UE: Los índices. Nuevas medidas para restablecer la confianza en los índices de referencia a raíz de los escándalos del LIBOR y el Euribor

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La Comisión ha propuesto hoy un proyecto legislativo para ayudar a restablecer la confianza en la integridad de los índices de referencia. Un índice de referencia es un índice (medida estadística), calculado a partir de un conjunto representativo de datos subyacentes, que se utiliza como precio de referencia para un instrumento financiero o contrato financiero, o para medir el rendimiento de un fondo de inversión. Las nuevas normas mejorarán la solidez y fiabilidad de los índices de referencia, facilitarán la prevención y detección de su manipulación y aclararán la responsabilidad y la labor de supervisión de las autoridades. Completan las propuestas de la Comisión, aprobadas por el Parlamento Europeo y el Consejo en junio de 2013, para convertir la manipulación de los índices de referencia en un delito de abuso de mercado sujeto a estrictas sanciones administrativas (véase MEMO/13/774).

La manipulación del tipo de interés interbancario de Londres (LIBOR) y el tipo de interés interbancario del euro (EURIBOR) ha dado lugar a la imposición de multas multimillonarias a varios bancos en Europa y EE.UU., y las denuncias de manipulación de los índices de referencia de las materias primas (por ejemplo, petróleo, gas y biocarburantes) y de los tipos de cambio son igualmente objeto de investigación. Los precios de instrumentos financieros por valor de billones de euros dependen de los índices de referencia, y millones de créditos hipotecarios también están vinculados a ellos. Como consecuencia, la manipulación de los índices de referencia puede provocar pérdidas importantes a consumidores e inversores, distorsionar la economía real y socavar la confianza del mercado.

El Comisario de Mercado Interior, Michel Barnier, ha declarado lo siguiente: «Los índices de referencia son una pieza central del sistema financiero; son vitales para nuestros mercados, así como para las hipotecas y los ahorros de millones de nuestros ciudadanos, pero hasta ahora han carecido en gran medida de regulación y supervisión. Los escándalos y las denuncias de manipulación de los índices de referencia han minado la confianza del mercado. Las propuestas presentadas hoy garantizarán por primera vez que todos los proveedores de los índices de referencia han sido autorizados y son supervisados; reforzarán la transparencia y resolverán los conflictos de intereses. Como consecuencia, estará garantizada la integridad, la continuidad y la calidad de los principales índices de referencia.»

Elementos clave de la propuesta

La propuesta está en consonancia con los principios recientemente acordados a nivel internacional por la Organización Internacional de Comisiones de Valores (OICV) y abarca una amplia variedad de índices de referencia, no solo los índices de referencia de tipos de interés, como el LIBOR, sino también, por ejemplo, los índices de referencia de las materias primas. Abarca todos los índices de referencia que se utilizan para los instrumentos financieros admitidos a negociación o negociados en una plaza regulada – como los derivados de la energía y de las divisas -, en los contratos financieros – como las hipotecas – y para medir el rendimiento de los fondos de inversiones. Pretende resolver las posibles deficiencias en cada una de las fases de producción y uso de los índices de referencia.

El objetivo último consiste en asegurar la integridad de los índices de referencia garantizando que no están sujetos a conflictos de intereses, que reflejan la realidad económica que están llamados a medir y que se utilizan de forma adecuada.

En particular, la propuesta:

  • Mejora la gobernanza y los controles a lo largo del proceso de fijación de los índices de referencia

La actividad de provisión de los índices de referencia estará sujeta a autorización previa y a supervisión continua a nivel nacional y europeo. La propuesta exige que los administradores eviten los conflictos de intereses en la medida de lo posible, y que los gestionen adecuadamente cuando sean inevitables.

  • Mejora la calidad de los datos de base y los métodos utilizados por los administradores de los índices de referencia

Exige la utilización de datos suficientes y exactos en la determinación de los índices de referencia, de manera que representen el mercado real o la realidad económica que supuestamente miden. Los datos deben proceder de fuentes fiables, y el índice de referencia debe calcularse con un método sólido y fiable. Esto significa también que deben utilizarse los datos de transacciones cuando sea posible, autorizándose en su ausencia el uso de estimaciones verificadas.

  • Garantiza que los contribuyentes a los índices de referencia proporcionan datos adecuados y están sujetos a controles adecuados

El administrador establecerá un código de conducta que especifique claramente las obligaciones y responsabilidades de los contribuyentes que proporcionen datos de base para un índice de referencia. Se incluye la obligación de gestionar los conflictos de intereses.

  • Garantiza una protección adecuada de los consumidores y los inversores que utilizan índices de referencia

Mejora la transparencia de los datos y el método de cálculo de los índices de referencia. Se requiere asimismo una declaración en la que se explique lo que el índice de referencia se propone medir y cuáles son sus puntos débiles. La propuesta también requiere que los bancos evalúen la idoneidad para los consumidores cuando sea necesario, por ejemplo en la redacción de los contratos hipotecarios.

  • Garantiza la supervisión y viabilidad de los índices de referencia de importancia crítica

Los índices de referencia de importancia crítica serán supervisados por colegios de supervisores, presididos por el supervisor del administrador del índice de referencia, entre cuyos miembros figurará la Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM). En caso de desacuerdo en el colegio, la AEVM podrá decidir por mediación vinculante. Se imponen otros requisitos adicionales a los índices de referencia de importancia crítica, incluida la facultad de la autoridad competente para exigir las contribuciones.

Los bancos centrales que son miembros del Sistema Europeo de Bancos Centrales quedan excluidos de su ámbito de aplicación al contar ya con sistemas que garantizan el cumplimiento de los objetivos de la presente propuesta de Reglamento.

Los anexos contienen disposiciones más detalladas sobre los índices de referencia de las materias primas y los tipos de interés. Los índices de referencia cuyos datos de base sean proporcionados por plazas reguladas estarán exentos de determinadas obligaciones para evitar una doble reglamentación.