Novedades Cambiarias – Actualización del texto ordenado Comunicación “A” 7272 B.C.R.A. – Dres. Verónica Sonia Iesu y Fernando P. Schettini

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El pasado 27 de abril, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) emitió la Comunicación “A” 7272 mediante la cual dispone la actualización del texto ordenado de las normas que emanan de la Comunicaciones de “exterior y cambios”, con el fin de incorporar  las disposiciones difundidas por las Comunicaciones “A” 6948, 6972, 6993, 7001, 7003, 7006, 7021, 7030, 7042, 7052, 7068, 7079, 7082, 7094, 7106, 7123, 7126, 7133, 7138, 7142, 7151, 7168, 7193, 7196, 7200, 7201, 7217, 7218, 7229, 7230, 7239, 7253 y 7259 y las Comunicaciones «B» 12020 y 12083.

Es importante destacar que la Com. A 7272 no es una simple recopilación de normas ya publicadas. Es por ello que, en la carátula de la norma, el BCRA destaca que se incorporaron algunas interpretaciones normativas y adecuaciones formales. La tarea, por lo tanto, es detectar esos cambios y evaluar en qué medida afectan la operatoria de cada empresa.

En otras palabras, el objetivo de la Comunicación A 7272 es organizar en un único texto legal las disposiciones normativas emitidas por el BCRA en sus distintas comunicaciones, por lo que no tiene por finalidad crear una nueva norma sino ordenar las preexistentes.

Para comprender mejor el alcance e impacto de dichas disposiciones, hemos consultado al experto en la materia, el Dr. Fernando Schettini quien, al respecto, compartió con nosotros algunas reflexiones las cuales compartimos a continuación.

Tales normas que se incorporan al ordenamiento fueron emitidas desde marzo del año 2020 y estuvieron relacionadas con las regulaciones emitidas con motivo de la emergencia sanitaria, los controles a la salida de capitales y los pagos al exterior de endeudamientos comerciales y financieros.

Gran parte de las medidas introducidas en el segundo trimestre del 2020, luego fueron flexibilizándose, con motivo de los problemas en el comercio exterior, básicamente vinculadas con el pago de importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero (establecimiento del “cupo” del punto 2 de la Comunicación “A” 7030), el pago de anticipos de importación de bienes, y las excepciones relacionadas con la importación de mercaderías para fines sanitarios, y las sucesivas prórrogas de las disposiciones.

Durante el primer trimestre del año 2021 se incorporaron normas que aumentaron los controles a las operaciones de cambio, estableciendo un registro de operaciones cambiarias de exportaciones e importaciones.

Adicionalmente, mediante la Comunicación “B” 12082, se dispuso que previo a cursar pagos de importaciones de bienes, las entidades intervinientes deben constatar que la declaración jurada presentada por el cliente, resulte compatible con los datos existentes en el sistema online establecido por el BCRA.

En este sentido, el BCRA aclaró que previo a cursar operaciones de egreso de fondos al exterior, las entidades deberán consultar el C.U.I.T. del cliente en el sistema online y, en el caso que se encontrare incluido en el listado de C.U.I.T.s con operaciones inconsistentes, deberán reforzar las medidas de control para determinar la razonabilidad y genuinidad de las operaciones.

Por último, se incorporaron normas relativas al tratamiento especial en el ingreso de divisas para proyectos que califiquen en el Régimen de fomento a las exportaciones (Decreto 234/21).

Dr. Fernando P. Schettini – Socio

S&A – Auditores y Consultores

E-mail: fschettini@sya-argentina.com

 

Dra. Verónica Sonia Iesu

Abogada especialista en Comercio Exterior

E-mail: veronica@avvocatoargentinaitalia.com