La Plata necesita un aeropuerto operativo – Dr. Manuel Alberto Gamboa  

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En la ciudad de LA PLATA, el pasado 28 de mayo, en el PASEO DE LAS ARTES, el Instituto del Transporte del Centro de Ingeniero de la Provincia de Buenos Aires, organizo un MESA REDONDA con el fin de debatir sobre la recuperación y puesta en valor del Aeródromo de ciudad de La Plata, el cual, a través de los años, dejó de estar habilitado en toda su magnitud y capacidad operativa. A la fecha si bien está para el uso público, no así para vuelos comerciales regulares, vuelos nocturnos o para realizar aproximaciones en condiciones por instrumento (IMC).

 En primer lugar, deberíamos aclara que corresponde denominarlo: AERÓDROMO, a diferencia de AEROPUERTO, en atención que esta última denominación correspondería aquellos que tiene todos los servicios, desde un lugar apto para el despacho de los pasajeros con su equipaje, sector de cargas, y todos con sus correspondientes lugares asépticos, es decir una vez producido el despacho no hay contacto con el exterior.

  Sin embargo, el aeródromo de La Plata, está considerado en el Sistema Nacional Aeroportuario, como un aeropuerto dentro de la lista de los 57 aeropuertos del país. Que los administra, controla y rige el Organismo Regulador del Sistema Nacional Aeroportuario, ORSNA, el cual depende de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACION CIVIL, ANAC. Que es la única autoridad aeronáutica, esta administración a su vez depende de la Sub Secretaria de Transporte Aéreo, dentro del organigrama de la Secretaría de Transporte Ministerio de Economía de la Nación.

Fuera de este esquema administrativo, existe la Empresa Argentina de Navegación Aérea, Sociedad Anónima, EANA, con participación del Estado Nacional, el cual corresponde al ochenta por ciento de las acciones al Ministerio de Economía y el resto al ministerio de Defensa, esto ultima particularidad viene arrastrándose por esa alegoría administrativa y política, cargada de una ideología que dice: el espacio aéreo es una muestra de la soberanía. Consideramos que es más que eso, en el espacio aéreo se EJERCE la soberanía- Pero no por ello la debemos militarizar, aunque sea en un ideal de un veinte por ciento (%20). Su misión concretamente es de ordenar la circulación de las aeronaves en el espacio aéreo, en todos sus niveles controlando las aerovías terminales y zonas de control aeroportuarias. Con sus controladores y torreros en todo el territorio nacional  

 Seguramente, la concepción de esta entidad, fue producto de una negociación en el momento de la concepción de la ley de creación de EANA, Ley 27.161 del 15 de julio del año 2015. Deberíamos recordar los más memoriosos Porque desde 1963 después de los golpes de estado, pasaron la aviación civil a depender de la Fuerza Aérea Argentina, se estableció un Comando de Regiones Aéreas y dentro de ellas Direcciones, que respondía a la actividad, así estaba la Dirección de Habilitación y Fomento, entre otras la Dirección de Tránsito Aéreo.

  Luego de mucho pregonar a las autoridades democráticas desde 1983, por la sociedad en su conjunto empresas y gremios aeronáuticos lograron que el Poder Ejecutivo sancione el Decreto 239 de marzo 2007 y en noviembre del mismo año se sancionó el Decreto 1770/07 para el procedimiento la transferencia manos civiles, recién años después por Resoluciones 225 del año 2009 se aprueba los distintos niveles de la estructura de ANAC y comienza a funcionar como tal en enero 2010, con la dirección del Administrador Dr. Alejandro Recalde, su mérito aeronáutico, para honrar esa posición fue ser vecino del Partido de Ezeiza.

 De allí esas confusiones iniciales y a los tumbos, se vieron obligado a crear la EANA. Que es un organismo autónomo y con economía propia, gracias a las tasas aeronáuticas, las cuales facturan los vuelos internos con destinos nacionales o el simple sobrevuelo de nuestro territorio, sean aeronaves nacionales o extranjeras, de pequeño o gran porte comerciales regulares o no regulares, públicas o privadas, estas obligaciones funcionan exactamente como un peaje aéreo solventado en divisas de monedas extranjeras.         

En nuestro país, los aeropuertos son de jurisdicción federal y conforman el SISTEMA NACIONAL AEROPORTUARIO conjuntamente son 57 aeropuertos a los largo y ancho de territorio nacional, los cuales están concedidos a la explotación de gobiernos provinciales, sus corporaciones, pero mayormente 35 de ellos concedidos a sociedades de particulares (Aeropuertos Argentina S.A, London Supply etc.) 

En este caso, que hoy nos ocupa, en LA PLATA por sus prestaciones estamos ante un aeródromo, en atención que es un espacio de territorio debidamente autorizado y registrado, que está nominado como un aeropuerto que integra el Sistema Nacional, es decir de los 57, que su propietario y explotador es el gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la tenencia y el cuidado, mantenimiento y demás corresponde al municipio.

Como sabemos a nivel nacional su jurisdicción, en atención a las normas aeronáuticas es federal, así como la competencia de sus autoridades administrativas. Podemos agregar, que este aeródromo está autorizado para operaciones diurnas y las nocturnas sólo para operaciones sanitarias y aeronaves públicas en el uso específico de esas funciones, debiendo tener presente la división entre aeronaves públicas y privadas de acuerdo a su actividad funcional, independiente de la pertenecía del propietario. 

Esto es, si una aeronave perteneciente a un aeroclub, pero está afectado a una evacuación de emergencia, coordinada y ordenada por las autoridades, está en ejercicio de una función pública, y podría hacer uso irrestricto del aeródromo con la atención nocturna. De suyo, que el resto es a requerimiento y disponibilidad de medios coordinados con la Jefatura de Aeródromos y la Dirección Provincia de Aeronavegación Oficial de la provincia.

Se debe operar con precaución (eufemismo aeronáutico) por la concentración de aves y presencia de animales. Y decimos “eufemismo” porque es una palabra edulcorante, suave y decorosa, ya que manifestar operar con precaución oculta la responsabilidad de los servicios de la infraestructura, en este caso el explotador propietario de la pista. La precaución siempre será del que opera la aeronave y que será con precaución y prudentemente; Ya que la ley aeronáutica, al comandante, le recarga toda la responsabilidad en vuelos visuales y será su responsabilidad. Sin embargo, la responsabilidad por los obstáculos o aves es del operador aeroportuario.

El servicio meteorológico esta proporcionado EMA/ La Plata – AERO/H24 – metar/speci. Tiene un jefe de aeródromo designado por ANAC.   

Entonces estamos ante una provincia la de mayor tamaño en territorio y potencialidad productiva como la de Buenos Aires, que tiene una capital administrativa y comercial que es única de la República Argentina, que no cuenta con un aeropuerto operativo para vuelos comerciales. El aeródromo está habilitado como aeródromo público de uso general, pero sin certificación para tráfico aéreo comercial regular. Es realmente inaudito, lo pero que se prolonga a lo largo de su historia, si tenemos en cuenta que el sistema nacional aeroportuario data ya desde 1997 y las nuevas autoridades aeronáuticas civiles de 2007, como dijimos ut supra

Resalto estas dos cuestiones de la propiedad y explotación de la infraestructura aeroportuaria que está en manos de corporaciones o entidades civiles. Hoy las autoridades administrativas de la aviación en manos de civiles.

¡Entonces!! Por el desarrollo y puesta en valor del AERÓDROMO LA PLATA, no podemos responsabilizar a nadie más que a nosotros mismos: a las fuerzas civiles, protagonistas principales de la actividad donde nos criamos, trabajamos y abrazamos la aviación,  somos nosotros los que tenemos que dar repuestas a la sociedad cuando manifiesta sus necesidades y reclamos. En este caso desarrollar un aeropuerto en la ciudad capital de la provincia más importante de la nación, que aporta más del %30 de PBI- 

En abril de 2026, concejales de La Plata presentaron un pedido de informes al gobierno provincial solicitando conocer las condiciones de operación del aeropuerto, la capacidad de pista, plataforma y terminal, el personal afectado, las partidas presupuestarias para el ejercicio de los años 2026/27. Se preguntó también sobre la existencia de un plan para habilitar el aeropuerto al tráfico comercial.

Se volvió a presentar en marzo de 2026, un proyecto de ley para que el gobierno concesión por 30 años al aeropuerto. Según este último proyecto, la firma adjudicataria debería ejecutar las obras para reacondicionar y modernizar las instalaciones actuales, inversiones que promuevan el crecimiento del tráfico aéreo e implementar los servicios necesario de un aeropuerto de importancia en la Región. Este proyecto aún es letra muerta en la legislatura bonaerense.        

 Datos técnicos de operación del aeródromo                  

 LA PLATA – (PTA / SADL) – DRCE – PÚBLICO NO CONTROLADO

345811,2S 0575335,4W – 5 KM al SE de la ciudad de LA PLATA (Pcia. de BUENOS AIRES) – ELEV 22 M 72 FT – ILE

Pistas:

02/20: 1427×45 M – ASPH – AUW 25t/1 33t/2 54t/4 – OPS con CTN franjas de seguridad desniveladas.

Umbrales de Pista:

DTHR 20 151 M – RWY AVBL 1276 M.

FATO:

  • 17×17 M – CONC cuadrada (Emplazado en el extremo W del AD).

Calles de rodaje:

ALPHA: Se extiende paralelo a RWY 02/20 en toda la extensión de ésta interconectando TWY ALPHA, BRAVO CHARLIE y APN comercial.
: Conecta TWY ALPHA con THR 20.
CHARLIE: Conecta TWY DELTA con RWY 02/20 a la altura de APN comercial.
DELTA: Conecta TWY ALPHA con THR 02.

Plataformas:

Comercial BRAVO bajo TWR – CONC 50×70 M.

Servicios de Tránsito Aéreo:

No se brindan servicios de tránsito aéreo.

ATZ:

Se establece ATZ LA PLATA, límites laterales, círculo de 5 NM de RDO con centro en VOR (345833S 0575352W), límite vertical 2500 FT / GND.

Radioayudas:

ENR 4.1 Radioayudas y Sistemas de Navegación – Radioayudas para la navegación – en ruta (Ver http://ais.anac.gob.ar/aip).

Categoria SEI: 2

Combustibles: AVGAS 100LL / JET A-1 – Horario de servicio ver NOTAM LA PLATA.

Horario de servicio: El Aeródromo es operable las 24 hs, siendo necesaria coordinación previa con la Jefatura de Aeródromo y la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial de la Pcia. de Buenos Aires para la autorización de operaciones nocturnas. 

Normas generales: Las OPS VFR deben ajustarse a lo establecido en la AIP Parte ENR 1.1 REGLAS GENERALES – ANEXO BRAVO, excepto el inciso c) donde debe reemplazarse el valor por 2000 FT (Ver http://ais.anac.gob.ar/aip).

Normas particulares: Pertenece al SNA. Operaciones nocturnas sólo autorizadas para aeronaves en misión sanitaria y aeronaves públicas en el ejercicio específico de sus funciones; el resto a requerimiento y disponibilidad de medios coordinando con la Jefatura de Aeródromo y la Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial (Provincia de Buenos Aires). Operaciones con precaución por concentración de aves y presencia de animales. Información meteorológica proporcionada: EMA/LA PLATA – AERO/H24 – METAR/SPECI. Correo electrónico jefe de aeródromo: jgarcia@anac.gob.ar. Correo electrónico estación meteorológica: laplataaero@smn.gob.ar. Correo electrónico aeroplanta YPF: aeroptalaplata@ypf.com. Correo electrónico Dirección Provincial de Aeronavegación Oficial (Provincia de Buenos Aires): aerodromolp@gmail.com correo electrónico Operaciones Aéreas Dirección Provincial: operacionesdao@mseg.gba.gov.ar.

Designadores del lugar:

LocalOACIIATA
PTASADLLPG

ultima actualización Madhel: 27-11-2025

Actuales perspectivas en la industria

El negocio de la carga aérea crece, al orden del cinco por ciento anual en el mundo. En nuestro país será mayor, quisiera recordarles que entre los economistas existe una regla: que por cada punto de crecimiento del PIB le corresponde dos a tres puntos para el transporte  Como Uds. sabrán y lo experimentan a diario en cada una de sus actividades, estamos viviendo momentos bisagra, un cambio de época, en todas las manifestaciones sociales y política nacional, que afecta a nuestra sociedad que según donde estemos posicionados nos sentimos más o menos afectados.

Es evidente, que hay sectores o posiciones específicas de las actividades de la producción, que afectan las transformaciones en mayor o menor medida, hay sectores de la producción que están siendo beneficiados: de minería, energía, el agro. Sin embargo, en otros están en una profunda transición por las condiciones de mercado, como consecuencia de las decisiones gubernamentales de apertura de la economía, luego de un prolongado tiempo de proteccionismo y dirigismo estatal, esto produce grandes cambios y sus consecuencias sociales produce efectos no deseados.

Sin embargo, hoy, lo que nos trae a esta mesa de debate, es la actividad aérea y en particular la infraestructura aeroportuaria, Elemento fundamental para desempeñar la actividad. El Estado por sí mismo no hará más erogaciones que las necesarias para la seguridad ciudadana y la educación y sanidad Es en estos momentos de transformaciones, lo inicialmente mencionado es de rigor que los medios de transporte deben estar preparado y modernizarse a las exigencias del momento y de eso se trata.

 Los que hicimos nuestra fuente de vida en el transporte de personas y cosas, en cualquiera de sus manifestaciones sea por AIRE, TIERRA O AGUA, debemos tener presente que somos la circulación sanguínea de la producción de bienes y cosas, de las riquezas de una Nación y para ello debemos demostrar profesionalismo, solvencia técnica aplicando con sabiduría y templanza.  

Estos elementos que son básicos, en cada uno de nosotros protagonistas, debemos estar presente en la ecuación de circulación de personas bienes y cosas. Todos juntos formamos con vocación de servicio el sistema transporte, crear diseñar y fomentar los medios para que promover y dar seguridad a los usuarios de los medios

 Ahora bien, concentrándonos en los aeropuertos, la cosa se complica, por los altos costos de inversión para su establecimiento. Y esto solo se amortiza con eficiencia. Cuidando los costos de producción, prestando servicios eficaces- todo es solucionable con conocimiento más allá de la voluntad y ganas que le pongamos a las cosas. 

Dr. Manuel Alberto Gamboa