Difunden el calendario de restricción a la circulación de camiones

0
64
La Agencia Nacional de Seguridad Vial estableció el calendario de restricción a la circulación de camiones en las rutas nacionales, que abarca los feriados nacionales y fines de semana largo de lo que resta de este año y también del año próximo. la Disposición se publicó hoy en el Boletín Oficial.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial, por Disposición 232/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial, estableció el calendario en que los no podrán circular los camiones en las rutas nacionales, que incluyen los feriados y fines de semana largo de lo que resta del año y del año próximo.

Abarca a los vehículos de categorías N2, N3, O, O3 y O4 y explica que con esta medida se busca prevenir y evitar que se presente un mayor grado de riesgo en la circulación,  que permita garantizar una mayor seguridad en el tránsito sobre rutas nacionales.

Se fija una excepción a determinados vehículos que transportan bienes que por la sensibilidad del bien y/o producto resulta necesario impedir que se interrumpa el ciclo normal y productivo, o son utilizados para actividades consideradas esenciales y vitales para la sociedad.

Se exceptúan de la restricción  los vehículos que a continuación se detallan: a) de transporte de leche cruda, sus productos derivados y envases asociados. b) de transporte de animales vivos; c) de transporte de productos frutihortícolas en tránsito; d) de transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisuales; e) de atención de emergencias; f) de asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado y en regreso en vacío; g) cisterna de traslado de combustibles, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo. h) de transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencia sanitaria domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos; i) de transporte de medicinas; j) de transporte a disposición final de residuos sólidos urbanos.

Se invita a las jurisdicciones provinciales, municipales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a colaborar con la difusión, a ejecutar la medida y a dictar medidas análogas en el ámbito de sus jurisdicciones de considerarlo pertinente. También se instruye a la Dirección de Capacitación y Campañas Viales a adoptar las medidas necesarias para difundir la Disposición.

La disposición lleva la firma del titular de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, Felipe Rodríguez Laguens.

 

Fuente:  Secretaría de Transporte