La AFIP implementó un régimen de información para empresas industriales con beneficio fiscal

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) implementó un régimen de información complementario que deberán cumplir los titulares de las empresas industriales promovidas, para optimizar la fiscalización y el control de las obligaciones de los contribuyentes con beneficios fiscales.

Tal como establece la Resolución General Nº 3.286, publicada ayer en el Boletín Oficial, el nuevo régimen  permitirá individualizar las operaciones de compra, locaciones o prestaciones de obras y/o servicios recibidas –incluidas las operaciones de importación-, realizadas por los responsables alcanzados por los beneficios promocionales previstos en la Ley N° 22.021 y sus modificaciones.

La disposición se aplicará en las operaciones que se realicen a partir del 2 de mayo próximo, indicó la AFIP en un comunicado.

Las empresas obligadas a actuar como agentes de información deberán consignar los datos referidos a las operaciones vinculadas tanto a la actividad promovida como asi tambien a la actividad no amparada por el régimen de promoción.

En las operaciones vinculadas a la actividad promovida se deberá indentificar las compras que resulten alcanzadas por el tratamiento preferencial de conformidad con las normas particulares de otorgamiento de los beneficios promocionales y el Decreto N° 938 del 11 de mayo de 1993 y su modificatorio.

A efectos de cumplir con el régimen, a partir de junio las empresas deberán informar mensualmente a través del programa aplicativo denominado “AFIP DGI – CITI Promovidas – Versión 1.0”, que genera el formulario de declaración jurada N° 919. EI programa para suministrar la información se podrá descargar desde la página www.afip.gob.ar.

El incumplimiento, ya sea total o parcial, del régimen informativo, será pasible de las sanciones previstas en la Ley N° 11.683, texto ordenado en 1998 y sus modificaciones.