CDA – Informó que se abrogó las disposiciones que establecen Valores Referenciales – Res. 5587/24 (B.O. 22/10/24)

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio a conocer la Resolución General N° 5587/2024 por medio de la cual abroga a partir 23/10/2024 toda norma que establezca valores referenciales de exportación de carácter precautorio.

De acuerdo a los considerandos de la norma, atento la inestabilidad de las cotizaciones internacionales y la necesidad de impulsar modificaciones que favorezcan la fluidez del comercio exterior, se advierte que el procedimiento vigente para las altas, bajas y modificaciones de los valores referenciales no se adecua a la dinámica de la variación de los precios del mercado de exportación.

En base al argumento descripto precedentemente y conforme la experiencia recogida por la Dirección General de Aduanas (DGA), la AFIP decidió abrogar la Resolución General N° 4710/2020, así como toda otra norma que establezca valores referenciales de exportación de carácter precautorio.

Sumado a ello, el organismo resolvió eliminar el Canal Rojo Valor, por lo que, las destinaciones definitivas de exportación para consumo de las mercaderías involucradas deberán cursar por los canales de selectividad correspondientes, conforme el procedimiento establecido en la Resolución General N° 1921/2005.

No obstante, las mencionadas destinaciones podrán ser seleccionadas, para ser sometidas a un control de valor ex-post, en base al procedimiento establecido por la Resolución General N° 5002/2021.

Cabe destacar que, las medidas adoptadas comenzarán a regir a partir del 23/10/2024.