Los árbitros encargados de la diferencia entre la UE y China relativa a la propiedad intelectual dictan su laudo

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El 21 de julio, la OMC distribuyó el laudo arbitral relativo al procedimiento iniciado por la Unión Europea de conformidad con el artículo 25 del Entendimiento sobre Solución de Diferencias para examinar las constataciones formuladas por el grupo especial de la OMC en el asunto “China — Observancia de los Derechos de Propiedad Intelectual” (DS611) .

Este es el segundo arbitraje de apelación sustanciado con arreglo al procedimiento arbitral multipartito de apelación provisional (PAMAP) en el que tanto China como la Unión Europea son participantes.

Resumen de las constataciones principales

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Fuente: OMC