CDA – VII ENMIENDA – El Departamento Técnica de Importación notificó una NUEVA ACLARACIÓN respecto a las declaraciones SIRA

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El Centro Despachantes de Aduana (CDA) comunica a sus asociados que, por medio del CORREO ELECTRÓNICO NRO. 84 /2023 (DE TEIM), remitido hace instantes por el Departamento Técnica de Importación (DI TECN), se notificó a la Institución una NUEVA ACLARACIÓN respecto a las declaraciones SIRA aprobadas con anterioridad a la entrada en vigor de la VII Enmienda.

A continuación, se transcribe la información recibida:

“CORREO ELECTRÓNICO NRO. 84 /2023 (DE TEIM)

BUENOS AIRES, 17/11/2023

CENTRO DESPACHANTES DE ADUANA

Se inicia el presente, en el marco de las vicisitudes originadas en virtud de la entrada en vigencia de la VII Enmienda del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías a través del Decreto 557/2023.

En tal sentido, se pone en conocimiento de esa institución que para aquellos operadores que contaren con declaraciones efectuadas a través del Sistema de Importaciones de la República Argentina (SIRA) con anterioridad a la puesta en vigencia de la VII Enmienda y cuyas posiciones NCM declaradas se encuentren actualmente vigentes, deberán anular y reemplazar dichas declaraciones SIRAs, toda vez que se trata de uno de los datos inalterables de las mismas.

Por el contrario, en aquellos casos donde la posición arancelaria NCM declarada hubiera dejado de existir y el sistema arrojara error, se solicita comunicar tal situación a la División Arancel Informático al correo electrónico dvarin@afip.gob.ar, de manera tal que se pueda analizar el caso de forma particular.

Departamento Técnica de Importación”