UE: Productos sujetos a impuestos especiales

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Están sujetos a impuestos especiales los siguientes productos:

  • alcohol y bebidas alcohólicas
  • productos energéticos y electricidad
  • productos del tabaco.

Los impuestos especiales deben pagarse cuando se producen y cuando se comercia con ellos. En cada uno de los productos, la UE fija el importe mínimo de los impuestos especiales debidos, a lo que los países de la UE pueden añadir otros impuestos.

Más información sobre las normas en cada país de la UE.

Alcohol y bebidas alcohólicas

Están sujetos a impuestos especiales los siguientes tipos de alcohol y de bebidas alcohólicas:

  • cerveza o mezclas de cerveza con bebidas no alcohólicas
  • vino
  • otras bebidas fermentadas como la sidra
  • productos intermedios, como los vinos de Jerez o de Oporto
  • alcohol etílico y bebidas espirituosas.

Lista completa de los tipos del impuesto especial aplicables en la UE al alcohol y a las bebidas alcohólicas.

Tipos reducidos y exenciones

Algunos países de la UE pueden optar por reducir el importe del impuesto adeudado o aceptar exenciones al pago del impuesto:

Tipos reducidos

  • Las pequeñas fábricas de cerveza que elaboran un máximo de 200.000 hectolitros (hl) de cerveza al año y las destilerías que producen un máximo de 10 hl de alcohol puro al año pueden disfrutar de una reducción de los tipos normales de hasta el 50%.
  • Se pueden aplicar tipos reducidos del impuesto especial a los vinos y bebidas fermentadas con un volumen de alcohol igual o inferior al 8,5%, a la cerveza con un volumen de alcohol igual o inferior al 2,8%, a los productos intermedios con un volumen de alcohol igual o inferior al 15% y al alcohol etílico con un volumen de alcohol igual o inferior al 10%.

Exenciones

No hay obligación de pagar impuestos especiales sobre los productos de fabricación casera no destinados a fines comerciales, con excepción de las bebidas espirituosas.

También queda exento el alcohol utilizado para fabricar otros productos no destinados al consumo humano o convertidos en no aptos para el consumo humano mediante la adición de uno o varios productos químicos (agentes desnaturalizantes).

Productos energéticos y electricidad

Los productos energéticos y la electricidad están sujetos a impuestos especiales cuando se utilizan para:

  • automoción
  • calefacción.

Productos energéticos no sujetos a impuestos especiales

 

Los productos energéticos que se utilizan como materia prima en reducciones químicas o en procesos electrolíticos y metalúrgicos no están cubiertos por estas normas. En estos casos, cada país de la UE puede decidir si desea gravar o no su utilización.

 

Los principales productos que pueden ser objeto de gravamen por parte de los países de la UE son los siguientes:

  • aceites minerales
  • combustibles sólidos (carbón, coque, lignito)
  • gas natural
  • electricidad
  • alcoholes (cuando se destinen al consumo como combustible para calefacción o automoción)
  • aceites animales o vegetales (cuando se destinen al consumo como combustible para calefacción o automoción).

Lista completa de los tipos del impuesto especial aplicables en la UE a los productos energéticos.

Tipos aumentados, tipos reducidos y exenciones

 

Los países de la UE pueden establecer un tipo impositivo superior a los umbrales mínimos de la UE, reducir el importe del impuesto adeudado o aceptar exenciones al pago del impuesto.

Tipos aumentados

Los países de la UE pueden elegir un tipo impositivo más elevado para los siguientes usos:

  • transporte público
  • ambulancias
  • uso comercial del gasóleo (vehículos pesados)
  • diferenciaciones según la calidad y cantidad del producto energético (por ejemplo, contenido de azufre del combustible).

Tipos reducidos

Los países de la UE pueden otorgar reducciones o exenciones impositivas para los siguientes usos:

  • electricidad ecológica
  • electricidad producida a partir de la generación combinada de alto rendimiento de calor y electricidad
  • productos energéticos utilizados en la producción combinada de calor y electricidad
  • navegación en aguas interiores
  • electricidad, gas natural, carbón y combustibles sólidos consumidos por los hogares
  • empresas de elevado consumo energético (si se cumplen determinadas normas)
  • biocombustibles (si se cumplen determinadas normas).

Exenciones impositivas

Deben otorgarse exenciones impositivas para los siguientes usos:

  • productos energéticos y electricidad utilizados para producir electricidad (pueden tributar por motivos medioambientales)
  • productos energéticos suministrados para su utilización como combustible en la navegación aérea, excepto en la navegación aérea de recreo privada
  • productos energéticos suministrados para su utilización como combustible en la navegación en aguas de la UE, excepto en embarcaciones privadas de recreo.

Productos del tabaco

Están sujetos a impuestos especiales los siguientes productos del tabaco:

  • cigarrillos
  • puros
  • puritos
  • tabaco para fumar (como la picadura fina para liar).

Lista completa de los tipos del impuesto especial aplicables en la UE a los productos del tabaco .

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Fuente: UE