
Nuevas e importantes actualizaciones impositivas, en particular el Decreto N° 353/2025 y diversas Disposiciones Generales difundidas por la Autoridad de Fiscalización y Supervisión Aduanera (ARCA). Estas medidas, publicadas en el Boletín Oficial el 23 de mayo de 2025 y en vigencia desde esa misma jornada, introducen modificaciones relevantes en los esquemas de reporte tributario con el propósito de agilizar gestiones y fomentar la formalidad económica.
El Decreto N° 353/2025 ordena a ARCA implementar acciones para optimizar y desregular los mecanismos de información impositiva, en sintonía con una estrategia de dinamización económica. Los aspectos destacados de esta disposición son:
- Agilización de procesos: Favorece la colocación de capitales y la compra de activos bajo los lineamientos que determine el Ente Monetario Nacional (BCRA).
- Plataforma de Finanzas Interconectadas: Establece un modelo que posibilita a individuos y entidades compartir datos con instituciones financieras habilitadas por el BCRA, con autorización explícita, para mejorar el acceso al financiamiento y la integración bancaria.
- Esquema simplificado del Impuesto a las Ganancias: Introduce de forma paulatina y opcional un sistema abreviado para la presentación del tributo sobre las rentas de personas físicas y sucesiones indivisas residentes que perciban únicamente ingresos nacionales.
- Resguardo del sigilo fiscal: Fortalece la confidencialidad tributaria, permitiendo la divulgación de información únicamente conforme a las directrices del BCRA y ARCA, y siempre con autorización del titular.
- Revisión de los lineamientos de la UIF: Procura ajustar el marco regulatorio de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) a estas nuevas directrices, especialmente en la detección de lavado de capitales y financiamiento del extremismo.
En alineación con el Decreto 353, ARCA emitió las siguientes Disposiciones Generales, todas publicadas y en efecto desde el 23 de mayo de 2025:
- Disposición General N° 5696/2025 (DG 5696): Ordena a los sujetos alcanzados por el artículo 20 de la Ley N° 25.246 (y sus ajustes) a no solicitar a sus clientes las declaraciones juradas de tributos nacionales presentadas ante ARCA, en resguardo del sigilo fiscal (artículo 101 de la Ley N° 11.683). Asimismo, se revoca la Disposición General N° 5.125.
- Disposición General N° 5697/2025 (DG 5697): Elimina el sistema del Código de Oferta de Cesión de Inmuebles (COTI), establecido por la Disposición General N° 2.371 y sus normas complementarias.
- Disposición General N° 5698/2025 (DG 5698): Suprime diversos esquemas de información considerados desactualizados o innecesarios, entre ellos:
- DG N° 2.032 (transacciones de automotores usados).
- DG N° 3.034 (registro notarial – CITI escribanos).
- DG N° 3.349 (consumos de servicios esenciales).
- DG N° 3.369 (gastos comunes y contribuciones similares en urbanizaciones cerradas y consorcios).
- Disposición General N° 5699/2025 (DG 5699): Reformula los umbrales mínimos a partir de los cuales bancos, operadores de pago electrónico (PSP) y plataformas digitales deben reportar movimientos financieros y saldos acumulados. También modifica las Disposiciones Generales N° 3.421, N° 4.298 y N° 4.614, e incorpora mecanismos de ajuste bianual según el Índice de Variación de Precios (IPC).
Estas modificaciones suponen transformaciones relevantes en múltiples ámbitos fiscales y de divulgación de datos. Le sugiero examinar en detalle estas resoluciones para analizar su repercusión en su caso personal o en el de su organización. No dude en contactarnos si requiere alguna aclaración o asistencia especializada respecto a estas nuevas disposiciones.
Dr. Andrés Willa