«PROYECTO DE COMUNICACIÓN
El Senado de la Nación
Vería con agrado que el Poder Ejecutivo Nacional en cumplimiento del artículo 303 de la Ley 27.403 eleve a este Honorable Congreso un proyecto de ley para la implementación de la Unidad de Valor Tributaria (UVT) como unidad de medida de valor homogénea a los efectos de determinar los importes fijos, impuestos mínimos, escalas, sanciones y todo otro parámetro monetario contemplado en las leyes de tributos y demás obligaciones cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos, incluidas las leyes procedimentales respectivas y los parámetros monetarios del Régimen Penal Tributario reguladas por los artículos 302 y 303 de la citada norma legal.
MARTIN GOERLING LARA»
«FUNDAMENTOS
Señora Presidente:
En gran parte de la legislación nacional se han fijado, en normas impositivas, montos y multas en pesos moneda nacional.
Con motivo de los procesos inflacionarios que ha sufrido el país muchos de esos valores se han tornado irrelevantes o desproporcionados no cumpliendo así la función en virtud de los cuales fueron establecidos, ya sea fijando un umbral para determinar la viabilidad de un impuesto o caracterizar un tipo penal, establecer un mínimo o fijar una multa para sancionar una actividad irregular o un ilícito.
Para superar esos inconvenientes se han sancionado diversas normas, por ejemplo, entre otras normas, las leyes 24.769, 26.063 y 27.403, actualizando los valores consignados siempre en pesos argentinos.
Pero en el ínterin los valores consignados originalmente perdían sentido y tornaban ineficiente la función que debían cumplir, las multas volvían y perdían sentido punitorio, como así también los umbrales que se fijaban para gravar una actividad se tornaban irreales y desnaturalizaban su sentido.
Para evitar estos inconvenientes este Congreso estableció además de una adecuación de los valores en la Ley 27.430, un mecanismo para poder mantener actualizado tales valores y evitar la repetición de esas situaciones.
Así se creó la “Unidad de Valor Tributaria” (UVT) como unidad de medida de valor homogénea a los efectos de determinar los importes fijos, impuestos mínimos, escalas, sanciones y todo otro parámetro monetario contemplado en las leyes de tributos y demás obligaciones cuya aplicación, percepción y fiscalización se encuentre a cargo de la Administración Federal de Ingresos Públicos, incluidas las leyes procedimentales respectivas y los parámetros monetarios del Régimen Penal Tributario”.
También estableció que el Poder Ejecutivo Nacional debía elaborar y remitir, al Honorable Congreso de la Nación, para su aprobación, un proyecto de ley en el que se estableciera la cantidad de UVT correspondiente a cada uno de los parámetros monetarios referidos en el artículo anterior, los cuales reemplazarán los importes monetarios en las leyes respectivas, estableciéndose además un sistema de actualización periódica que evitara la cuestión planteada.
En virtud de tal mandato el Poder Ejecutivo en noviembre de 2019, elevó un proyecto de ley (PE 008/19), fijando la relación de conversión inicial entre pesos y UVT y determinando las UVT que correspondía para los valores en pesos consignados en las Leyes de Impuesto a las Ganancias, Procedimiento Tributario, Gravamen de Emergencia a los Premios Ganados en Juegos de Sorteos, Código Aduanero, entre otros.
Lamentablemente dicho proyecto no fue tratado, motivo el cual, teniendo en cuenta las modificaciones, introducidas a las leyes impositivas, como el importante deterioro del valor de la moneda sufrido por la inflación acumulada a partir de la remisión del proyecto de ley y durante los siguientes cuatro años, resulta conveniente que el Poder Ejecutivo vuelva a elaborar un nuevo proyecto de ley, para la aprobación del Honorable Congreso de la Nación.
Si bien podría parecer inoficioso en este momento recurrir a esta cláusula de actualización, en atención a la importante reducción del proceso inflacionario que esa enfrentando la economía nacional a partir del corriente año, el proceso hasta una estabilización del valor de nuestra moneda insumirá, aun, un plazo mayor.
Por lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto de comunicación.
MARTIN GOERLING LARA»