La AFIP impidió una exportación ilegal de 328 piezas de meteoritos
- En la Argentina está prohibida la comercialización porque se los considera como “patrimonio natural” del país
- El cargamento contenía 2.395 kilogramos de rocas espaciales
- El destino final de la mercadería era Estados Unidos. Ahí, las piezas pueden comercializarse entre 1.400.000 y los 3.100.000 dólares.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), a través de la Aduana, impidió la salida ilegal del país de 328 piezas de meteoritos que forman parte del patrimonio natural de la Argentina. El destino de la exportación ilegal de las rocas espaciales -que habían sido declaradas falsamente como “Material para ornamentación”- era Estados Unidos, donde el valor de mercado oscila entre 1.400.000 y los 3.100.000 dólares.
La extraña carga se descubrió durante un operativo de rutina en la terminal portuaria de Zárate. En ese punto de control arribó un contenedor que estaba en “tránsito” por el país. El extremo peso de la mercadería fue la primera señal de alerta para los agentes aduaneros que, sin dudar, decidieron que debía pasar por uno de los escáneres de última generación que posee la Aduana. Allí, se pudo observar con claridad 24 tambores que llevaban en su interior algún elemento metálico.
Luego de comprobar que el material no era el declarado, se abrió el contenedor y se descubrió la presencia de extrañas rocas metálicas que por sus características físicas, peso y morfología se presumió que se podía tratar de meteoritos. La AFIP solicitó la colaboración del Instituto de Minería y Recursos Minerales, dependiente del SEGEMAR, para determinar qué era lo que se intentaba exportar.
Los peritos que colaboraron con la AFIP confirmaron que se trataba de 2.395 kilogramos de meteoritos repartidos en 328 piezas. No obstante, se están realizando las pericias tendientes a determinar por las características físico-químicas de las rocas espaciales, una posible procedencia del importante yacimiento llamado Campo del Cielo, ubicado en la provincia del Chaco.
Marco legal
Cabe destacar que, la Constitución Nacional en su artículo 124, 2do párrafo asegura que “corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”. Además, la Convención Constituyente de la Reforma de 1994, define al “Patrimonio Natural” e incluye a los meteoritos en esta definición. Por su parte, la provincia del Chaco, por Ley Nº 3.563, “prohíbe todas las actividades que modifiquen el estado natural de dichos cuerpos”, como así también tipifica como “delito de acción pública” toda contravención a la misma.
Asimismo, la ley 26.306 incorpora el concepto de Bienes Culturales en los términos del 1er. Párrafo del Art. 2º de la ley 25.197 e indica que quedan comprendidos los meteoritos y demás cuerpos celestes en las leyes 19.943 (UNESCO) y 25.257 (UNIDROIT).
En resumen, el marco legal de la Argentina prohíbe la compra-venta de los meteoritos al considerarlos como un patrimonio natural. Sin embargo, en los Estados Unidos, estas piezas se comercializan a valores que oscilan entre los u$s0,60 por gramo hasta los u$s 1.300 por gramo, dependiendo del origen extraterrestre determinado, del tamaño de la pieza y la distancia entre el lugar de recolección (origen del yacimiento) y el punto de venta.
Extrañas exportaciones
Como antecedente más inmediato referido a este tipo de tráficos ilícitos, la AFIP impidió en diciembre de 2008, la salida de un cargamento de meteoritos, que pretendían ser exportados por la aduana de Colón, por ciudadanos uruguayos en sus equipajes. Tal procedimiento fue realizado, por acciones de prevención previas emprendidas a raíz de una serie de impactos meteoríticos acontecidos en la provincia de Entre Ríos, por los que se encendieron las alertas aduaneras necesarias, en la inteligencia de que los cazadores de estas raras especies minerales intentarían su saqueo. En tal procedimiento se secuestraron aproximadamente 130 Kg. de material.
En abril de 2011, la AFIP secuestró 310 dientes de distintas clases de tiburones extinguidos hace más de 4.000 años, que pretendían ser ingresados ilegalmente al país por un ciudadano chileno. En su momento, se había estimado que las piezas estaban valuadas en u$s 100.000 e iban a ser comercializadas en Brasil y Europa Oriental. En mayo, se detectó tres calaveras y una momia completa que serían restos de la Cultura Paracas (Siglo VIII A.C – S. III D.C), en un envío postal que intentó ingresar al país proveniente de Bolivia y que había sido declarado como réplicas de cerámicas peruanas.
1.- Los meteoritos habían sido declarados como Material para ornamentación.
2.- El marco legal argentino prohíbe su comercialización.
3.- Las piezas más pequeñas pesaban 300 gramos, mientras que las grandes hasta 60 kilos.
4.- La extraña carga se descubrió durante un operativo de rutina en la terminal portuaria de Zárate.