
El viernes el Senado Nacional aprobó la reforma laboral. Mientras estuvo bajo tratamiento parlamentario en ambas cámaras, ya habíamos alertado sobre las no pocas polémicas medidas que incluía el proyecto de ley elevado por el Poder Ejecutivo Nacional. Hoy se ha cruzado el Rubicón. Estamos ante una fait accompli (hecho consumado). Como dijo Julio César hace más de dos mil años: Alea iacta est (la suerte está echada). Ya no tiene demasiado sentido discutir lo que podría haber sido lo que ya es ley. Un texto controversial que se aprobó sin mayores modificaciones – por lo menos sustanciales – que el del proyecto original. La discusión parlamentaria fue más ideológica que conceptual y ni qué hablar técnica. En la democracia las mayorías mandan y el oficialismo impuso su criterio. Y tal vez está bien que así sea. El Gobierno nacional quería contar con otra herramienta que a su juicio le permitirá generar empleo y mejores condiciones de contratación laboral como asimismo reducir la informalidad. Ahora bien, la pregunta que se impone es, a qué costo? Es apresurado avizorar si la nueva ley producirá los efectos esperados. Se verá más adelante. La Ley de Bases y Puntos de Partida del año 2024 que derogó las multas a favor del trabajador por irregularidades regístrales, que incrementaban considerablemente lo que el mundo empresario llama costo laboral, no trajo aparejada una baja de la tasa de desempleo. La reforma es amplia, se compone de veintiséis títulos y doscientos dieciocho artículos y abarca temas que ni siquiera son de naturaleza laboral. Son tantos los cambios por lo que su tratamiento excedería con creces el espacio para esta nota de opinión. Para los autores, en lo que es derecho individual del trabajo tiene un sesgo claramente anti trabajador. Va a generar un alud de planteos de inconstitucionalidad e inconvencionalidad que sumado a la paulatina disolución de la justicia nacional del trabajo – otra de las medidas adoptadas – congestionará los tribunales y no ayudará a lograr la imprescindible seguridad jurídica que el país necesita. Esta reforma es mejor que nada? Albert Einstein dijo que “locura es hacer lo mismo una y otra vez y esperar resultados diferentes”. Entonces, tal vez lo sea, pero la legislación laboral no es la panacea ni condición suficiente para generar trabajo. Una ley laboral por sí sola no va a solucionar la crisis del mercado de empleo. Se requiere otro tipo de medidas. Seguridad jurídica, previsibilidad, inversión, baja de impuestos. Algunas reformas que contiene esta ley tal vez operen como estímulo a la contratación. Que si no es la creación del fondo de asistencia laboral (FAL) para que el empleador no pague de su peculio la indemnización por despido ya que se financia con una contribución patronal detraida del aporte que tenía que hacer al sistema previsional. Su contrapartida es la vulneración del principio protectorio contenido en el art 14 bis de la Constitución Nacional. Por qué sostenemos esto? Porque es la negación de la protección contra el despido arbitrario y de las condiciones dignas de trabajo. Sin el efecto disuasivo que genera la obligación de indemnizar el trabajador pierde el mínimo poder de negociación que tiene en el marco de una relación que no es paritaria y también la posibilidad de reclamar. Que si no otra cosa es la posibilidad de pagar una sentencia condenatoria pasada en autoridad de cosa juzgada en doce cuotas sin ningún tipo de ajuste. Que si no es una tasa de interés del 3% anual. Una vez más se perdió la oportunidad de hacer la profunda e imprescindible reforma laboral que la República Argentina necesita y merece para aggiornar la legislación a los nuevos tiempos que corren signados por la robótica y la inteligencia artificial. El tiempo dirá si esta reforma coadyuvará a cumplir los objetivos declamados pero está claro que quien salió perdiendo es el trabajador.
Dres. Alberto Indij y Javier Indij





