito de la referida Dirección Nacional (artículo 2°), detallándose las funciones del ente en el artículo 3° de la norma.
- Resolución N° 1/2022 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. El artículo 1° dispone la modificación del artículo 3° de la Resolución Nº RESOL-2021-100-APN-SAGYP#MAGYP estableciéndose el cupo de exportación asignado para el año 2021 aplicándose excepcionalmente a exportaciones realizadas durante dicho año y en forma excepcional a exportaciones posteriores siempre y cuando éstas sean efectivizadas antes del 31 de marzo de 2022. Se incorpora el artículo 3° bis a la mencionada Resolución, exigiéndose la presentación de una declaración jurada por medio de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD), en la cual deberán consignar el cupo otorgado mediante la Resolución Nº RESOL-2021-100-APN-SAGYP#MAGYP, el total exportado hasta el 31 de diciembre de 2021 y la cantidad de toneladas que pretenden exportar mensualmente hasta el 31 de marzo de 2022.
- Resolución N° 32/2022 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA. El artículo 1º fijó por arbitraje el precio de la materia prima de yerba mate, por tonelada de hoja verde puesta en secadero, como así también el precio por tonelada de yerba mate canchada puesta en secadero.
- Resolución N° 269/2022 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA. Por medio del artículo 1° de la citada Resolución se creó en el ámbito de la Secretaría de AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA los “PREMIOS ARGENTINA ORGÁNICA”, de carácter anual, para reconocer a los diferentes actores de la cadena de valor orgánica de la REPÚBLICA ARGENTINA, que hayan desarrollado proyectos de excelencia, innovadores y/o inspiradores que generen valor agregado a la producción en la agroindustria orgánica nacional, creándose asimismo el Comité evaluador de los “PREMIOS ARGENTINA ORGÁNICA” en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, el cual tendrá a su cargo la evaluación y selección de los candidatos para cada categoría de premiación y la determinación del ganador de cada Premio, como así también de las menciones especiales.
- Resolución N° 202/2023 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA. El art. 1° de la norma creó el “PROGRAMA NACIONAL DE APOYO A UNIVERSIDADES NACIONALES PARA LA PROMOCIÓN DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y EXTENSIÓN” -“PROINEX” con el objetivo de contribuir al fortalecimiento de proyectos de investigación y extensión destinados a potenciar la agricultura sostenible, la ganadería integral, la producción forestal, el agregado de valor a la producción primaria, los alimentos, la Bioeconomía y el desarrollo de “AG TECH” que estuviera en marcha en las Unidades Académicas de las Universidades Públicas con carreras vinculadas a las competencias de la citada Secretaria detalladas en el Artículo 4° de la resolución – Universidades Nacionales Públicas y sus respectivas Unidades Académicas vinculadas a las temáticas de Agronomía, Veterinaria, Zootecnia, Alimentos, Biotecnologías, Recursos Naturales y Ciencias Ambientales-.
- Resolución N° 280/2023 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA. Por medio del artículo 1° de la Resolución se creó el “PROGRAMA MUJERES PRODUCIENDO ALIMENTOS”, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con el objetivo de promover y fortalecer las unidades productivas de las pequeñas y medianas productoras agroalimentarias.
- Resolución N° 453/2023 de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA. Por el artículo 1º, 2° y 3° de la resolución, se crearon en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, los siguientes Registros: a) el Registro Nacional de Entidades Bioproductoras, exceptuando a aquellas dedicadas a los bioinsumos, que funcionaba en la órbita de la Coordinación de Innovación y Biotecnología de la Dirección Nacional de Bioeconomía de la mencionada Subsecretaría (artículo 1°); b) Registro Nacional de Bioproductos generados en el país, exceptuando los bioinsumos, que contaran con el Sello “BIOPRODUCTO ARGENTINO”, que funcionaba en la órbita de la citada Coordinación de Innovación y Biotecnología (artículo 2°); c) el Registro Nacional de Biomateriales desarrollados en el país, que funcionara en la órbita de la referida Coordinación de Innovación y Biotecnología.
- Disposición N° 2/2023 de la ex – SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO PRODUCTIVO Y SUSTENTABLE PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES AGROALIMENTARIOS de la ex – SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA. Por el artículo 1º de la Disposición se aprobó el Manual Operativo del PROGRAMA DE BIOINSUMOS AGROPECUARIOS ARGENTINOS (PROBIAAR)
La Resolución N° 76 entró en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial (8/8/2024), esto es el 9/8/2024.
Dr. Marcelo Gentili