Solicitud de los Agentes de Carga

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Con gran criterio profesional, la Asociacion que nuclea a los Agentes de Carga han elevado la siguiente solicitud:

 

“COVID-19: Plazos y entrega de carpetas físicas en terminales y depósitos fiscales
Señores

Administración Federal de Ingresos Públicos Dra. Gladys Morando.

Ref. DNU 297 / 20-03-2020
De nuestra mayor consideración:

Nos dirigimos a Ud. en mi carácter de Presidente de la ASOCIACION ARGENTINA DE AGENTES DE CARGA INTERNACIONAL (AAACI), con relación a los plazos de presentación y entrega física de las carpeta OM 744/3 (MANE CARPETA NARANJA) y OM 744/3 (MANI CARPETA ROSA) en las terminales aeroportuarios, terminales portuarias y/o depósitos fiscales según sea el medio de transporte utilizado.

El antes mencionado DNU impone el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio, con el fin de evitar la propagación del virus Covid-19 declarado como pandemia por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS).

En el mismo decreto, el Presidente de la Nación insta a la ciudadanía en general y a las empresas en particular a utilizar la forma de trabajo a distancia desde sus hogares a través de las tecnologías vigentes, para evitar el desplazamiento de personas hacia sus lugares de trabajo y de esta forma evitar la propagación del virus.

Por lo antes mencionado y por encontrarnos alcanzados en las excepciones previstas en el Art. 6to Inciso 15 del mencionado DNU (Actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior), nos presentamos ante Ud. para solicitarle lo siguiente:

1) Extender los plazos de presentación de los MANI y MANE según rige en las resoluciones 4288/95 y complementarias para cargas aéreas y 4289/95 y complementarias para cargas marítimas hasta después del 31/03/20 vigencia del DNU 297/20 o hasta finalizado el plazo del Aislamiento social Preventivo y Obligatorio.

2) Eliminar provisoriamente la presentación física de las carpetas MANI y MANE en las terminales aeroportuarias, terminales portuarias y depósitos fiscales según corresponda a embarques aéreos o marítimos también hasta luego del 31/03/2020 o hasta finalizado el plazo del Aislamiento social Preventivo y Obligatorio. Cabe aclarar en este punto que toda la información presentada físicamente en estas carpetas se encuentran cargadas en el sistema MALVINA por el ATA MT o el ATA CBC y el ATA Consolidador siendo de muy poca utilidad hacer circular una persona contradiciendo el DNU de ref. , solo para cumplir con un trámite de forma en un momento tan delicado como el presente.

Sin más y esperando una respuesta favorable de su parte, la saludamos muy atentamente.

JORGE ALBERTO PEREIRA Presidente