Modifican plazos para el ingreso de divisas provenientes de la exportación

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El ministerio de Economía dispuso modificar los plazos para el ingreso de divisas provenientes de operaciones de exportación, y en algunos casos se contemplarán solicitudes para ampliarlos.

La Resolución número 434, publicada hoy en el Boletín Oficial, modifica a la anterior que llevaba el número 269, y se aplica a los exportadores cuyas operaciones están comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR.El artículo 4° se consigna que “a solicitud de parte interesada, y fundado en la naturaleza o características especiales de las operaciones, podrán ampliarse los plazos previstos” en esa resolución, previo informe emitido por la Unidad de Evaluación, integrada por la secretaría de Comercio Exterior y la secretaría de Política Económica y Planificación de Desarrollo. 

Entre los considerandos de la Resolución se señala que “del análisis” efectuado de esas operatorias, “surgió que en un número considerable de casos, los plazos previstos para el ingreso de divisas no resultaban ser los correspondientes a la dinámica que dichos sectores requieren”.

En virtud de ello, añaden los considerandos, “corresponde modificar los plazos previstos buscando una menor dispersión de éstos”.