Draft Survey: La Aduana tiene la facultad de determinar el mejor método de control
La reforma a una resolución de la década del 90 pone en cabeza de la Aduana la decisión de qué método de control para la determinación de peso por calado y sondaje de tanques se debe tomar.
Con la reforma de la Resolución N° 2220/90 (ANA) la DGA, asume su facultad de determinar el procedimiento de determinación de peso por calado y sondaje de tanques, de acuerdo a las necesidades y políticas de control del organismo.
En la década del 90, mediante la señalada Resolución N° 2220/90 (ANA) que se está modificando, esta facultad del organismo fue delegada en las firmas importadoras/exportadoras. Es decir que los mismos operadores sujetos a control por parte del servicio aduanero eran quienes determinaban como se los iba a controlar, situación propia de una apertura irrestricta que priorizaba el mercado por sobre las facultades y competencias propias del Estado.
La recuperación del Estado presente en la última década supone el fortalecimiento de los controles aduaneros y en este sentido se orientaron las políticas del organismo. Esto no implica obstaculizar el comercio, cuyos valores y volúmenes han aumentando considerablemente en este período. Por el contrario, significa que, acompañando el crecimiento del comercio exterior que se registra en el país, el Estado a través de la aduana asuma sus facultades, para lograr un efectivo control, mayor recaudación y seguridad en las operatorias.
En este sentido, la Dirección General de Aduanas, en el ejercicio de sus facultades de control, viene llevando a cabo verificaciones de pesada por el método de Draft Survey, es decir, la determinación de peso por calado y sondaje de tanques.
Esta metodología permite al Servicio Aduanero establecer de forma exacta y precisa el peso de la carga embarcada. Se fundamenta en la lectura de calados antes y después del embarque, determinando las cantidades mediante el empleo de cálculos matemáticos.
Como se ha mencionado, el procedimiento establecido por la Resolución N° 2.220/90 (ANA) permitía a los importadores y exportadores optar por utilizar el sistema de control de balanza o de calado y sondaje de tanques para determinar el peso de la mercadería en sus operaciones con cargas sólidas a granel.
El fortalecimiento de los controles aduaneros, a partir de una mayor presencia del organismo, y la experiencia recogida en los últimos años, hacen necesario que en lo sucesivo cuando se trate de operaciones con mercaderías sólidas a granel, sea el Servicio Aduanero quien establezca el método para la determinación del peso y volumen, para lo cual se ha previsto que pueda optar entre los sistemas de control de balanza o de calado y sondaje de tanques.
El sistema adoptado se pondrá en conocimiento del declarante cuando proceda a la Ratificación de Autoría de la Declaración y se asentará en el Parte Electrónico de Novedades (PEN) en oportunidad de la presentación de la destinación aduanera.
Asimismo, se establece que el sistema de control de calado y sondaje de tanques (DraftSurvey) será de uso obligatorio cuando en el lugar operativo no existan elementos convencionales de determinación de peso.
Finalmente, cabe destacar que, sobre la base de las políticas de capacitación como así también de renovación y modernización de las tecnologías que se vienen realizando en los últimos años en el organismo, el Servicio Aduanero cuenta con personal plenamente capacitado para desempeñar estas funciones lo que permitirá optimizar la operativa y alcanzar una mayor fluidez de las operaciones de comercio exterior.
FUENTE: DIALOGO FISCAL