Aprueban reglamento para la explotación minera

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La Secretaría de Minería aprobó el reglamento respecto de la contratación de fletes y de contar con su propio departamento de sustitución de importaciones, entre otros items, que se aplica a las empresas que se acogen a la ley 24196, que instituyó un régimen de atracción de inversiones.

La Secretaría de Minería, por Resolución 54/2012 publicada hoy en el Boletín Oficial, aprobó el reglamento relacionado con la Ley Nº 24.196  que instituyó un Régimen de atracción de Inversiones para la Actividad Minera, estableciendo lineamientos de promoción para la prospección, exploración, construcción y puesta en marcha de proyectos mineros, como asimismo la modernización de los activos productivos y la ampliación de los ya existentes en un período del país, en que la minería tenía escasa representatividad.

La Resolución, que lleva la firma del secretario de Minería, Jorge O. Mayoral, expresa que se reglamentan las Resoluciones Números 12 y 13 de fecha 14 y 17 de mayo de 2012 respectivamente. La Resolución Nº 12/12 estableció para todas aquellas empresas que gozan de los beneficios otorgados por la Ley Nº 24.196, la obligatoriedad de contratar fletes marítimos, fluviales, terrestres o aéreos para posibilitar operaciones de exportación de minerales o productos derivados desde la Argentina a empresas nacionales.

En tanto la Resolución Nº 13/12 estableció la obligatoriedad para todas las empresas titulares de proyectos mineros inscriptos en el Régimen instaurado por la Ley Nº 24.196, de contar con su propio departamento de sustitución de importaciones; respetar las normas vigentes de la Argentina en el diseño y acabado de los proyectos de ingeniería para la construcción total o parcial de los proyectos mineros y presentar con una anticipación de 120 días a la adquisición de productos, los cronogramas de demanda.

 

Fuente: Presidencia de la Nación