Mediante Ley 27.766 el Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionaron con fuerza de Ley:
«Artículo 1º- Apruébase el Acuerdo sobre Facilitación del Comercio del Mercosur, suscripto en la ciudad de Bento Gonçalves -República Federativa del Brasil- el día 5 de diciembre de 2019, que consta de veintiún (21) artículos, y que como anexo en idioma español forma parte de la presente ley.
Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL PRIMERO DE OCTUBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO.
REGISTRADO BAJO EL N° 27766
VICTORIA VILLARRUEL – MARTIN ALEXIS MENEM – Agustín Wenceslao Giustinian – Adrián Francisco Pagán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 21/10/2024 N° 74398/24 v. 21/10/2024»
ACUERDO SOBRE FACILITACIÓN DEL COMERCIO DEL MERCOSUR