Herramientas para la implementación del impuesto Mínimo Global – Dr. Alfredo Collosa

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En el presente artículo analizo  el documento “Herramientas para la implementación del Impuesto Mínimo Global”, publicación del Foro de la OCDE sobre Administración Tributaria aprobada el 22 de abril de 2026[1].

El mismo propone a las administraciones tributarias una hoja de ruta, organizada en cinco módulos, para incorporar las Reglas GloBE y construir un marco nacional de cumplimiento coherente y eficiente.

Se describen su origen, su carácter no vinculante y su contenido, y se sostiene que su aportación principal es trasladar el debate del diseño de las reglas a su administración efectiva.

  1. INTRODUCCIÓN

El Impuesto Mínimo Global (IMG), acordado en 2021 por el Marco Inclusivo sobre BEPS, es un conjunto coordinado de reglas —las Reglas GloBE, con sus Comentarios y Orientaciones Administrativas— concebidas para que las grandes empresas multinacionales tributen a un nivel mínimo en cada jurisdicción en la que operan.

Si la imposición es inferior, el impuesto complementario lo recauda la jurisdicción de baja tributación mediante un QDMTT o, en su defecto, otra jurisdicción mediante una Regla de Inclusión de Rentas (RIR) o una Regla de Rentas Insuficientemente Gravadas (RRIG).

Más de sesenta jurisdicciones ya han implementado estas reglas, por lo que la pregunta relevante pasa a ser cómo deben organizarse las administraciones tributarias para aplicarlas de forma coherente.

  1. ORIGEN Y NATURALEZA DE LA PUBLICACIÓN

La publicación nace del Diálogo de Ámsterdam, un diálogo estructurado impulsado por el Foro sobre Administración Tributaria tras una reunión celebrada en octubre de 2024 con cerca de setenta administraciones tributarias y representantes del sector empresarial y académico.

Se centra en el cumplimiento en las fases iniciales y pretende ayudar a las jurisdicciones a establecer un marco nacional de cumplimiento sólido y eficiente, incluidos los sistemas informáticos y los aspectos organizativos.

Tiene tres rasgos relevantes. Primero, no interpreta ni modifica las Reglas GloBE ni los estándares acordados, y sus buenas prácticas no pretenden establecer estándares.

Segundo, se dirige sobre todo a responsables de política tributaria y funcionarios de las administraciones.

Tercero, podrá actualizarse con la experiencia y no abarca aún los trabajos sobre evaluación de riesgos ni sobre resolución de controversias.

El propio texto reconoce que, al basarse en jurisdicciones pioneras, sus prácticas pueden no ser plenamente trasladables a otras, en particular a los países en desarrollo.

  1. ESTRUCTURA: CINCO MÓDULOS

La hoja de ruta se divide en una fase previa a la implementación (Módulos 1 y 2) y una fase de implementación (Módulos 3 a 5).

Los módulos son independientes pero complementarios, y cada administración puede usar solo los que le resulten útiles.

– Módulo 1: identificación de los grupos sujetos y estimación de la recaudación.

Conocer aproximadamente cuántos grupos estarán sujetos permite dimensionar la infraestructura, comunicarse con ellos y estimar la recaudación potencial.

Los informes país por país son la fuente más adecuada al inicio, ya que comparten con el IMG el umbral de 750 millones de euros.

Si no están disponibles, se proponen bases de datos comerciales, datos agregados de la OCDE, información de la propia administración o registros previos, con cautela ante posibles duplicidades.

– Módulo 2: implementación normativa.

El enfoque común no exige normas idénticas, sino resultados equivalentes.

El módulo distingue tres técnicas legislativas, que las jurisdicciones a menudo combinan: la incorporación por remisión a las Reglas GloBE (estática o dinámica), por reproducción de su contenido y por reformulación en términos más familiares para el ordenamiento nacional.

-Módulo 3: organización y planificación.

Propone un plan de implementación con objetivos, prioridades, responsables, calendario, recursos, riesgos y seguimiento.

Identifica cuatro desafíos principales: desarrollar los sistemas informáticos, garantizar una aplicación coherente, reforzar las capacidades y colaborar con los actores pertinentes.

-Módulo 4: procedimientos de cumplimiento.

Describe cuatro etapas habituales: la declaración informativa GloBE (GIR) y su notificación, la declaración del IMG, el pago y el régimen sancionador.

Recomienda un procedimiento íntegramente digital con portal único y, como buenas prácticas, evitar información duplicada, alinear plazos, admitir un declarante y un pagador únicos y prever períodos de gracia y regímenes transitorios en materia de sanciones.

-Módulo 5: intercambio de información.

Se centra en la presentación centralizada de la GIR y su intercambio automático entre autoridades competentes.

Recomienda activar las relaciones de intercambio con suficiente antelación, al menos tres meses antes del plazo de presentación, incorporar desde el primer año las reglas de validación y establecer un procedimiento claro de corrección, con transmisión de la información corregida, si es factible, en 90 días.

  1. VALORACIÓN Y CONCLUSIONES

La publicación aporta una secuencia ordenada para construir la capacidad administrativa que exige el IMG y permite a las jurisdicciones que legislan después apoyarse en soluciones ya contrastadas.

Sus límites son los que ella misma reconoce, es una guía sin vocación de estándar, su base empírica proviene de jurisdicciones pioneras y deja fuera, por ahora, la evaluación de riesgos y la resolución de controversias .

En suma, el documento marca el tránsito del Pilar Dos desde la definición de las reglas hacia su administración efectiva.

Su utilidad dependerá de su adopción práctica y de las actualizaciones previstas.

Quedan como líneas de investigación el análisis comparado de los procedimientos nacionales de cumplimiento y la adaptación de estas prácticas a países en desarrollo.

Dr. Alfredo Collosa  

[1]OCDE (2026). Herramientas para la implementación del Impuesto Mínimo Global. Foro de la OCDE sobre Administración Tributaria. París: OECD Publishing. https://doi.org/10.1787/e9508c6c-es