La importancia de los Registros de Beneficiarios Finales (OCDE / BID) – Dr. Alfredo Collosa

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Recientemente se publicó la segunda edición del “Manual Construyendo Marcos Eficaces de Beneficiarios Finales”. [1]  Se trata de un Manual Conjunto del Foro Global de la OCDE  y el BID los cuales desde 2019, han colaborado en la publicación de manuales para fomentar la comprensión de los beneficiarios finales de acuerdo con los estándares internacionales de transparencia.

Cabe destacar que en Argentina mediante la Ley N° 27739 de marzo de este año se creó el
Registro Público de Beneficiarios Finales, el cual tendrá a la AFIP como autoridad de aplicación.

Al respecto mediante la Resolución General 5529 la AFIP implementó el “Registro Público de Beneficiarios Finales”

Por ello consideramos conveniente sintetizar los principales aspectos del manual en el cual se presentan los diversos enfoques de política aplicados en distintas jurisdicciones para asegurar la disponibilidad de información sobre los beneficiarios finales en consonancia con los estándares.

Por lo tanto, el manual será muy útil para las jurisdicciones que necesiten establecer un marco de beneficiarios finales o modificarlo.

Cada jurisdicción tendrá que hacer su propia evaluación interna de los mejores enfoques para implementar y mejorar sus sistemas, teniendo en cuenta los marcos jurídicos, normativos y estructurales que ya existan.

  1. IMPORTANCIA DE LA INFORMACIÓN SOBRE BENEFICIARIOS FINALES

La transparencia de los beneficiarios finales ha adquirido relevancia en los últimos años porque desempeña un papel central en la transparencia fiscal, la integridad del sector financiero y la aplicación de las leyes.

El uso ilícito de entidades jurídicas (sociedades mercantiles, fundaciones, sociedades de personas, fideicomisos, etc.) facilita la evasión fiscal, la corrupción y el lavado de dinero.

Por medio de complejas cadenas de propiedad de personas y arreglos jurídicos en numerosas jurisdicciones se puede ocultar la identidad de los “verdaderos propietarios” de los activos, incluidos los financieros, así como la verdadera finalidad y el origen de los fondos o los activos.

Para reforzar el anonimato se pueden usar otros mecanismos, como acciones al portador, apoderados de accionistas o de miembros del órgano de administración, o entidades tales como fideicomisos, sociedades pantalla (shell companies) o sociedades inactivas y otros arreglos similares.

En última instancia, se oculta la identidad de los “verdaderos propietarios”, es decir, los beneficiarios finales, frente a las autoridades tributarias y otras autoridades competentes.

La disponibilidad de información sobre los beneficiarios finales de personas y arreglos jurídicas (entidades jurídicas) es un requisito fundamental de la transparencia fiscal y un instrumento decisivo para combatir la evasión fiscal y otros delitos financieros graves, como la corrupción, el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo.

Según la definición del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), los “beneficiarios finales” son las personas físicas que están detrás de una entidad —una persona o arreglo jurídico— y que la controlan.

La transparencia en relación con los beneficiarios finales es requerida de acuerdo con los estándares internacionales transparencia e intercambio de información con fines fiscales (estándares EOI):

  • El Estándar sobre Intercambio de Información Previa Petición (estándar EOIR).
  • Los Estándares sobre Intercambio Automático de Información (estándares AEOI) por ejemplo, el estándar de Intercambio Automático de Información sobre Cuentas Financieras bajo el Estándar Común de Reporte (CRS- AEOI) y el Marco de Reporte de Criptoactivos (CARF).

Desde el punto de vista tributario, conocer la identidad de las personas físicas que están detrás de las entidades no solo ayuda a la jurisdicción a preservar la integridad de su sistema tributario, sino que también ofrece a los socios de tratado un medio para alcanzar mejor sus propios objetivos fiscales.

Este elemento de los estándares internacionales de transparencia debe implementarse de una manera que sea compatible con las leyes nacionales y los sistemas institucionales de las distintas jurisdicciones.

Cabe destacar que los métodos pueden variar de una jurisdicción a otra. El Foro Global no prescribe ningún mecanismo particular para implementar los estándares, ya que no hay un enfoque único para lograr el cumplimiento.

Sin embargo, es necesario actuar para establecer un marco sólido a fin de asegurar la disponibilidad de información sobre los beneficiarios finales, incluso teniendo en cuenta los últimos avances mundiales, como el requisito de implementar un enfoque múltiple para garantizar que se mantenga información adecuada, exacta y actualizada sobre los beneficiarios finales de las personas jurídicas.

  1. CONTENIDO DEL MANUAL

En el manual se presentan sucintamente algunas lecciones aprendidas de las revisiones de pares realizadas por el Foro Global del cumplimiento del estándar EOIR, así como las tendencias observadas en la implementación de los requisitos relativos a los beneficiarios finales.

Después se abordan diversos enfoques para asegurar la disponibilidad de información sobre los beneficiarios finales en consonancia con los estándares de transparencia fiscal y se formulan sugerencias prácticas que deberían tenerse en cuenta al considerar diversas opciones de políticas.

Asimismo, se indican aspectos que las jurisdicciones deberían examinar al adaptar sus leyes y su normativa para cumplir el estándar del beneficiario final.

Esto ofrecerá a las jurisdicciones insumos pertinentes para realizar su propia evaluación interna de los métodos más apropiados para la implementación en el contexto de su marco jurídico, normativo y operacional.

El manual tiene tres partes:

  • En la primera parte se abordan el concepto de beneficiario final, su importancia y los criterios utilizados para identificar a los beneficiarios finales. Asimismo, se explica la importancia del asunto para la transparencia en los sectores financiero y no financiero y se describe la interacción de los beneficiarios finales y los estándares internacionales contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo. Por último, se presenta la interacción con los requisitos relativos a los estándares de EOI.
  • En la segunda parte se resumen los resultados del proceso de revisiones de pares del estándar EOIR y las tendencias de la implementación de requisitos relativos a los beneficiarios finales.
  • La tercera parte se centra en distintos enfoques del establecimiento de un marco para la disponibilidad de información sobre los beneficiarios finales.

Estos enfoques se basan en i) el marco para la lucha contra el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo (AML/CFT); ii) la información mantenida por las propias entidades (es decir, las personas y arreglos jurídicos); iii) un registro central de beneficiarios finales, y iii) la información mantenida por las autoridades tributarias.

  1. CONCLUSIONES

El Foro Global requiere que las jurisdicciones aseguren la disponibilidad de información sobre los beneficiarios finales de todas las personas y arreglos jurídicos relevantes, así como sobre las cuentas bancarias, y que las autoridades tributarias tengan acceso a esta información.

En el manual se presentan los principales mensajes y conclusiones de las revisiones de pares realizadas hasta ahora por el Foro Global.

Sobre la base de estas lecciones, se proponen cuatro opciones para la implementación de un marco a fin de que la información sobre los beneficiarios finales esté disponible de acuerdo con el estándar:

  • enfoque AML/CFT: las Instituciones Financieras y las Actividades y Profesiones no Financieras Designadas mantienen la información sobre beneficiarios finales de conformidad con las obligaciones relacionadas con el procedimiento de DDC del marco AML/CFT;
  • enfoque de la entidad: las propias entidades mantienen la información sobre beneficiarios finales;
  • enfoque del registro central: una autoridad pública mantiene un registro de beneficiarios finales;
  • enfoque de la administración tributaria: la administración tributaria mantiene la información sobre beneficiarios finales. Este precisamente es el enfoque adoptado en Argentina mediante la Ley N° 27.739.

Las jurisdicciones pueden seleccionar el enfoque más apropiado para su contexto y su entorno jurídico operativo. Pueden elegir un enfoque de política único o una combinación de enfoques.

Una combinación de estos enfoques ha tenido más éxito a la hora de garantizar la disponibilidad de información sobre beneficiarios finales.

Esta conclusión empírica de la revisión de pares del Foro Global se ve ahora respaldada por el requisito del GAFI de aplicar un enfoque múltiple para garantizar la disponibilidad de información adecuada, exacta y actualizada sobre el beneficiario final.

En definitiva más allá del diseño legal del marco para garantizar la disponibilidad de esta información crítica para luchar contra la evasión tributaria y otros flujos financieros ilícitos, el seguimiento y la supervisión en la práctica del cumplimiento de las obligaciones de beneficiario final es la piedra angular de un marco de beneficiario final eficaz.

Estos siguen siendo desafíos para los países miembros del Foro Global y del BID, y se proporcionará asistencia técnica sobre estos temas a las jurisdicciones que la soliciten.

Dr. Alfredo Collosa

julio 2024

[1]    OCDE y BID (2024), Construyendo Marcos Eficaces de Beneficiarios Finales: Un Manual Conjunto del Foro Global y el BID – Segunda Edición, Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información con Fines Fiscales, OCDE, París, www.oecd.org/tax/transparency/documents/manualmarcos-beneficiarios-finales-eficacese-segunda-edicion.pdf