Uruguay: Control de inscripción de empresas importadoras de productos envasados
Las empresas importadoras de productos envasados deben cumplir con el requisito de inscribirse en el registro reglamentario de la Ley N.º 17849 a la hora de importar algunos de los artículos incluidos en el capítulo 95 de la Sección XX de la Nomenclatura Común del MERCOSUR, estructurada a 10 dígitos.
Este acto se inscribe en el marco del programa de aplicación del Decreto 260/007, ejecutado por la DINAMA.
El Decreto 260/007 establece que toda empresa importadora o propietaria de marca que comercia con productos envasados, cualquiera sea el tipo y material, a excepción de envases exclusivamente utilizados para usos industriales, comerciales o agropecuarias, se deben anotar en el registro de la DINAMA y adherir a un plan de gestión de residuos de envases.
Las empresas interesadas deberán realizar las gestiones correspondientes ante la DINAMA a los efectos de ser incluidos en el registro que las habilita para la importación, en los casos que corresponda.