ARCA – Designación de Director Legal de la Subdirección Legal Técnico Aduanera (DGA)

0
5

Mediante Disposición 57/2026 publicada hoy en el Boletín Oficial de la República Argentina el titular de ARCA, Andres Edgardo Vazquez, designó al Dr. Pablo Sebastián BORGNA como nuevo Director de Legales de la Subdirección Legal Técnico Aduanera de la Dirección General de Aduanas.

Compartimos la novedad con nuestros lectores.

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

Disposición 57/2026

DI-2026-57-E-ARCA-ARCA

 

Ciudad de Buenos Aires, 14/05/2026

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2026-01468558- -ARCA-SEASDVGSPE#SDGADM y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente Electrónico citado en el VISTO, se gestiona designar en el cargo de Director de la Dirección de Legal al abogado Pablo Sebastián BORGNA, quien se viene desempeñando en el cargo de Jefe Interino del Departamento Judicial, en el ámbito de la Subdirección General Técnico Legal Aduanera.

Que la Dirección de Recursos Humanos y la Subdirección General de Administración han tomado la intervención de sus competencias.

Que el presente acto dispositivo se dicta en el marco de las facultades conferidas por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, por los Decretos Nros. 1.399 del 4 de noviembre de 2001 y 953 del 24 de octubre de 2024.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Dar por finalizadas y asignadas las funciones de la persona que a continuación se detalla, en el carácter y en la Unidad de Estructura que se indica:

 

NOMBRES Y APELLIDOCUILFUNCIÓN ACTUALFUNCIÓN ASIGNADA
Abog. Pablo Sebastián BORGNA20282827515Jefe/a de departamento técnico jurídico – DEPTO. JUDICIAL (DI LEGA)Director – DIR. DE LEGAL (SDG TLA)

 

ARTÍCULO 2º.- Hacer saber al nombrado que con el dictado de la presente disposición queda agotada la vía administrativa en los términos del artículo 23, inciso c), apartado (iii), de la Ley N° 19.549, y que contra ésta podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración o de alzada en los términos de los artículos 94 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos – Decreto N° 1.759/72 (t.o. 2017), dentro del plazo de VEINTE (20) o TREINTA (30) días hábiles administrativos, respectivamente, ambos plazos computados a partir del primer día hábil siguiente al de su notificación, o bien, la acción judicial dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días hábiles judiciales según lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley N° 19.549.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Andres Edgardo Vazquez

e. 15/05/2026 N° 32669/26 v. 15/05/2026

 

Fecha de publicación 15/05/2026