Recaudación Abril 2013

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  • El titular de la AFIP presentó una nueva plataforma de comunicación entre la Administración Federal y los contribuyentes.
  • Al sitio se podrá acceder a través de un enlace de la página principal www.afip.gob.ar o directamente desde www.dialogofiscal.gob.ar

Antes de anunciar la recaudación récord de abril, el administrador federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray, presentó un nuevo canal de comunicación entre el fisco y los contribuyentes:Diálogo Fiscal, el diario de la AFIP. “Se trata de una plataforma ágil, dinámica y fundamentalmente moderna e interactiva”, resumió el funcionario.

Echegaray explicó que Diálogo Fiscal está en sintonía con la “visión estratégica” de la Administración Federal, en el sentido que el diario de la AFIP también se basa en tres pilares fundamentales: la utilización al máximo de la tecnología disponible, la centralización de la información y la anticipación de los hechos.

Según comentó el administrador federal, Diálogo Fiscal centralizará la información de las tres direcciones generales de la AFIP y publicará de manera diaria las noticias de la AFIP. Asimismo, los funcionarios jerárquicos del organismo serán columnistas e irán compartiendo con los lectores sus pensamientos e ideas relacionadas con su cargo. “Nuestro objetivo es que conozcan a quiénes formamos parte del organismo”, resumió.

Diálogo Fiscal está compuesto por cinco secciones informativas que son: Panorama Fiscal, Comercio Exterior, Seguridad Social, Judiciales e Internacionales. A su vez, el portal también tendrá artículos de opinión, editoriales, videos, respuesta AFIP y contenidos especiales.

Finalmente, Echegaray destacó que está previsto que los contribuyentes también puedan seguir al diario de la AFIP en las principales redes sociales y que próximamente podrán ver conferencias virtuales y también operativos en tiempo real.

 

 

 

 

 

 

RECAUDACION TRIBUTARIA. ABRIL DE 2013. (1)
en millones de pesos
Dif. %Dif. %Dif. %
ConceptoAbr. ’13Abr. ’12Abr. ’13 /Mar.’13Abr. ’13 /Ene-Abr ’13Ene.-Abr. ’13 /
Abr. ’12Mar.’13Ene.-Abr. ’12
Ganancias11.045,67.467,747,911.688,3(5,5)47.996,242,9
Ganancias – Impositivo9.989,47.109,540,510.863,6(8,0)44.371,438,4
Ganancias – Aduanero1.056,2358,2194,9824,828,13.624,7137,0
IVA18.509,213.896,233,218.358,20,874.230,131,4
IVA – Impositivo11.832,610.420,113,613.130,0(9,9)50.989,723,0
Devoluciones (-)372,0120,0210,0262,042,01.034,022,2
IVA – Aduanero7.048,63.596,196,05.490,328,424.274,452,7
Reintegros (-)400,00,0***250,060,01.035,047,9
Internos Coparticipados1.290,81.073,720,21.273,81,35.162,524,3
Ganancia Mínima Presunta116,096,819,8172,6(32,8)507,920,1
Otros coparticipados80,681,0(0,5)83,3(3,3)357,94,5
Derechos de Exportación8.809,37.024,425,43.995,3120,518.591,9(13,4)
Derechos de Importación y Otros1.851,4864,6114,11.652,712,06.948,161,2
Combustibles Ley 23.966 – Naftas1.162,6865,634,3984,518,14.188,618,6
Combustibles Ley 23.966 – Otros604,6430,540,5295,2104,81.635,022,1
Otros s/combustibles (2)932,0744,125,2669,439,22.688,824,8
Bienes Personales555,7330,368,2178,2211,91.550,244,6
Créditos y Débitos en Cta. Cte.4.029,63.167,427,24.068,1(0,9)16.227,224,8
Otros impuestos   (3)449,058,4669,0303,647,92.322,629,6
Aportes Personales7.259,85.082,542,86.653,59,128.842,434,7
Contribuciones Patronales10.913,57.852,039,09.701,012,542.512,834,5
Otros ingresos Seguridad Social  (4)634,8524,721,0640,1(0,8)2.528,811,1
Otros SIPA (-)214,1124,172,5189,513,0776,7108,7
Subtotal Impositivo30.035,524.148,124,431.366,4(4,2)127.291,028,2
Subtotal Aduanero  (5)19.000,811.952,659,012.106,956,954.081,023,7
Total General Impositivo – Aduanero49.036,336.100,735,843.473,312,8181.372,026,8
Sistema Seguridad Social18.594,013.335,239,416.805,110,673.107,233,1
Total recursos tributarios67.630,349.435,936,860.278,412,2254.479,228,6
Clasificación presupuestaria67.630,349.435,936,860.278,412,2254.479,228,6
Administración Nacional31.941,723.429,936,326.695,619,7112.684,723,2
Contribuciones Seguridad Social (6)17.826,113.055,136,516.094,710,870.061,631,7
Provincias (7)15.230,911.240,735,515.282,3(0,3)62.552,434,0
No Presupuestarios (8)2.631,61.710,153,92.205,819,39.180,439,4
(1)  : No se contabilizan, por no ser recaudados por la AFIP, el Fondo Especial del Tabaco, los fondos de energía eléctrica,
el impuesto sobre Pasajes Aéreos, las cajas previsionales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y las Asignaciones
Familiares Compensables.
(2)  : Incluye Imp. s/Gas Oil y GLP (Ley N° 26.028), Imp s/Naftas y GNC (Ley N° 26.181) y Recargo al Consumo de Gas (Ley N° 25.565).
(3)  : Incluye Internos s/Seguros, Adicional s/Cigarrillos, Radiodifusión, Entr. Cine, Monotributo Impositivo y Facilidades de Pago Dtos. 93/00,
1384/01 y Resol. Grales. 1966/05 y 1967/05 pendientes de distribución.
(4)  : Incluye Monotributo Previsional y regímenes de regularización para trabajadores autónomos y monotributistas (Leyes nro. 24.476 y 25.865).
(5)  : Incluye Derechos de Exportación, Derechos de Importación y Otros, e IVA, Ganancias, Internos y Combustibles recaudados por DGA.
(6)  : Netas de Asignaciones Familiares Compensables.
(7)  : 58,76% de Coparticipados neto (56,66% Provincias + 2,1% CABA y Tierra del Fuego), 58,76% del 93,73% de Bs Personales,
30% de Monotributo impositivo, 68,1% del 79%  de Combustibles Ley 23.966 Naftas; 14% Ganancias, 6.27% Bs Personales,
6,27% del 11% IVA neto de Reintegros  y sumas fijas por Pacto Fiscal y Ganancias.
(8)  : Fondo Solidario de Redistribución, Imp. s/Gas Oil y GLP (Ley N° 26.028), Imp s/Naftas y GNC (Ley N° 26.181), Recargo al
Consumo de Gas (Ley N° 25.565) y gastos A.F.I.P.
-*-  : Porcentaje mayor a 1000.
***  : Cociente entre un número negativo y uno positivo, ambos negativos o denominador cero.
—–:  Imposibilidad de calcular el porcentaje por falta de datos.

 

 

Fuente: AFIP