Declaración conjunta de la OMA y la OMI sobre la integridad de la cadena de suministro mundial durante la pandemia de COVID-19
A fines de 2019, se informó el primer brote de lo que ahora se conoce mundialmente como la enfermedad de Coronavirus 2019 (COVID-19). El 11 de marzo de 2020, el Director General de la Organización Mundial de la Salud (OMS) clasificó el brote de COVID-19 como una pandemia.
La difusión del COVID-19 ha colocado al mundo entero en una situación sin precedentes. Para frenar la propagación de la enfermedad y mitigar sus impactos, se reducen los viajes y se cierran las fronteras. Los centros de transporte están siendo afectados. Se están cerrando puertos y se ha denegado la entrada a los barcos.
Al mismo tiempo, la demanda y el movimiento de bienes de socorro (como suministros, medicamentos y equipo médico) a través de las fronteras está aumentando dramáticamente. Como señaló la OMS, las restricciones pueden interrumpir la ayuda y el apoyo técnico necesarios, así como a las empresas, y pueden tener efectos sociales y económicos negativos para los países interesados. Es fundamental que las administraciones aduaneras y las Autoridades del Estado del Puerto continúen facilitando el movimiento transfronterizo no solo de bienes de socorro, sino también de bienes en general, para ayudar a minimizar el impacto general de la pandemia de COVID-19 en las economías y sociedades.
Por lo tanto, se insta encarecidamente a las administraciones de aduanas y a las autoridades del Estado del puerto a que establezcan un enfoque coordinado y proactivo, junto con todos los organismos interesados, para garantizar la integridad y la facilitación continua de la cadena de suministro mundial para que el flujo de mercancías por mar no se vea interrumpido innecesariamente.
La Organización Marítima Internacional (OMI) ha publicado la siguiente serie de Cartas circulares que abordan cuestiones globales relevantes para la gente de mar y la industria del transporte marítimo en el contexto del brote de COVID-19 [1] :
· Carta Circular No 4204 del 31 de enero de 2020, que proporciona información y orientación sobre las precauciones que deben tomarse para minimizar los riesgos para la gente de mar, los pasajeros y otras personas a bordo de los buques del nuevo coronavirus (COVID-19);
· Carta Circular No 4204 / Add.1 de 19 de febrero de 2020, COVID-19 – Implementación y aplicación de los instrumentos pertinentes de la OMI;
· Carta Circular No 4204 / Add.2 de 21 de febrero de 2020, Declaración conjunta OMI-OMS sobre la respuesta al brote de COVID-19;
· Carta Circular No 4204 / Add.3 de 2 de marzo de 2020, Consideraciones operativas para la gestión de casos / brotes de COVID-19 a bordo de buques preparados por la OMS;
· Carta Circular No 4204 / Add.4 de 5 de marzo de 2020, ICS Coronavirus (COVID-19) Orientación para los operadores de buques para la protección de la salud de la gente de mar;
· Carta circular No 4204 / Add.5 / Rev.1 de 2 de abril de 2020, Coronavirus (COVID-19) – Orientaciones relativas a la certificación de la gente de mar y el personal de los buques pesqueros;
· Carta circular No 4204 / Add.6 de 27 de marzo de 2020, Coronavirus (COVID-19) – Lista preliminar de recomendaciones para gobiernos y autoridades nacionales relevantes sobre la facilitación del comercio marítimo durante la pandemia de COVID-19; y
· Carta Circular No 4204 / Add.7 de 3 de abril de 2020, Coronavirus (COVID-19) – Orientaciones sobre retrasos imprevistos en la entrega de buques.
La Organización Mundial de Aduanas (OMA) creó una sección dedicada en su sitio web e incluyó los siguientes instrumentos y herramientas existentes y recientemente desarrollados relevantes para la integridad y la facilitación de la cadena de suministro en el contexto de la pandemia de COVID-19 [2] :
· Resolución del Consejo de Cooperación Aduanera sobre el papel de la Aduana en el socorro en casos de desastres naturales;
· Directrices para el Capítulo 5 del Anexo específico J del Convenio internacional sobre la simplificación y armonización de los procedimientos aduaneros, en su forma enmendada (Convenio de Kyoto revisado);
· Anexo B.9 del Convenio de Admisión Temporal (Convenio de Estambul);
· Manual de la Convención de Estambul;
· Referencia de clasificación del sistema armonizado (HS) para suministros médicos COVID-19;
· Lista de la legislación nacional de los países que han adoptado restricciones temporales a la exportación de ciertas categorías de suministros médicos críticos en respuesta a COVID-19; y
· Lista de las prácticas de los miembros de la OMA en la respuesta a la pandemia de COVID-19.
La comunicación, coordinación y cooperación a nivel nacional y local, entre barcos, instalaciones portuarias, administraciones de aduanas y otras autoridades competentes son de suma importancia para garantizar el flujo seguro y fácil de suministros y equipos médicos vitales, productos agrícolas críticos y otros bienes. y servicios transfronterizos y trabajar para resolver las interrupciones en las cadenas de suministro mundiales, para apoyar la salud y el bienestar de todas las personas.
[1] http://www.imo.org/en/MediaCentre/HotTopics/Pages/Coronavirus.aspx [2] http://www.wcoomd.org/en/topics/facilitation/activities-and-programmes/natural-disaster/coronavirus.aspx