Brucelosis bovina – adecuaciones para sostenimiento de mercados internacionales
El Senasa puso en consulta pública un proyecto que propone un modo alternativo para la implementación de su Resolución 67/2019.
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) puso en consulta pública un proyecto de norma que propone una modalidad alternativa para la implementación de su Resolución 67/2019, mediante la cual se estableció una nueva estrategia nacional para el control y la erradicación de la brucelosis bovina.
Según dicha Resolución, todos los establecimientos del país con actividad reproductiva de bovinos y bubalinos (tambos, cabañas, centros de genética, cría, ciclo completo) debían realizar un diagnóstico serológico de la totalidad de los animales susceptibles, por medio de un veterinario acreditado, para determinar el estatus sanitario de sus rodeos respecto a esta enfermedad.
Dados los compromisos sanitarios asumidos con los mercados de exportación, especialmente China como principal comprador de carnes bovinas de Argentina, este proyecto incluye una alternativa que facilita el relevamiento de información sanitaria de todos los rodeos bovinos y bubalinos del país y el inicio de las tareas de saneamiento correspondientes en el menor tiempo posible. Asimismo, constituye una condición ineludible para mantener los compromisos mencionados, sostener el objetivo de lograr una reducción de la prevalencia de esta enfermedad y disminuir su impacto en la producción, el comercio y la salud pública.
En este sentido, es importante aclarar que el control de la brucelosis bovina sigue siendo obligatorio para los establecimientos de cría y ciclo completo, lo que se seguirá haciendo a través de una Determinación Obligatoria de Estatus Sanitario (DOES).
Cuando esta DOES se haga realizando el diagnóstico de brucelosis a la totalidad de las categorías susceptibles (DOES total), el establecimiento ganadero se certificará como “establecimiento libre” y podrá mover hacienda sin serología previa. Esta modalidad seguirá siendo obligatoria para los tambos, cabañas y establecimientos proveedores de material reproductivo, manteniendo lo establecido por la vigente Resolución 67/2019.
Cuando esta DOES se haga realizando el diagnóstico de brucelosis sobre una muestra representativa de las vacas y de la totalidad de los toros del predio (DOES por muestreo), el establecimiento ganadero será un “establecimiento negativo” y mantendrá esta condición realizando serología previa a los movimientos de egreso de animales susceptibles de su establecimiento.
Los establecimientos de cría y ciclo completo podrán realizar la DOES total (y ser certificados libres) o la DOES parcial (establecimientos negativos). Los establecimientos que no hayan realizado DOES en los tiempos estipulados por el proyecto (julio y noviembre 2021 respectivamente), quedarán exceptuados de la provisión para el mercado chino.
Se ha extendido el período de consulta pública sobre la nueva norma hasta el próximo 15 de enero de 2021 a las 17 horas inclusive. Pueden enviarse contribuciones sobre este proyecto al correo electrónico consultapublica406@senasa.gob.ar, que deben estar fundadas en razones técnicas, ser claras, pertinentes y en la medida de lo posible, breves.