Uruguay adecuará controles de yerba mate a exigencias del Mercosur
El presente decreto expresa la consideración de que Uruguay realiza un esfuerzo sistemático tendiente a reducir los niveles de presencia de plomo y otros metales pesados en alimentos.
Por lo tanto, evidencia la necesidad de someter a control de contaminantes tanto a la yerba mate que se importa fraccionada y envasada, como a la que se importa a granel, puesto que esta modalidad no se encuentra sujeta a los controles que se efectúan sobre los alimentos envasados.
En ese marco se establece un período de adaptación y adecuación de la yerba mate a los niveles previstos en el reglamento técnico, para lo cual se solicitará a las empresas importadoras que presenten un plan de adecuación a la normativa.
A esos efectos se estima conveniente conformar un comité técnico que tendrá el cometido de fijar pautas y plazos para la presentación de planes de adecuación a los límites referidos, evaluar los planes de adecuación y elaborar un informe el Poder Ejecutivo en un plazo de 60 días.
Dicho informe determinará ciertas recomendaciones respecto a controles de los productos para garantizar condiciones de inocuidad que minimicen los efectos sobre la oferta de yerba mate. El comité será responsable del monitoreo permanente de los planes de adecuación hasta el cese definitivo del período transitorio.
El texto legal indica que dicho comité se integrará por un representante del Ministerio de Salud Pública, uno del Ministerio de Industria, Energía y Minería, uno de Relaciones Exteriores y otro del Ministerio de Economía y Finanzas.