El holding empresarial y su tratamiento tributario en Ecuador – Dr. Rafael Rodríguez Sáenz

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Un holding empresarial en Ecuador es una compañía cuya actividad principal es poseer y administrar acciones de otras empresas subsidiarias para centralizar la gestión, optimizar la eficiencia y obtener beneficios fiscales. Este modelo permite, entre otras cosas, la consolidación de balances, la compensación de pérdidas y ganancias, y la reducción de la doble imposición de impuestos.

El Diccionario de la Lengua Española, describe esta voz inglesa como una “sociedad financiera que posee o controla la mayoría de las acciones de un grupo de empresas”. Es decir, el holding empresarial es una agrupación de empresas en la que una de ellas controla el negocio. Por tanto, en un holding existe una sociedad que se denomina “matriz” y una serie de sociedades que dependen de la matriz que se conocen como “filiales”.

Por lo general, para que exista un holding, entre la sociedad matriz y sus filiales deben darse una serie de circunstancias, las cuales, si bien dependen de las legislaciones de cada país, suelen ser las siguientes:

  • La sociedad matriz tiene la mayoría de los derechos de voto.
  • La matriz puede nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del Órgano de Administración.

En definitiva, la sociedad matriz debe tener el control efectivo sobre el resto de sociedades del grupo.

La sociedad holding es un conjunto de entidades económicas en la cual se suscita a una empresa dominante y una o más denominadas subordinadas a ella. El origen de la definición viene del inglés to hold la cual según la enciclopedia de Oxford define como poseer. De tal manera, la entidad fundamental tiene completo control de las subordinadas, las cuales poseen personalidad jurídica propia pero no toma de decisiones. Es una sociedad que posee participaciones en otras empresas con el objetivo de controlarlas y dirigirlas. La sociedad tenedora de acciones es el principal accionista de las empresas cuales participa y por lo general tiene más del 50% de su poder.

Las empresas HOLDING nacen a consecuencia de la Ley para Asociaciones Generales en Nueva Jersey, en 1889, que permitió a las sociedades constituirse con el propósito de poseer acciones de otras compañías. En el ámbito internacional las empresas HOLDING tienen historia, como la GENERAL MOTORS, cuyo crecimiento y diversificación ha abarcado varias actividades, en sus inicios fabricando tornillos, posteriormente con la producción y ventas de automóviles, hasta llegar a la manufactura de submarinos.

La ley de Compañías vigente, en el Ecuador, en su artículo 429 dispone: “…Compañía Holding o Tenedora de Acciones, es la que tiene por objeto la compra de acciones o participaciones de otras compañías, con la finalidad de vincularlas y ejercer su control a través de vínculos de propiedad accionaria, gestión, administración, responsabilidad crediticia o resultados y conformar así un grupo empresarial. Las compañías así vinculadas elaborarán y mantendrán estados financieros individuales por cada compañía, para fines de control y distribución de utilidades de los trabajadores y para el pago de los correspondientes impuestos fiscales. Para cualquier otro propósito podrán mantener estados financieros o de resultados consolidados evitando, en todo caso, duplicidad de trámites o procesos administrativos. La decisión de integrarse en un grupo empresarial deberá ser adoptada por la Junta General de cada una de las compañías integrantes del mismo. En caso de que el grupo empresarial estuviere conformado por compañías sujetas al control de la Superintendencias de Bancos y Compañías, las normas que regulen la consolidación de sus estados financieros serán expedidas y aplicadas por ambos organismos…”

Por lo que se puede manifestar que un holding empresarial es una sociedad matriz que posee y controla las acciones de otras empresas, conocidas como filiales o participadas. Utilizando la figura de un árbol como símil, el holding sería el tronco principal, fuerte y robusto, y las filiales serían las ramas que se extienden desde él. Cada rama (filial) puede tener sus propias hojas (productos o servicios), pero todas dependen del tronco para su sustento y dirección.

Entre sus características, destacan su estructura jerárquica, la titularidad de acciones, la centralización de la gestión, y la diversidad de actividades:

  • El holding se encuentra en la cima de la estructura, controlando y coordinando las actividades de las filiales.
  • El holding posee una participación significativa en el capital social de las filiales, lo que le otorga el poder de decisión sobre su gestión.
  • Muchas de las decisiones estratégicas y administrativas se toman a nivel del holding, lo que permite una mayor coordinación y eficiencia.
  • Además, las filiales de un holding pueden operar en sectores muy diferentes, lo que permite diversificar los riesgos y aprovechar nuevas oportunidades de negocio.

Tipos de holding que existen:

Según su actividad principal, los tipos de holding podrían clasificarse como puros o mixtos.

  • Holding puro: Su única actividad es la tenencia de participaciones en otras sociedades. No realiza ninguna otra actividad empresarial.
  • Holding mixto: Además de tener participaciones en otras empresas, realiza actividades propias, como la prestación de servicios centrales a las filiales (contabilidad, recursos humanos, etc.).

 Según su estructura, estos tipos pueden ser unipersonales o múltiples.

  • Holding unipersonal: Tiene una única sociedad matriz que controla a todas las filiales.
  • Holding múltiple: Existen varias sociedades holding en diferentes niveles, creando una estructura más compleja.

Según su nacionalidad, pueden ser nacionales o internacionales.

  • Holding nacional: La sociedad matriz y las filiales están ubicadas en el mismo país.
  • Holding internacional: La sociedad matriz y las filiales están ubicadas en diferentes países.

Según su sector de actividad, se dividen en industriales, financieros, o diversificados.

  • Holding industrial: Agrupa empresas de un mismo sector industrial (automotriz, farmacéutico, etc.).
  • Holding financiero: Invierte principalmente en empresas del sector financiero (bancos, aseguradoras, etc.).
  • Holding diversificado: Invierte en empresas de diversos sectores, buscando diversificar los riesgos.

Según su objetivo, también pueden clasificarse como familiares, financieros, o estratégicos.

  • Holding familiar: Es creado por una familia para controlar un grupo de empresas y transmitir el patrimonio a las siguientes generaciones.
  • Holding financiero: Se enfoca en la inversión financiera, buscando maximizar la rentabilidad de la cartera.
  • Holding estratégico: Se crea para alcanzar objetivos estratégicos específicos, como la expansión a nuevos mercados o la integración vertical.

Cabe mencionar otras clasificaciones de los holding, como pueden ser los cotizados o los cerrados.

  • Holding cotizado: Sus acciones cotizan en bolsa, lo que le permite obtener financiación a través del mercado de capitales.
  • Holding cerrado: Sus acciones no cotizan en bolsa y están en manos de un grupo cerrado de accionistas.

 Ventajas Fiscales

  • Optimización de la carga tributaria: Al estructurar adecuadamente el holding, se pueden aprovechar las diferencias en las legislaciones fiscales de distintos países o regiones. Esto puede traducirse en una reducción de la carga tributaria total del grupo.
  • Deducción de gastos generales: Los gastos generales del holding, como los gastos de administración y dirección, pueden ser deducibles fiscalmente a nivel del grupo, lo que puede reducir la base imponible de las filiales.
  • Exención de impuestos sobre dividendos: En muchos países, los dividendos distribuidos entre las sociedades de un grupo están exentos de impuestos, lo que permite una mayor eficiencia en la distribución de beneficios. Por ejemplo, en el caso de España, el reparto de dividendos tributa únicamente al 1,25 %, o lo que es lo mismo, está exento el 95 %, y sobre el resto se tributa al 25/23 %, siempre y cuando se posea más de un 5 % de la empresa participada y haya transcurrido más de un año.
  • Régimen de consolidación fiscal: Permite a un grupo de empresas tributar como una única entidad, lo que simplifica la gestión fiscal y puede generar beneficios en términos de compensación de bases imponibles.

Para concluir este artículo se indica que los principales beneficios tributarios en Ecuador de un HOLDING son:

Exención del Impuesto a la Renta sobre dividendos: Los dividendos que las filiales reparten a la holding están exentos del Impuesto a la Renta. Esto permite que las utilidades fluyan entre las empresas del grupo sin un nuevo pago de este impuesto, siempre y cuando la sociedad operativa haya pagado el impuesto correspondiente en su nivel.

Optimización de la carga tributaria del grupo: Una holding puede consolidar los resultados (beneficios y pérdidas) de todas sus subsidiarias, lo que puede resultar en una reducción de la carga fiscal global del grupo.

Eliminación de doble imposición: Se evita el impuesto sobre las utilidades que la filial genera y luego vuelve a ser gravado al ser distribuido al propietario. Con el holding, las utilidades se transfieren a la holding para ser utilizadas sin un nuevo pago de impuesto.

Eliminación de la patente municipal y el 1.5 por mil: Las compañías holding no están sujetas al pago del impuesto a la patente municipal ni al 1.5 por mil sobre sus activos totales, a diferencia de las empresas operativas.

Dr. Rafael Rodríguez Sáenz